Decreto de organización municipal en Áreas de Gobierno y Órganos directivos de las mismas.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorAyuntamiento de Santander
Rango de LeyDecreto

El artículo 124.4.k) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, señala que corresponde al alcalde establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Pleno en materia de organización municipal, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo c) del apartado 1 del artículo 123. En virtud de lo establecido en este último artículo de la Ley de Bases de Régimen Local, el Pleno del Ayuntamiento de Santander aprobó el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración del Municipio de Santander, cuya disposición adicional segunda indica que sus disposiciones se complementarán, y, en su caso, desarrollarán con las que adopte el alcalde, quien, mediante Decreto, aprobará la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva del municipio de Santander, en desarrollo de lo establecido en el citado Reglamento. En particular, se acuerda por Decreto del alcalde el número, creación, denominación, modificación, supresión, funciones y estructura orgánica de las Concejalías de Gobierno y de las Áreas de Gobierno, así como de los órganos directivos de éstas.

A los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 35 del mencionado Reglamento Orgánico Municipal, las Concejalías de Gobierno, a las que corresponden funciones ejecutivas, pasan a formar parte de las Áreas de Gobierno que se crean, integrando en el Área de Gobierno de Servicios Múltiples todas aquellas Concejalías de Gobierno cuyos titulares no formen parte de la Junta de Gobierno Local.

Asimismo se crean, como órganos directivos de las Áreas de Gobierno, una Unidad de Coordinación y dos Direcciones Generales, al frente de las cuales estarán, respectivamente, un Coordinador General y los Directores Generales correspondientes.

En virtud de las competencias atribuidas al alcalde por la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración del Municipio de Santander,

DISPONGO

Artículo 1

Áreas de Gobierno.

En el Ayuntamiento de Santander se crean las siguientes Áreas de Gobierno:

1) Área de Gobierno de Servicios Múltiples, que comprende las siguientes Concejalías de Gobierno:

- La Concejalía con competencias en materia de Contratación, Personal y Hacienda.

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