Orden PRE/77/2008, de 15 de julio, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso de personas con discapacidad, mediante el procedimiento de oposición, en la Agrupación Profesional de Subalternos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Presidencia y Justicia
Rango de LeyOrden

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Orden PRE/77/2008, de 15 de julio, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso de personas con discapacidad, mediante el procedimiento de oposición, en la Agrupación Profesional de Subalternos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Convocatoria 2008/24.

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 13.2-c) de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública («Boletín Oficial de Cantabria» extraordinario número 4, de 1 de abril de 1993) y demás normas concordantes que sean de aplicación, se convocan pruebas selectivas para el ingreso de personas con discapacidad, mediante el procedimiento de oposición, en la Agrupación Profesional de Subalternos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de conformidad con las siguientes normas:

  1. - Plazas convocadas.

    1.1. Se convoca en convocatoria independiente para personas con discapacidad para su cobertura por funcionarios de carrera de nuevo ingreso un total de una (1) plaza perteneciente la Agrupación Profesional de Subalternos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, correspondiente a la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2008.

    1.2. Todas aquellas plazas que no se cubran por este sistema se incorporarán a las que se recojan en la oferta de empleo público para el año 2009.

  2. - Bases.

    Las bases comunes a que ha de ajustarse la presente convocatoria son las contenidas en la Orden PRE/53/2008, de 14 de julio, de la Consejería de Presidencia y Justicia, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria número 139, de 17 de julio de 2008.

  3. - Presentación de solicitudes.

    3.1.- Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, presentarán su solicitud en el correspondiente impreso oficial, que será entregado gratuitamente en el Registro General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (calle Peña Herbosa, número 29, 39003 - Santander), en los Registros Auxiliares y en los Registros Delegados, y que se ajustará al modelo normalizado que se publica como anexo I a la Orden reguladora de las bases comunes. También se podrá tener acceso al citado impreso a través de la página web del Gobierno de Cantabria «www.gobcantabria.es» en el apartado «Oferta Pública de Empleo» o dentro del apartado «OPEC@N».

    3.2. Las solicitudes irán dirigidas al excelentísimo señor consejero de Presidencia y Justicia y se presentarán por cualquiera de los medios siguientes:

    1. Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria a través de la dirección de Internet «www.gobcantabria.es» dentro de su apartado «OPEC@N» en el caso de que posean certificado digital y, si procede el pago de tasa, tengan abierta una cuenta en el «Santander». La presentación de solicitudes por esta vía conllevará el pago telemático de la tasa de derechos de examen, en su caso. En aquellos casos en que se debiese de presentar documentación adicional junto con la solicitud electrónica, deberá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente.

    2. Igualmente podrá presentarse en el Registro General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (calle Peña Herbosa, número 29, 39003 - Santander), en los Registros Auxiliares y en los Registros Delegados y en cualesquiera de los lugares y medios señalados en los artículos 38.4 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» de 27 de noviembre).

    3.3.- El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales contados desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Cantabria».

    3.4.- Los aspirantes deberán indicar en la solicitud el grado de discapacidad que padecen y si solicitan la adaptación de medidas de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas. En tal caso, y a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de lo solicitado, el candidato adjuntará el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía competente, acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanentes que han dado origen al grado de minusvalía reconocido. En caso de que la incapacidad no fuese permanente, dicho informe deberá haber sido emitido en un plazo no superior a seis meses a contar desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.

    3.5.- Quienes soliciten presentarse al proceso selectivo no podrán participar en el que se convoque para el ingreso por sistema general de acceso libre. En el caso de que concurriese en un mismo aspirante solicitudes para ambos sistemas, prevalecerá su presentación al de personas con discapacidad, salvo declaración expresa en contrario antes de la finalización del plazo de subsanación de defectos a la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos en la convocatoria para personas con discapacidad.

  4. - Derechos de examen.

    4.1.- Los derechos de examen serán de 10,40 euros, y serán objeto de ingreso en cualquier sucursal del «Santander».

    4.2.- En la solicitud de participación en esta convocatoria deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad financiera en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o, en su defecto, sello y firma de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

    4.3.- Los derechos de examen tienen la consideración de ingresos de derecho público, y no serán objeto de devolución, salvo que por causas no imputables al interesado no se hubiera prestado o realizado la inscripción en la presente convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Cantabria 9/1992, de 18 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos («Boletín Oficial de Cantabria» edición especial número 29, de 30 de diciembre).

  5. ...

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