Orden PRE/99/2008, de 10 de septiembre, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, mediante promoción interna, en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Presidencia y Justicia
Rango de LeyOrden

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Orden PRE/99/2008, de 10 de septiembre, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, mediante promoción interna, en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

CONVOCATORIA 2008/36

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 13.2-c) de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública (Boletín Oficial de Cantabria extraordinario número 4, de 1 de abril de 1993) y demás normas concordantes que sean de aplicación, se convocan pruebas selectivas para selectivas para el acceso por promoción interna al Cuerpo General Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de conformidad con las siguientes normas:

  1. - Plazas convocadas.

    1.1.- Se convocan para su cobertura por funcionarios de carrera un total de seis (6) plazas pertenecientes al Cuerpo General Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, Subgrupo de Clasificación «C2», correspondientes a las Ofertas de Empleo Público para el ejercicio 2008.

    1.2.- Del total de plazas convocadas se reservará un 16,66% (1) para su cobertura por personas con un grado acreditado de discapacidad igual o superior al 33%, de acuerdo con las previsiones recogidas en el artículo 49.1 de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, en concordancia con lo prevenido al efecto en la Disposición Adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. Todas aquellas plazas que no se cubran por este turno de reserva, se incorporarán al turno libre. En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad superase los ejercicios correspondientes pero no obtuviese plaza y su puntuación fuese superior a la de otros aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

  2. - Bases.

    Las bases comunes a que ha de ajustarse la presente convocatoria son las contenidas en la Orden PRE/53/ 2008, de 14 de julio, de la Consejería de Presidencia y Justicia, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria número 139, de 17 de julio de 2008.

  3. - Presentación de solicitudes.

    3.1.- Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, presentarán su solicitud en el correspondiente impreso oficial, que será entregado gratuitamente en el Registro General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (C/ Peña Herbosa, número 29, 39003 - Santander), en los Registros Auxiliares y en los Registros Delegados, y que se ajustará al modelo normalizado que se publica como anexo I a la Orden reguladora de las Bases Comunes. También se podrá tener acceso al citado impreso a través de la página web del Gobierno de Cantabria: www.cantabria.es en el apartado «Oferta Pública de Empleo».

    3.2.- El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales contados desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

    3.3.- En este mismo plazo deberán presentar fotocopia compulsada de la titulación académica exigida en la convocatoria o, en su defecto, certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos correspondientes, siempre que tal documentación no conste ya en el expediente personal del interesado o la hubiesen presentado en la convocatoria inmediatamente anterior. En el caso de presentarse certificación supletoria del título deberá justificarse su vigencia.

    En caso de aportarse con la solicitud titulación superior a la exigida para el acceso al Cuerpo General Auxiliar para su baremación en la fase de concurso, se acreditará en los mismos términos que el párrafo anterior.

    3.4.- Los aspirantes que se presenten por el turno de reserva para personas con discapacidad deberán indicar en la solicitud el grado de discapacidad que padecen y si solicitan la adaptación de medidas de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas. En tal caso, y a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de lo solicitado, el candidato adjuntará el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía competente, acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanentes que han dado origen al grado de minusvalía reconocido. En caso de que la incapacidad no fuese permanente, dicho informe deberá haber sido emitido en un plazo no superior a seis meses a contar desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.

    3.5.- Las solicitudes irán dirigidas al Excelentísimo Sr. Consejero de Presidencia y Justicia, y se presentarán en los citados Registros, en cualesquiera de los lugares y medios señalados en los artículos 38.4 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» de 27 de noviembre) .

    3.6.- En el caso de que concurriese en un mismo aspirante solicitudes para el turno general y para el turno de discapacidad, prevalecerá su presentación al turno de personas con discapacidad, salvo declaración expresa en contrario antes de la finalización del plazo de...

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