Orden INN/1/2017, de 16 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de subvenciones INNOVA.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyOrden

Orden INN/1/2017, de 16 de febrero, por la que se establecen lasbases reguladoras de la línea de subvenciones INNOVA.

La Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio apuesta por lograr que la cultura de la innovación se asiente en las empresas. El objetivo principal es conseguir que unaparte sustancial de la innovación y el talento se transformen en actividad económica y quesean la semilla de una transformación paulatina de nuestro actual modelo productivo. Con lapremisa de: "A innovar se aprende innovando", se quiere ayudar a reducir la complejidad ylas barreras de entrada que muchas empresarias encuentran al iniciar sus actividades innovadoras.

Las políticas de innovación y desarrollo constituyen un elemento fundamental para el desarrollo de las sociedades actuales, ya que el incremento de la I+D+i contribuye a la eficienciaeconómica al dirigir la demanda del mercado hacia productos, procesos o servicios nuevos omejorados. Teniendo en cuenta la relación existente entre la capacidad de innovación de unaregión y su competitividad con la calidad de vida, el Consejo Europeo adoptó el objetivo deincrementar el porcentaje del gasto en I+D+i sobre el PIB e incentivar el gasto por parte dela empresa privada.

Al objetivo de la innovación se le añade el fomento de las inversiones que persigan la mejora de la competitividad de las empresas, sean de naturaleza material como inmaterial.

Por todo ello se crea la línea INNOVA que está orientada a incentivar la investigación industrial y la innovación en las empresas. La realidad muestra que la sociedad se mueve enun mercado cada vez más exigente en el que no es posible permanecer sin la existencia deuna continua innovación, es por esto que el objetivo de esta línea es apoyar que las empresasdesarrollen proyectos que puedan llegar a convertirse en una realidad empresarial y que generen nuevos productos, servicios y/o procesos y mejoren así las capacidades de negocio dela empresa.

Se quiere incidir en la importancia de un asesoramiento externo de calidad, por ello seprima la colaboración con universidades, organismos públicos de investigación o entidadesque estén inscritas en el Registro de Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la InnovaciónTecnológica.

De esta forma, la línea INNOVA plantea un modelo global de innovación que abarca desdela investigación y el diseño del producto a su comercialización en el mercado, pasando por lamodernización de los procesos productivos y la innovación en las operaciones, combinando lainnovación tecnológica con la no tecnológica.

De acuerdo con la Estrategia de Investigación e Innovación 2020 para la EspecializaciónInteligente de Cantabria RIS3, aprobada por el Consejo de Gobierno de Cantabria en su reunión del 30 de enero de 2014, en estas líneas de subvención se bonificarán las solicitudes deempresas pertenecientes a los sectores y ámbitos tecnológicos que se han considerado prioritarios y que representan un 86,5% del PIB y un 47,2% del empleo del sector industrial deCantabria, aunque sin excluir a las empresas pertenecientes a otros sectores.

Asimismo, con el objetivo de contribuir a las políticas de revitalización de la economía dela comarca del Besaya que se están llevando a cabo desde el Gobierno de Cantabria, se haprevisto en estas líneas de subvención bonificar las solicitudes de empresas ubicadas en losmunicipios con mayor índice de desempleo pertenecientes a esta comarca.

En la Unión Europea el marco normativo de las ayudas estatales a las empresas ha cambiado con la entrada en vigor el pasado 1 de julio de 2014 de las Directrices sobre las ayudasestatales de finalidad regional para el periodo 2014-2020, publicadas en el Diario Oficial de laUnión Europea C 209 de 23 de julio de 2013, y el Mapa de ayudas regionales de España parael mismo período, aprobado por Decisión de la Comisión Europea el 21 de mayo de 2014. Elmapa identifica para cada región qué empresas pueden recibir ayudas estatales de finalidadregional y en qué proporción de los costes de inversión subvencionables, es decir, la intensidad de la ayuda. Asimismo el 1 de julio de 2014 entró en vigor el Reglamento (UE) número651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108del Tratado (Reglamento general de exención por categorías), publicado en el Diario Oficial dela Unión Europea L 187, de 26 de junio de 2014.

Por último, la presente Orden se dicta de conformidad con lo establecido en el artículo 16de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, y a fin de asegurar el respeto a los principios generales de gestión de las subvenciones que la misma establece en suartículo 7.

Por todo ello, en el marco de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria,la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con el artículo 33 f)de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administraciónde la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.
  1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la línea de subvenciones INNOVA de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio, a concederen régimen de concurrencia competitiva.

  2. La línea de subvenciones INNOVA tiene como finalidad incentivar la innovación en el entorno empresarial mediante el apoyo a los proyectos de investigación industrial, de desarrolloexperimental y estudios de viabilidad cuyo objetivo final sean nuevos productos, procesos y/oservicios.

Artículo 2 Ámbito de aplicación.
  1. A la presente línea de subvenciones podrán acogerse las personas físicas o jurídicas quereúnan la condición de beneficiarias según lo previsto en el artículo 3 y cuya actividad se corresponda con alguna de las relacionadas a continuación:

    1. Relación de actividades incluidas en el sector industrial:

      - Industrias extractivas de minerales no energéticos.

      - Industria de la alimentación, bebidas (Reglamento UE 1301/2013).

      - Industria textil y de la confección.

      - Industria del cuero y del calzado.

      - Industria de la madera y del corcho.

      - Industria del papel, edición, artes gráficas y reproducción de soportes grabados.

      - Industria de la transformación del caucho y materias plásticas.

      - Industrias de otros productos minerales no metálicos.

      - Industria cementera y derivados.

      - Metalurgia y fabricación de productos metálicos.

      - Industria de la construcción de maquinaria y equipo mecánico.

      - Industria de material y equipo eléctrico, electrónico y óptico.

      - Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques.

      - Fabricación de otro material de transporte.

      - Industrias manufactureras diversas.

      - Talleres de reparación de vehículos.

      - Construcción naval.

    2. Relación de actividades incluidas en el sector de servicios de apoyo a la industria:

      - Servicios de innovación y el desarrollo tecnológico.

      - Servicios de mantenimiento y manutención industrial.

      - Servicios de limpieza industrial especializada, gestión de residuos y recuperación deproductos.

      - Servicios portuarios.

      - Depósitos y almacenamiento de mercancías.

      - Servicios forestales.

      - Laboratorios de ensayo, análisis y certificación.

      - Sondeos y prospecciones.

    3. Relación de actividades incluidas en los sectores prioritarios y ámbitos tecnológicos prioritarios contemplados en la Estrategia de Investigación e Innovación 2020 para la Especialización Inteligente de Cantabria (iCan 2020):

      Sectores prioritarios:

      - Maquinaria y componentes de automoción.

      - Agroalimentación.

      - Transformación metálica.

      - Química.

      - Biotecnología.

      - Ingeniería marítima.

      - Comunicaciones por satélite y radiofrecuencia.

      Ámbitos tecnológicos transversales:

      - Servicios de las tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC).

      - Nanotecnología.

      - Fabricación avanzada.

    4. Actividades que tengan alguna de las siguientes características:

      - Que operen en sectores industriales de alta tecnología o emergentes tales como los siguientes, a título enunciativo pero no limitativo: biomedicina, bioquímica, farmacología, microy bioelectrónica, fabricación inteligente, materiales avanzados, biomateriales, sensores, aplicaciones en sistemas energéticos eficientes.

      - Que operen en el sector servicios y la nueva actividad esté basada en el desarrollo de lasociedad de la información, de la innovación, de las nuevas tecnologías y la eficiencia energética.

  2. No podrán ser subvencionables las actividades siguientes, de acuerdo con los artículos 1.2, y 1.3 del Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, porel que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior enaplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento General de Exención por Categorías), publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea L 187, de 26 de junio de 2014:

    1. Las actividades relacionadas con la exportación, concretamente...

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