Orden INN/12/2017, de 19 de abril, por la que se convocan dos becas de formación práctica para titulados universitarios en Derecho en la Dirección General de Transportes y Comunicaciones.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyOrden

La exigencia, cada vez mayor, de conocimientos en los sectores de transportes y comunicaciones, así como en la utilización de técnicas y recursos que permitan la adquisición deladecuado nivel de formación y cualificación, hacen necesaria la especialización en ese ámbitoo, en su caso, el perfeccionamiento de los conocimientos adquiridos en estas materias por lostitulados universitarios.

Siendo de interés para esta Consejería el fomento de la formación y la realización de prácticasorientadas a la inserción en el mundo profesional de los titulados universitarios en Derecho, quepuedan aportar especialistas conocedores de los problemas y necesidades propias de los sectores de actividad que gestiona la Dirección General de Transportes y Comunicaciones, se considera oportuno convocar dos becas de formación práctica en el ámbito de esta Dirección General.

De otra parte, la legislación presupuestaria exige que las subvenciones y ayudas que seanconcedidas con cargo a los créditos presupuestarios que no tengan asignación nominativa yafecten a un colectivo de beneficiarios potenciales cumplan los criterios de objetividad, publicidad y libre concurrencia para la concesión, principios que recoge esta orden.

En su virtud, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el artículo 33 f) de la Ley6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de laComunidad Autónoma de Cantabria

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y bases reguladoras.
  1. La presente Orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva,dos becas de formación práctica destinada a titulados universitarios en Derecho para la realización de actividades, trabajos y estudios de formación y especialización práctica en los sectores de actividad gestionados por la Dirección General de Transportes y Comunicaciones, adesarrollar en los servicios y unidades o departamentos que se consideren más convenientespara su formación.

  2. Las bases reguladoras de esta convocatoria están contenidas en la Orden INN/55/2016,de 26 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para el otorgamiento de becas de formación práctica para titulados universitarios en Derecho en la Dirección General deTransportes y Comunicaciones (BOC de 4 de noviembre de 2016).

Artículo 2 Financiación.

La financiación del gasto que supone la presente convocatoria, por un importe máximo de 20.113,44 €, se realizará de acuerdo con cargo a la siguiente financiación:

- Año 2017 - Se financiará con cargo a la partida 12.5.453C.481 "Becas de formación"de los presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el 2017 por unimporte máximo de 9.980,60 euros.

- Año 2018 - Se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria correspondiente de losPresupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para 2018, con un límite de 10.132,84 euros.

CVE-2017-3914

Artículo 3 Campos de especialización.

Los beneficiarios de la beca realizarán actividades de formación y especialización prácticaen temas relacionados con los transportes y las telecomunicaciones

Artículo 4 Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las becas previstas en esta Orden las personas que reúnan lossiguientes requisitos:

  1. Ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.

  2. No haber sido separado del servicio de ninguna Administración o Institución como consecuencia de expediente disciplinario.

  3. Estar en posesión de la titulación universitaria en Derecho, siempre y cuando no hayan transcurrido más de 3 años desde la expedición del título o, en su caso, desde la fecha de pago de loscorrespondientes derechos de expedición, hasta la fecha de terminación del plazo de solicitudes.

  4. No haber sido beneficiario de una beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma durante dos o más años.

Los títulos presentados por los solicitantes deberán estar reconocidos y homologados oficialmente, así como tener plena validez en España.

Artículo 5 Solicitudes y documentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

Las solicitudes se presentarán por medio de una instancia elaborada conforme al modelocontenido en el Anexo de la Orden INN/55/2016, de 26 de octubre, por la que se establecenlas bases reguladoras para el otorgamiento de becas de formación práctica para tituladosuniversitarios en Derecho en la Dirección General de Transportes y Comunicaciones y serándirigidas al señor consejero de Innovación, Industria, Turismo y Comercio, presentándose enel registro de la Dirección General de Transportes y Comunicaciones (Calle Cádiz 2 - 1º 39002Santander), o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,de 1...

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