Orden PRE/53/2017, de 4 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios de Investigación del Centro de Estudios de la Administración Regional de Cantabria.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Presidencia y Justicia
Rango de LeyOrden

Entre las funciones que el Centro de Estudios de la Administración Pública Regional deCantabria tiene atribuidas mediante la Ley 5/1986, de 7 de julio, de creación del organismo,ocupa un lugar preferente el fomento de las actividades de estudio e investigación sobre laAdministración Pública en general, y sobre la función pública en particular.

Con el fin de potenciar esta importante función, el centro de estudios convocó por primeravez en el año 2004 un premio de investigación, habiéndose realizado convocatoria anual dedicho certamen hasta el año 2010, convocatorias que durante años incentivaron la investigación y el estudio sobre las diferente áreas y disciplinas de las Administraciones Públicas, dandolugar a trabajos muy interesantes, de gran calidad y que una vez publicados han suscitadoenorme interés.

La supresión del premio en el año 2011 eliminó tan importante faceta, consustancial a lapropia esencia del CEARC en torno a temas muy variados sobre la Administración Pública.

Por ello, con la presente Orden reguladora de las bases del Premio de Investigación se establece el régimen jurídico de la convocatoria del presente año y sucesivos con el objetivo deconsolidar dichos galardones.

De conformidad con la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídicodel Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, enrégimen de concurrencia competitiva de los Premios de Investigación del Centro de Estudiosde la Administración Regional de Cantabria.

Artículo 2 Modalidades de Premios de Investigación.

En la correspondiente convocatoria se contemplarán dos modalidades que se especifican acontinuación, y que serán objeto cada una de ellas de un premio:

  1. Modalidad A) Premio dirigido a trabajos de estudio e investigación que tengan relacióncon la Comunidad Autónoma de Cantabria que versen sobre:

    1. La organización política y administrativa de la Comunidad Autónoma.

    2. Cualquiera de las Administraciones Públicas actuantes en la misma, desde cualquierperspectiva, ya sea económica, jurídica, histórica, o socio-cultural.

    3. La promoción de la responsabilidad social en materias como la interacción con las personas con distintas capacidades, la mejora de accesibilidad, el respeto medioambiental, elrespeto por los valores éticos, la transparencia, la honestidad en la gestión de lo público ycualquier otro tema que ponga en valor y desarrolle el papel de las Administraciones Públicasactuantes en nuestra Comunidad Autónoma como garantes del interés general.

    CVE-2017-7289

  2. Modalidad B) Premio dirigido a trabajos enfocados al análisis de la práctica administrativa, organización, técnicas de gestión, aplicación de nuevas tecnologías cuyo objetivo seacontribuir a modernizar, innovar o mejorar la realización de las funciones y la prestación de losservicios públicos.

Artículo 3 Destinatarios y requisitos.
  1. Podrán participar en la correspondiente convocatoria:

    1. En la modalidad A) todas aquellas personas físicas a título individual así como equipos detrabajo conformados al efecto, de nacionalidad española o de alguno de los Estados miembrosde la Unión Europea.

    2. En la modalidad B) podrán participar empleados públicos de cualquier administraciónpública, a título particular o como parte de un equipo.

    A tal efecto son empleados públicos quienes desempeñen funciones retribuidas en las Administraciones Públicas al servicio de los intereses generales.

  2. En ningún caso podrán ser premiados quienes se hallen en alguna de las circunstanciasprevistas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio,de Subvenciones de Cantabria.

  3. Los requisitos exigidos se acreditarán de conformidad a lo previsto en el artículo 7.2 dela presente Orden.

Artículo 4 Requisitos de los trabajos.
  1. Los trabajos, escritos en castellano, serán originales e inéditos, y no habrán sido premiados con anterioridad. Se presentarán en formato A-4, mecanografiados a doble espaciopor una sola cara, con letra tamaño 12 puntos, y contarán con una extensión mínima de 100páginas.

  2. No podrán presentarse aquellos trabajos realizados por encargo de una AdministraciónPública mediante...

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