Orden MED/9/2017, de 16 de marzo, por la que se modifica la Orden MED/54/2016, de 17 de noviembre, por la que se dictan las normas para el ejercicio de la pesca en aguas continentales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, durante el año 2017.
Sección | 1 - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación |
Rango de Ley | Orden |
Orden MED/9/2017, de 16 de marzo, por la que se modifica la OrdenMED/54/2016, de 17 de noviembre, por la que se dictan las normaspara el ejercicio de la pesca en aguas continentales de la ComunidadAutónoma de Cantabria, durante el año 2017.
Apreciadas ciertas incoherencias relativas a la fecha de apertura del periodo hábil de latrucha en algunos cotos de pesca de los ríos de Cantabria, reflejadas en los anexos de la Orden MED/54/2016, de 17 de noviembre, por la que se dictan las normas para el ejercicio de lapesca en aguas continentales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, durante el año 2017, yla conveniencia de incluir en el coto de Casatablas la limitación del uso de cierto tipo de cebosa partir del 1 de junio y de detallar el reparto en la gestión de la pesca continental del tramodel río Deva limítrofe entre las comunidades autónomas de Asturias y Cantabria, se procedea la modificación de la citada Orden para subsanar dichas incoherencias y completar su texto.
Por todo ello y visto el informe elaborado por la Dirección General del Medio Natural,
DISPONGO
Uno. El apartado 5 del Anexo II por el que se establecen las limitaciones específicas en materia de cebos y cupos en la cuenca del Asón, queda redactado de la siguiente manera:
Se prohíbe la utilización de cucharillas, devones, peces artificiales y similares a partir del 1de junio en los siguientes tramos:
- Río Asón, en todo su recorrido.
- Cotos de Regules y Casatablas.
Se prohíbe la utilización de cebo natural en los siguientes tramos:
- Río Asón, en todo su recorrido, excepto para la pesca del salmón.
Para la pesca de la trucha únicamente se autoriza el empleo de mosca seca y mosca ahogada en los siguientes tramos:
- Río Asón: Desde el puente de la Carretera Autonómica CA-257 en Limpias hasta la Presade Ramales.
Dos. El apartado 6 del Anexo II, relativo a la reglamentación específica de los cotos depesca de la cuenca del Asón, queda redactado de la siguiente manera:
Río Coto Modalidad Períodohábil
Tallatrucha
Cebos Permisosdía
Límiteinferior
Límitesuperior
Asón Pozo Negro Salmón 23 abril30 junio
21 cm Mosca artificial (Cucharillahasta 31/05)LombrizEsquila
3 Cola delPozoNegro
Cabecera delPocete
3 Coto PozoNegro
Cabecera deLa Pirula
Asón Pedregueras Salmón 23 abril30 junio
(truchadesde14/05)
21 cm Mosca artificial (Cucharillahasta 31/05)LombrizEsquila
3 Cola dePirullengo
Cabecera delCoterón deAbajo
Asón Pirullengo Salmón 23 abril30 junio
(truchadesde14/05)
21 cm Mosca artificial (Cucharillahasta 31/05)LombrizEsquila
3 Cola deBerezosas
Cabecera deLos Paules
Asón Berezosas Salmón 23 abril30 junio
(truchadesde14/05)
21 cm Mosca artificial (Cucharillahasta 31/05)LombrizEsquila
Asón Batuerto Salmón 23 abril30 junio
n/a Mosca artificial (Cucharillahasta 31/05)LombrizEsquila
3 Coto deBerezosas
Presa deBatuerto
3 Presa deBatuerto
Cabecera deLa Vena delMolino
Asón Laza Salmón 23 abril30 junio
(truchadesde14/05)
21 cm Mosca artificial (Cucharillahasta 31/05)LombrizEsquila
Salmón 23 abril
30 junio
(truchadesde14/05)
21 cm Mosca artificial
(Cucharillahasta 31/05)LombrizEsquila
Asón Peñaquebradh[g3]
3 PuentenuevoCarreteraNacionalN629
Cabecera deLa Barca deGibaja
Asón El Cuende Salmón 23 abril
30 junio
(truchadesde14/05)
n/a Mosca artificial
(Cucharillahasta 31/05)LombrizEsquila
3 Cola de laVena delCuende
Cabecera deLa Piedrona
Asón Negrillo Salmón 23 abril
30 junio
(truchadesde14/05)
21 cm Mosca...
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