Orden HAC/33/2018, de 6 de julio, por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2019.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Economía, Hacienda y Empleo
Rango de LeyOrden

Orden HAC/33/2018, de 6 de julio, por la que se dictan las normaspara la elaboración de los Presupuestos Generales de la ComunidadAutónoma de Cantabria para el año 2019.

El artículo 56 del Estatuto de Autonomía para Cantabria constituye el marco normativo regulador básico del presupuesto de la Comunidad Autónoma.

Este ámbito jurídico se completa con la Ley de Cantabria 14/2006 de 24 de octubre, de Finanzas de Cantabria (LFC en adelante). El artículo 36 de la LFC regula el procedimiento de elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria que será establecido mediante Orden de quien sea titular de la Consejería competente en materia de Hacienda.

Asimismo, los artículos 37 al 41 de la misma norma regulan la documentación que seráenviada al Parlamento de Cantabria y la determinación de la estructura presupuestaria de losPresupuestos Generales de esta Comunidad Autónoma.

La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y SostenibilidadFinanciera (LOEPSF en adelante), guía todas las actuaciones en materia presupuestaria delas Administraciones Públicas hacia el logro de sus principios fundamentales: estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera, plurianualidad, transparencia de las AdministracionesPúblicas, eficacia y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

De conformidad con dicha normativa la presente Orden viene a desarrollar las normas relativas al procedimiento, documentación y plazos para la elaboración del presupuesto para elaño 2019.

1. CRITERIOS DE PRESUPUESTACIÓN Y ÁMBITO INSTITUCIONAL DE LOS PRESUPUESTOSGENERALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA.

1.1 Criterios de Presupuestación.

Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para 2019 se orientarán a la consecución de los objetivos de la política económica del Gobierno y adecuarán susingresos y gastos al cumplimiento de los objetivos del ejercicio 2019 (estabilidad presupuestaria, regla de gasto y deuda pública) fijados por el Consejo de Política Fiscal y Financiera, enel marco de la LOEPSF.

Para el ejercicio 2019, el Consejo de Ministros ha propuesto para Cantabria un Objetivo deEstabilidad Presupuestaria del -0.1% de necesidad de financiación en porcentaje del ProductoInterior Bruto (PIB) Regional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Por su parte, el objetivo de Deuda Pública, la deuda Protocolo Déficit Excesivo (PDE en adelante) en porcentaje delPIB Regional de la Comunidad Autónoma, no podrá superar el 23.3%.

En lo que se refiere, al cumplimiento de la regla de gasto de las Comunidades Autónomas,en cuanto al ejercicio 2019, se ha fijado que la variación del gasto computable no podrá superar la tasa de referencia de crecimiento del PIB de medio plazo de la economía española,situada en un máximo del 2.7%.

El proceso de elaboración de los Presupuestos Generales de 2019 obligará a los Órganos Gestores a determinar sus prioridades en cuanto a la atención de los Servicios Públicos a financiar,en especial aquellos denominados Servicios Públicos Fundamentales, y necesitará la adopción demedidas conducentes a la optimización de la ejecución presupuestaria del Sector Público de laComunidad Autónoma de Cantabria, de tal forma, que consigan los objetivos previstos con la máseficaz y eficiente utilización de los recursos públicos y a la vez respetando las directrices y principios contenidos en la LOEPSF y los objetivos de estabilidad presupuestaria anteriormente citados.

1.2 Metodología de Presupuestación.

La elaboración de los Presupuestos Generales para 2019 supondrá la articulación de unaestructura de programas y de actividades que las Consejerías y Centros Presupuestarios delGobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria definan para el logro delos objetivos políticos y sociales en el ejercicio 2019.

El Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Cantabria deberá ajustarse al límite de gastono financiero aprobado por el Consejo de Gobierno de forma consistente con el Objetivo deEstabilidad Presupuestaria, de Regla de Gasto y de Deuda Pública que el Consejo de PolíticaFiscal y Financiera ha establecido para Cantabria en su reunión del 27 de julio de 2017.

El cálculo del Techo de Gasto para el 2019 en la Comunidad Autónoma de Cantabria serealizará conforme a lo establecido en el artículo 12 de la LOEPSF y las directrices que lo desarrollan.

1.3 Ámbito Institucional.

Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en los términos quese establecen en cada caso, comprenderán los siguientes presupuestos:

  1. El Parlamento de Cantabria.

  2. La Administración General de la Comunidad Autónoma.

  3. Los Organismos Autónomos.

  4. Las Sociedades Mercantiles Autonómicas.

  5. Las Fundaciones del Sector Público Autonómico.

  6. El resto de las Entidades del Sector Público Autonómico.

    1.4 Unidad de Presupuestación

    Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria se elaborarán expresados en euros, sin céntimos.

    1.5 Tramitación del Anteproyecto.

    La Dirección General de Tesorería, Presupuestos y Política Financiera (DGTPPF en adelante)elaborará los Estados de Gastos del Anteproyecto de Presupuestos Generales de la ComunidadAutónoma de Cantabria para 2019 teniendo en cuenta las orientaciones de política económicadel Gobierno de Cantabria, el Informe Económico Financiero elaborado por la Dirección Generalde Economía y Asuntos Europeos, las prioridades de las políticas de gastos, la eficacia y la eficiencia en la asignación de los recursos económicos y la transparencia en la gestión del gasto,los análisis de programas, las propuestas remitidas por los distintos Órganos Gestores y lanecesidad de cumplir con los Objetivos de Estabilidad Presupuestaria asignados, de tal formaque se dé cumplimiento a lo establecido en la LOEPSF.

    Asimismo, la DGTPPF coordinará la elaboración de los Estados de Ingresos del Anteproyectode Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para 2019 teniendo encuenta la cuantía asignada a Cantabria por el Sistema de Financiación Autonómica para 2019(entregas a cuenta) y las propuestas de previsión de ingresos efectuadas, antes del 20 deseptiembre de 2018, por los siguientes órganos con competencias en la estimación de ingresospara el 2019:

  7. Agencia Cántabra de Administración Tributaria: ingresos derivados de los tributos propiosde la Comunidad Autónoma de Cantabria y de los cedidos total o parcialmente por el Estado.

  8. Órganos Gestores (Consejerías y Organismos Autónomos): ingresos relativos a tasas yprecios públicos, transferencias corrientes, de capital, patrimoniales y otros ingresos diversos.

  9. Dirección General de Economía y Asuntos Europeos: ingresos procedentes de FondosEuropeos y del Fondo de Compensación Interterritorial.

  10. Servicio de Patrimonio de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo: ingresos por

    enajenación de inversiones reales.

  11. DGTPPF: Resto de ingresos diversos (Reintegros, ingresos patrimoniales e ingresos financieros).

    Una vez elaborados, los Estados de Ingresos y Gastos se elevarán al titular de la Consejeríade Economía, Hacienda y Empleo, quien someterá al acuerdo del Consejo de Gobierno el Anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para 2019.

    2. ESTRUCTURA DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DECANTABRIA.

    2.1 Estructura General del Presupuesto de Ingresos.

    El presupuesto de ingresos se estructura por categorías económicas.

    2.1.1 Estructura Económica.

    Los recursos incluidos en los Estados de Ingresos del presupuesto se ordenarán, según sunaturaleza económica, con arreglo a la clasificación por capítulos y artículos que se detalla enla Resolución de 12 de abril de 2010 (BOC de 21 de abril de 2010) de la DGTPPF por la que seestablecen los códigos que definen la clasificación económica de los Estados de Ingresos y Gastos de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, tanto en lo que serefiere a su nomenclatura como al contenido explicativo que aparece en la citada Resolución.

    La DGTPPF establecerá un mayor desglose del Estado de Ingresos hasta el nivel de conceptoy, en aquellos casos, que se estime necesario se desglosará hasta el nivel de subconcepto.

    2.1.2 Remanentes de Tesorería de Entes Públicos Administrativos

    Deberán presupuestarse, en el artículo 87 "Remanentes de Tesorería", las previsiones derecursos financieros generados en el ejercicio anterior (2018) y que no van a ser destinados afinanciar los gastos presupuestarios al final de ese ejercicio.

    La consignación de este Remanente de Tesorería no podrá suponer, salvo circunstancias justificadas previamente, el incremento de los gastos presupuestarios con respecto al ejercicio anterior.

    En general, esta consignación supondrá...

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