Orden MED/21/2016, de 16 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para apoyar la compra del primer barco, destinadas a jóvenes pescadores, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo de la Pesca (2014-2020).

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación
Rango de LeyOrden

Orden MED/21/2016, de 16 de marzo, por la que se establecen lasbases reguladoras de las ayudas para apoyar la compra del primerbarco, destinadas a jóvenes pescadores, cofinanciadas por el FondoEuropeo Marítimo de la Pesca (2014-2020).

Para el período 2014-2020, el marco de apoyo comunitario a favor del desarrollo sostenibledel sector pesquero es el Reglamento (UE) 508/2014, del Parlamento y del Consejo, de 15 demayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo de la Pesca (FEMP).

El artículo 6 del citado Reglamento Europeo establece las prioridades de la Unión respectodel desarrollo sostenible de las actividades de pesca y acuicultura. Más concretamente, suprioridad 1 punto d) recoge la necesidad de fomentar la competitividad y la viabilidad de lasempresas del sector de la pesca, con inclusión de la pesca costera artesanal, y mejora de lascondiciones de seguridad y trabajo.

En consonancia con tal prioridad, el considerando 34 del Reglamento (UE) 508/2014 dispone que la creación y el desarrollo de nuevas actividades económicas en el sector de la pescapor jóvenes pescadores son financieramente complejos y constituyen un elemento que debetenerse en consideración a la hora de asignar y canalizar los fondos del FEMP. Esta evolución esesencial para la competitividad del sector pesquero en la Unión. Por lo tanto, debe instaurarseuna ayuda para los jóvenes pescadores al comienzo de sus actividades pesqueras para facilitarsu instalación inicial. Con objeto de garantizar la viabilidad de las nuevas actividades económicas que apoya el FEMP, deberá condicionarse la ayuda a la adquisición de las habilidades ycompetencias necesarias. La ayuda a la creación de empresas deberá contribuir únicamente ala adquisición del primer buque pesquero.

Mediante la presente Orden se pretende facilitar la aplicación y consecución de los objetivosde la Política Pesquera Común, adaptándolos a las peculiaridades propias del sector pesqueroen esta Comunidad Autónoma.

Las ayudas reguladas en la presente Orden no tienen el carácter de ayudas de estado, porlo que, en aplicación del artículo 8.2 del Reglamento (UE) 508/2014, los artículos 107, 108 y109 del TFUE no serán aplicables a los pagos efectuados por los Estados miembros en virtudde, y de conformidad con, el presente Reglamento dentro del ámbito de aplicación del artículo42 del TFUE.

De acuerdo con las competencias asumidas por la Comunidad Autónoma de Cantabria enmateria de pesca y dentro del marco establecido por la normativa Comunitaria y Estatal, seestablecen las bases reguladoras de las ayudas para apoyar la compra del primer barco, destinadas a jóvenes pescadores, en la Comunidad Autónoma de Cantabria, de acuerdo con elFondo Europeo Marítimo de la Pesca (2014-2020).

En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley de Cantabria10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria y en uso de las competencias que meconfiere el artículo 33.f), de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y finalidad.
  1. - Es objeto de la presente orden aprobar las bases reguladoras de las ayudas a conceder,en régimen de concurrencia competitiva, para apoyar la compra del primer barco, destinadasa jóvenes pescadores, reguladas en el artículo 31 del Reglamento (UE) 508/2014, del Parlamento y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo de la Pesca(FEMP), en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

  2. - La finalidad de las ayudas reguladas en la presente orden es facilitar el acceso a la propiedad, parcial o total, de un barco a los profesionales del sector que nunca tuvieron uno enpropiedad

  3. - A través de la presente orden se aborda la siguiente línea de ayudas del Programa Operativo español del FEMP:

PRIORIDAD 1: Fomentar una pesca sostenible desde el punto de vista medioambiental,eficiente en el uso de los recursos, innovadora, competitiva y basada en el conocimiento.

OBJETIVO 1.4: Fomento de la competitividad y la viabilidad de las empresas del sector dela pesca, con inclusión de la pesca costera artesanal, y mejora de las condiciones de seguridady trabajo.

ACCIÓN 1.4.3 Apoyo inicial a jóvenes pescadores.

Artículo 2 Beneficiarios
  1. - Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en esta orden los jóvenes pescadorescuyo domicilio fiscal se encuentre...

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