Orden HAC/29/2015, de 22 de julio, por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2016.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Economía, Hacienda y Empleo
Rango de LeyOrden

El artículo 56 del Estatuto de Autonomía para Cantabria constituye el marco normativo regulador básico del presupuesto de la Comunidad Autónoma.

Este ámbito jurídico se completa con la Ley de Cantabria 14/2006 de 24 de octubre, de

Finanzas de Cantabria.

El artículo 36 de la Ley 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas de Cantabria regula elprocedimiento de elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma deCantabria que será establecido mediante Orden de quien sea titular de la Consejería competente en materia de Hacienda.

Asimismo, los artículos 37 al 41 de la misma norma regulan la documentación que seráenviada al Parlamento de Cantabria y la determinación de la estructura presupuestaria de losPresupuestos Generales de esta Comunidad Autónoma.

La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y SostenibilidadFinanciera, en adelante Ley Orgánica 2/2012, guía todas las actuaciones en materia presupuestaria de las Administraciones Públicas hacia el logro de sus principios fundamentales:estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera, plurianualidad, transparencia de las Administraciones Públicas, eficacia y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

De conformidad con dicha normativa la presente Orden viene a desarrollar las normas relativas al procedimiento, documentación y plazos para la elaboración del presupuesto para elaño 2016.

1. CRITERIOS DE PRESUPUESTACIÓN Y ÁMBITO INSTITUCIONAL DE LOS PRESUPUESTOSGENERALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA.

1.1. Criterios de Presupuestación

Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para 2016 se orientarán a la consecución de los objetivos de la política económica del Gobierno y adecuarán susingresos y gastos al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria fijado para elejercicio 2016, en el marco de la Ley Orgánica 2/2012.

El principio de sostenibilidad financiera obliga a tener la capacidad suficiente para financiarcompromisos presentes y futuros dentro de los límites de déficit y endeudamiento.

El proceso de elaboración de los Presupuestos Generales de 2016 supondrá un ejercicioimportante de priorización del gasto público por parte de los Órganos Gestores para cumplirlos compromisos adquiridos por el Gobierno y el objetivo de estabilidad presupuestaria, a lavez que se cumplen el resto de principios de la Ley Órganica 2/2012: sostenibilidad financiera, transparencia en la información y eficacia y eficiencia en la prestación de los serviciospúblicos.

Teniendo en cuenta lo anterior, deberán seguirse las siguientes orientaciones en materia depresupuestación por parte de los Órganos Gestores:

- El gasto corriente deberá ser austero y eficiente a la vez para la eficaz cobertura de losServicios Públicos que presta esta Administración.

CVE-2015-9617

- En los Capítulos de gasto de Transferencias corrientes y de capital deberán respetarseaquellas subvenciones con derechos adquiridos en ejercicios anteriores.

- En materia de inversiones, se dará prioridad a la cobertura de gastos plurianuales,inversión de reposición y las cofinanciadas por otras administraciones, adecuando al créditodisponible la inversión nueva.

- En lo que se refiere a las aportaciones dinerarias a Entes del Sector Público Autonómico, seguirán la misma tónica de austeridad y eficiencia que el resto de gasto presupuestario.

1.2. Metodología de Presupuestación

La elaboración de los Presupuestos Generales para 2016 supondrá la articulación de unaestructura de programas y de actividades que las Consejerías y Centros Presupuestarios delGobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria definan para el logro delos objetivos políticos y sociales en el ejercicio 2016.

El Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Cantabria deberá ajustarse al límite de gastono financiero aprobado por el Consejo de Gobierno de forma consistente con el objetivo deestabilidad presupuestaria que el Consejo de Política Fiscal y Financiera establezca para Cantabria en el ejercicio 2016.

El cálculo del Techo de Gasto para el 2016 en la Comunidad Autónoma de Cantabria se realizará conforme a lo establecido en el artículo 12 de la Ley Orgánica 2/2012.

1.3. Ámbito Institucional

Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en los términos quese establecen en cada caso, comprenderán los siguientes presupuestos:

  1. El Parlamento de Cantabria.

  2. La Administración General de la Comunidad Autónoma.

  3. Los Organismos Autónomos.

  4. Las Sociedades Mercantiles Autonómicas.

  5. Las Fundaciones del Sector Público Autonómico.

  6. El resto de las Entidades del Sector Público Autonómico.

    1.4. Unidad de Presupuestación

    Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria se elaborarán expresados en euros, sin céntimos.

    1.5 Tramitación del Anteproyecto

    La. Dirección General de Tesorería, Presupuestos y Política Financiera elaborará los estadosde gastos del Anteproyecto de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabriapara 2016 teniendo en cuenta las orientaciones de política económica del Gobierno de Cantabria,el Informe Económico Financiero elaborado por la Dirección General de Economía y Asuntos Europeos, las prioridades de las políticas de gastos, la austeridad y transparencia en la gestión delgasto, los análisis de programas, las propuestas remitidas por los distintos Centros Gestores y lanecesidad de cumplir con el objetivo de estabilidad presupuestaria fijado para el ejercicio 2016,de tal forma que se dé cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2012.

    Asimismo, la Dirección General de Tesorería, Presupuestos y Política Financiera coordinarála elaboración de los estados de ingresos del Anteproyecto de Presupuestos Generales de laComunidad Autónoma de Cantabria para 2016 teniendo en cuenta la cuantía asignada a Cantabria por el Sistema de Financiación Autonómica para 2016 (entregas a cuenta) y las propuestas de ingresos efectuadas, antes del 6 de agosto, por los siguientes órganos con competenciasen la estimación de ingresos para el 2016:

  7. Agencia Cántabra de Administración Tributaria: ingresos derivados de los tributos propiosde la Comunidad Autónoma de Cantabria y de los cedidos total o parcialmente por el Estado.

  8. Órganos Gestores (Consejerías y Organismos Autónomos): ingresos relativos a Transferencias corrientes, de capital, patrimoniales y otros ingresos diversos.

  9. Dirección General de Economía y Asuntos Europeos: ingresos procedentes de FondosEuropeos y del Fondo de Compensación Interterritorial.

  10. Servicio de Patrimonio de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo: ingresos por

    enajenación de inversiones reales.

    Una vez elaborados, los estados de ingresos y gastos se elevarán al titular de la Consejeríade Economía, Hacienda y Empleo, quien someterá al acuerdo del Consejo de Gobierno el Anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para2016.

    2. ESTRUCTURA DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DECANTABRIA.

    2.1. Estructura General del Presupuesto de Ingresos

    El presupuesto de ingresos se estructura por categorías económicas.

    2.1.1. Estructura Económica

    Los recursos incluidos en los estados de ingresos del presupuesto se ordenarán, según sunaturaleza económica, con arreglo a la clasificación por capítulos y artículos que se detalla enla Resolución de 12 de abril de 2010 (BOC de 21 de abril de 2010) de la Dirección General deTesorería, Presupuestos y Política Financiera por la que se establecen los códigos que definenla clasificación económica de los Estados de Ingresos y Gastos de los Presupuestos Generalesde la Comunidad Autónoma de Cantabria, tanto en lo que se refiere a su nomenclatura comoal contenido explicativo que aparece en la citada Resolución.

    La Dirección General de Tesorería, Presupuestos y Política Financiera establecerá un mayordesglose del Estado de Ingresos hasta el nivel de concepto y, en aquellos casos, que se estimenecesario se desglosará hasta el nivel de subconcepto.

    2.1.2. Remanentes de Tesorería

    Con carácter general, no se consignará ninguna dotación en el artículo 87 "Remanente deTesorería" del Estado de Ingresos, salvo casos excepcionales que serán previamente autorizados por la Dirección General de Tesorería, Presupuestos y Política Financiera.

    2.2 Estructura General del Presupuesto de Gastos

    El presupuesto de gastos se estructura teniendo en cuenta: las finalidades u objetivos queel presupuesto pretende conseguir, la organización de los distintos entes integrantes del sectorpúblico y la naturaleza económica de los gastos.

    2.2.1. Estructura Orgánica

    2.2.1.1. Las dotaciones consignadas en los programas de...

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