Orden ECD/85/2017, de 15 de junio, que convoca la concesión de compensaciones extraordinarias para personal docente no universitario, titulares de puestos de trabajo en la enseñanza pública de Cantabria, para cuyo desempeño se precisa realizar desplazamientos por carretera.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Orden ECD/85/2017, de 15 de junio, que convoca la concesión decompensaciones extraordinarias para personal docente no universitario, titulares de puestos de trabajo en la enseñanza pública de Cantabria, para cuyo desempeño se precisa realizar desplazamientos porcarretera.

Uno de los objetivos de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, es el dotar deuna efectiva igualdad de oportunidades al mundo rural, teniendo en cuenta el carácter singularla citada escuela rural, proporcionándola los medios y sistemas organizativos necesarios paraatender a sus necesidades específicas.

El modelo de Colegios Rurales Agrupados, es una de las formulas más adecuadas paraorganizar la escolarización en las zonas rurales, al ser un tipo de centros que se adaptan razonablemente a las necesidades de éstas, con pequeños núcleos de población, como es el casode esta Comunidad Autónoma, y que permite conjugar que los alumnos permanezcan en suslocalidades de origen, evitando el desarraigo y disminuyendo el transporte escolar, con la necesaria impartición de enseñanzas especializadas mediante profesorado itinerante para atenderlas especialidades de Lengua Extranjera, Educación Musical, Educación Física y Educación Especial; y todo ello sin perjuicio de prestar la debida atención educativa especializada al alumnado por el profesorado de determinadas especialidades que deban compartir varios centros.

El cumplimiento de estas previsiones requiere la implicación activa del profesorado que es,para el sistema educativo pieza activa y clave para cualquiera de sus procesos de mejora. Porlo que se hace imprescindible concebir y desarrollar un conjunto de políticas y actuacionesorientadas a promover la dignificación profesional del profesorado.

Por ello, es necesario establecer todo tipo de medidas tendentes a una mejora de lascondiciones de trabajo del personal que está en ese tipo de puestos. Se pretende con estascompensaciones paliar, en alguna medida, los gastos extraordinarios que se derivan de losaccidentes de tráfico acaecidos en los desplazamientos por carretera efectuados por razón delservicio con sus propios vehículos, por el personal docente no universitario de la enseñanzapública de Cantabria, dependiente de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, con lacondición de itinerantes a que se refiere la base 3ª, así como los miembros integrantes de laInspección de Educación.

El profesorado itinerante, así como los funcionarios docentes pertenecientes a la Inspecciónde Educación, por razón del servicio público educativo que prestan, tienen que realizar desplazamientos por carretera, para los que hacen uso de sus propios vehículos y en los que corren elriesgo de sufrir accidentes de tráfico, con la consecuencia, entre otras, de daños materiales noadecuadamente cubiertos mediante otros mecanismos de previsión, y con el fin de compensarel posible perjuicio económico que de estas situaciones pueda derivarse, la presente orden regula el procedimiento para hacer efectiva dicha concesión de compensaciones extraordinarias,por lo...

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