Orden INN/3/2017, de 20 de marzo, por la que se modifica la Orden INN/11/2016, de 28 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a empresas de transporte público por carretera cuyas líneas discurren por zonas rurales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyOrden

Orden INN/3/2017, de 20 de marzo, por la que se modifica la OrdenINN/11/2016, de 28 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a empresas de transportepúblico por carretera cuyas líneas discurren por zonas rurales de laComunidad Autónoma de Cantabria.

Con fecha 16 de mayo se publicó la Orden INN/11/2016, de 28 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a empresas de transporte públicopor carretera cuyas líneas discurren por zonas rurales de Cantabria, entrando en vigor el díasiguiente al de su publicación.

La disposición tiene por objeto compensar a los operadores de servicios públicos de transporte de viajeros por carretera de uso general por la realización de obligaciones de serviciopúblico en zonas rurales de Cantabria, que los operadores no realizarían respondiendo a uninterés puramente económico, lo que ocasionaría que numerosas poblaciones de nuestro territorio quedaran sin servicio público de transporte.

Esta Orden establece un sistema de justificación y pago de esta compensación una vezrealizado el servicio, lo que añadido a las fases de tramitación administrativa, provoca que elbeneficiario reciba la subvención, más de un año después de haber comenzado a incurrir enlos gastos de explotación del servicio. Esta obligación de financiar los servicios con antelaciónutilizando recursos propios provoca desajustes en la explotación de las empresas, y en ciertamedida, supone una contradicción con el objeto de la orden que en su propio procedimientohace incurrir a las empresas en unos gastos innecesarios y que a su vez repercuten en la cadena de valor y en el conjunto de la red de proveedores del sector del transporte en Cantabria.

La disposición adicional décimo primera de la Ley de Cantabria 1/2017, de 24 de febrero,de Presupuestos Generales de Cantabria para 2017, que regula la previsión de garantías endesarrollo de la Ley de Subvenciones de Cantabria, establece que "con efectos 1 de enero de2017 y vigencia indefinida, en desarrollo del artículo 16.3.k) de la Ley de Cantabria 10/2006,de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, y para su aplicación exclusiva a las subvencionesque se concedan en régimen de concurrencia competitiva, se podrá adelantar al beneficiariohasta un setenta y cinco por ciento de la subvención concedida previa constitución de garantías que cubra el importe anticipado salvo las previstas en el artículo 42 del Reglamento dela Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto887/2006, de 21 de julio. El abono del resto de la subvención de forma anticipada se...

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