Orden IND/15/2010, de 24 de septiembre, sobre prestación de servicios mínimos en el transporte público de viajeros en Cantabria para la huelga general convocada para el 29 de septiembre de 2010.
Sección | 1 - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de Industria y Desarrollo Tecnológico |
Rango de Ley | Orden |
Orden IND/15/2010, de 24 de septiembre, sobre prestación de servicios mínimos en el transporte público de viajeros en Cantabria parala huelga general convocada para el 29 de septiembre de 2010.
Ha sido convocada por los sindicatos mayoritarios huelga general de ámbito nacional para eldía 29 de septiembre de 2010. El servicio público de transporte de viajeros está considerado deinterés general y en consecuencia, se hace preciso conjugar el interés general con el derechoa la huelga, cuyo ejercicio no debe interrumpir de forma total el funcionamiento de un servicioconsiderado esencial.
A la vista del acuerdo de servicios mínimos alcanzado por el Ministerio de Fomento con lasFederaciones de Transporte de los sindicatos, y en aplicación del artículo 10.2 del Real DecretoLey 17/1977 de 4 de marzo, sobre Relaciones de Trabajo, y vistas las sentencias del TribunalConstitucional de 8 de abril y 17 de julio de 1981
DISPONGO
En los servicios de transporte regular de viajeros por carretera y marítimo sobre los que elGobierno de Cantabria ejerce competencias, durante el tiempo de duración de la huelga deldía 29 de septiembre de 2010 se prestarán como mínimo las expediciones en los términos quea continuación se dispone:
En rutas con 1 expedición diaria i/v (ida y vuelta): 1 expedición i/v.
En rutas con 2 expediciones diarias i/v: 1 expedición i/v.
En rutas con 3 expediciones diarias i/v: 1 expedición i/v.
En rutas con 4 expediciones diarias i/v: 1 expedición i/v.
En rutas con 5 expediciones diarias i/v: 2 expediciones i/v.
En rutas con 6 expediciones diarias i/v: 2 expediciones i/v.
En rutas con 7 expediciones diarias i/v: 2 expediciones...
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