Orden MED/13/2018, de 22 de febrero, por la que se crea la Mesa de Prevención y Lucha Contra los Incendios Forestales en Cantabria y se regula su composición y funcionamiento.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación
Rango de LeyOrden

Orden MED/13/2018, de 22 de febrero, por la que se crea la Mesa dePrevención y Lucha Contra los Incendios Forestales en Cantabria y seregula su composición y funcionamiento.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los incendios forestales constituyen en Cantabria un problema sistémico con importantesrepercusiones ambientales y socioeconómicas, cuyas raíces trascienden más allá de la propiagestión forestal, revelando la existencia de motivaciones de diversa índole y elevado grado decomplejidad.

Se trata de un problema que atañe al conjunto de la sociedad, como lo evidencia el hechode que la mano del hombre se encuentra detrás de prácticamente el 100% de los incendiosforestales que acontecen en Cantabria, ya sea por su carácter intencionado o por negligenciaso accidentes.

Atendiendo a esta realidad y en aplicación de los artículos 43 y 44 de la Ley 43/2003, de 21de noviembre, de Montes, la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación del Gobierno deCantabria, como órgano competente en la materia, acometió la redacción del Plan Estratégicode Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales (periodo 2017-2020), denominado bajoel acrónimo PEPLIF, que fue aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 22de junio de 2017 (BOC nº 132 de 10 de julio de 2017).

Dada la singular naturaleza del problema, una de las premisas básicas consideradas durante la elaboración del PEPLIF y así reflejada como una estrategia propia en el marco de suimplementación, ha sido la participación pública y el consenso social, fruto de las cuales seprocedió a la creación, aunque no constitución formal, de la denominada "Mesa de Prevencióny Lucha Contra Incendios Forestales". Su funcionamiento como tal, ha posibilitado recabarinformación de un importante conjunto de sectores sociales (unidades de diversas administraciones, propietarios forestales, grupos de acción local, fuerzas y cuerpos de seguridad delestado, entidades empresariales y de investigación, organizaciones sindicales, organizacionesprofesionales agrarias, colectivos ecologistas y colegios profesionales, entre otros) que hanenriquecido el contenido del documento.

En esta línea, la primera acción prevista en el PEPLIF (Acción 1.1.1) y a la que responde elobjeto de esta norma, es crear un sistema de participación social para el seguimiento y mejoradel propio plan así como regular su funcionamiento operativo.

Por lo expuesto, de conformidad con las atribuciones que se confieren en el artículo 33.f dela Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración dela Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículos 1 a 3
Artículo 1 Objeto.

Es objeto de la presente Orden la creación y la regulación de la composición y el funcionamiento de la Mesa de Prevención y Lucha Contra Incendios Forestales, de acuerdo con loestablecido en el Plan Estratégico de Prevención y Lucha contra Incendios Forestales (PEPLIF).

Artículo 2 Régimen jurídico. 1

La Mesa regirá su organización y funcionamiento por lo establecido en la Ley 40/2015,de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sin perjuicio de las peculiaridadesorganizativas contenidas en la presente Orden y en la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónomade Cantabria. 2. Se configura como un órgano consultivo y asesor de la consejería competente en prevención de incendios forestales en materias específicas derivadas de la aplicación del PEPLIFy en general de todas aquellas relacionadas con los incendios forestales de la ComunidadAutónoma de Cantabria. Se erige como un elemento de participación social en la que se encuentran representadas las Administraciones Públicas, los colectivos sociales y económicos,las entidades locales propietarias de los montes así como entes de investigación y colectivosconservacionistas. 3. La Mesa quedará integrada en la consejería competente en prevención de incendios forestales. 4. El funcionamiento de la Mesa no requerirá la dotación específica de créditos presupuestarios.

Artículo 3 Funciones.

Las funciones principales de la Mesa son las siguientes: a) Constituir un sistema de participación pública de la sociedad sobre los incendios forestales en Cantabria. b) Efectuar el seguimiento y evaluación de las diferentes acciones contempladas en el PEPLIF, atendiendo a su grado de cumplimento y al nivel de acercamiento a la situación futuraque se pretende alcanzar. c) Proponer acciones estratégicas de carácter ejecutivo que complementen y mejoren...

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