Orden SAN/11/2015, de 3 de febrero, por la que se regula el Consejo Asesor de Vacunas de Cantabria.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Sanidad y Servicios Sociales
Rango de LeyOrden

El Plan de Salud de Cantabria 2014-2019, aprobado mediante Acuerdo del Consejo deGobierno de fecha 3 de julio de 2014, en su línea estratégica 4.6 ("Enfermedades Transmisibles"), dentro del Objetivo 4.1 ("Enfermedades Inmunoprevenibles por Vacunación"),Intervención en Salud Pública O16, prevé la constitución y puesta en funcionamiento de unórgano colegiado denominado Consejo Asesor de Vacunas de Cantabria, con el fin de asesorar e informar sobre la implantación del Calendario Oficial así como de cuantos programas devacunación especial para colectivos y personas de riesgo deban establecerse en la Comunidad para el control eficaz y seguro de las enfermedades inmunoprevenibles a nivel colectivoe individual.

Sin duda, la vacunación constituye una de las medidas más eficaces en Salud Pública parala prevención y el control de enfermedades muy importantes que afectan a todos los ciudadanos, con especial trascendencia en la infancia. La constante innovación en este ámbito,con la aparición continua de nuevas vacunas antes inexistentes y la presentación de nuevasformulaciones más seguras y eficaces que las ya disponibles, nos lleva a la necesidad deadoptar las medidas necesarias de cara a una permanente actualización de los criterios devacunación, disponiendo de toda la información necesaria sobre esas novedades y modificaciones en las indicaciones de inmunización. Ello incluye conocimientos sobre la incidenciade la enfermedad, eficacia, efectividad, seguridad de la vacuna, coste-beneficio o impactoepidemiológico de su aplicación en la comunidad.

Por todo ello, y con objeto de establecer criterios de consenso y asesorar desde un puntode vista técnico y estratégico a la Consejería competente en materia de Salud Pública delGobierno de Cantabria en las decisiones que repercutan sobre el Plan de Vacunaciones deCantabria, se hace necesaria la creación del Consejo Asesor de Vacunas, de cara a adaptarnuestra situación a los continuos avances en este ámbito.

En virtud de lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 33.f) de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, Régimen Jurídico delGobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y Naturaleza.
  1. La presente Orden tiene por objeto la creación y regulación del Consejo Asesor de Vacunas de Cantabria.

  2. El Consejo Asesor de Vacunas de Cantabria, adscrito a la Consejería competente en materia de Sanidad del Gobierno de Cantabria, es un órgano colegiado de carácter consultivo alque corresponde asesorar e informar sobre materias relacionadas con la vacunación y enfermedades susceptibles de...

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