Orden SAN/35/2019, de 14 de mayo, por la que se establecen los tipos de puestos directivos de las Gerencias del Servicio Cántabro de Salud.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Sanidad
Rango de LeyOrden

El artículo 48 de la Ley de Cantabria 9/2010, de 23 de diciembre, de Personal Estatutario deInstituciones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria, establece que se consideranpuestos directivos aquellos puestos de trabajo que estén así determinados conforme Orden dela Consejería competente en materia de sanidad, si bien en todo caso tendrán la consideraciónde puestos directivos los correspondientes a las personas titulares de la Dirección Gerencia,Subdirección Gerencia, Dirección Médica, Subdirección Médica, Dirección de Gestión y Servicios Generales, Subdirección de Gestión y Servicios Generales, Dirección de Enfermería y Subdirección de Enfermería de los centros sanitarios dependientes del Servicio Cántabro de Salud.

Sentada dicha premisa, mediante Orden SAN/1/2012, de 30 de enero, se establecieron lostipos de puestos directivos de las Gerencias de Atención Primaria y Especializada del ServicioCántabro de Salud, manteniendo la configuración hasta ese momento prevista en la Orden11/2010, de 11 de octubre, pero eliminando los puestos directivos de la Gerencia Única delÁrea II, suprimida por el Decreto 3/2012, de 19 de enero, de estructura básica de los órganosperiféricos del Servicio Cántabro de Salud, que regulaba en su artículo 1 como órganos periféricos una única Gerencia de Atención Primaria y tres Gerencias de Atención Especializadacorrespondientes al Área I (Hospital Universitario "Marqués de Valdecilla"), al Área II (HospitalComarcal Laredo) y a las Áreas III y IV (Hospital Comarcal Sierrallana).

Mediante Decreto 10/2019, de 14 de febrero, se crea la Gerencia de Sistemas y Tecnologíasde la Información como órgano periférico del Servicio Cántabro de Salud, resultando necesariauna nueva configuración de los puestos directivos existentes hasta el momento, en orden a suadaptación a la reciente estructura del Servicio Cántabro de Salud.

Asimismo, la presente Orden adapta las titulaciones requeridas para el desempeño de lospuestos de trabajo al Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior en los términos del Real Decreto 96/2014, de 14 de febrero, por el que se modifican los Reales Decretos1027/2011, de 15 de julio, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para laEducación Superior (MECES), y 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

En su virtud, previa propuesta de la Secretaría General conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2.i) del Decreto 24/2002, de 7 de marzo, en la redacción dada por el Decreto 60/2007,de 24 de mayo,

DISPONGO

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