Orden ECD/78/2016, de 7 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, a favor de clubes deportivos, para la financiación de gastos de desplazamiento de sus equipos senior que participen en competiciones regulares de la máxima categoría de ámbito autonómico o en competiciones regulares de ámbito estatal que no sean objeto de la Orden ECD/40/2016, de 9 de mayo, y/o de sus equipos juveniles que participen en competiciones regulares de la máxima categoría de ámbito estatal.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Orden ECD/78/2016, de 7 de julio, por la que se establecen las basesreguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimende concurrencia competitiva, a favor de clubes deportivos, para lafinanciación de gastos de desplazamiento de sus equipos senior queparticipen en competiciones regulares de la máxima categoría de ámbito autonómico o en competiciones regulares de ámbito estatal queno sean objeto de la Orden ECD/40/2016, de 9 de mayo, y/o de susequipos juveniles que participen en competiciones regulares de lamáxima categoría de ámbito estatal.

El Estatuto de Autonomía para Cantabria dispone en su artículo 24.21 que la promocióndel deporte y de la adecuada utilización del ocio son materias de competencia exclusiva de laComunidad Autónoma.

La Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte, reconoce la importancia que tieneel deporte en la vida de los ciudadanos y considera que es una actividad de interés generaly un elemento determinante de la calidad de vida de las personas que cumple funciones sociales, culturales y económicas. El deporte es un bien social que los poderes públicos estánobligados a fomentar, removiendo los obstáculos que impidan o dificulten su pleno desarrollo,favoreciendo su accesibilidad y promoviendo la actividad de las entidades deportivas, clubes ydeportistas a través de un sistema de ayudas (artículo 5 g) de la Ley de Cantabria 2/2000, de3 de julio, del Deporte).

Con el fin de promocionar el deporte de alta competición, por medio de la presente Ordense establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimende concurrencia competitiva, a favor de los clubes deportivos que tengan equipos senior queparticipen en competiciones regulares de la máxima categoría de ámbito autonómico o encompeticiones regulares de ámbito estatal que no sean objeto de la Orden ECD/40/2016, de 9de mayo, y/o equipos juveniles que participen en competiciones regulares de la máxima categoría de ámbito estatal, para la financiación de los gastos de desplazamiento de esos equipos;todo ello de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad,igualdad, no discriminación, control, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados porla Administración otorgante y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos,establecidos en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones.

Por todo ello, en el marco de la citada Ley, y en uso de las atribuciones conferidas en elartículo 16 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria y enel artículo 33 f) de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico delGobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y finalidad.
  1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvencionesque conceda, en régimen de concurrencia competitiva, la Consejería de Educación, Culturay Deporte, con cargo a los créditos de sus presupuestos, a los clubes deportivos que tenganequipos senior que participen en competiciones regulares de la máxima categoría de ámbitoautonómico o en competiciones regulares de ámbito estatal que no cumplan las condiciones

    establecidas en el artículo 2.1 de la Orden ECD/40/2016, de 9 de mayo (BOC nº 94, de 17 demayo de 2016), y/o equipos juveniles que participen en competiciones regulares de la máximacategoría de ámbito estatal, para financiar los gastos de desplazamiento de esos equipos.

    Serán competiciones regulares, a los efectos de esta Orden, aquellas que se desarrollen alo largo de toda la temporada deportiva.

    Serán competiciones de ámbito autonómico, a los efectos de esta Orden, aquellas en lasque, independientemente de la denominación utilizada por la correspondiente federación deportiva, la totalidad de los desplazamientos para competir que realicen los equipos seniorparticipantes se circunscriban a la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como aquellas organizadas en Comunidades Autónomas limítrofes en las que participen equipos senior cántabrosal no existir competición en nuestra región, por insuficiente número de equipos.

  2. La percepción de esta subvención es compatible con cualesquiera otras subvenciones,ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de organismos públicos oprivados, sin que el importe total de las ayudas recibidas pueda superar el coste de la actividad subvencionada, de acuerdo con las limitaciones establecidas en el artículo 18 de la Ley deCantabria 10/2006, de 17 de julio.

Artículo 2 Beneficiarios.
  1. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los clubes deportivos que estén debidamente inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de Cantabria y que cuenten en suestructura con equipos senior que participen en competiciones regulares de la máxima categoría de ámbito autonómico o en competiciones regulares de ámbito estatal que no reúnan losrequisitos exigidos en el artículo 2.1 de la Orden ECD/40/2016, de 9 de mayo, y/o con equiposjuveniles que participen en competiciones regulares de la máxima categoría de ámbito estatal.

  2. En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiarios quienes se hallaren en alguna de las circunstancias del artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de Cantabria 10/2006,de 17 de julio.

Artículo 3 Solicitudes: plazo, lugar y forma de presentación.
  1. Una vez publicada la convocatoria, los interesados que deseen solicitar la subvención deberán presentar su solicitud dirigida al Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en modelonormalizado, en el Registro de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte (C/ Vargas 53,1ª planta) o a través del Registro Electrónico Común (REC), disponible en la Sede Electrónicadel Gobierno de Cantabria, o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, y el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10de diciembre.

    Si en uso de este derecho la solicitud es remitida por correo, deberá ser presentada ensobre abierto para que sea fechada y sellada por el empleado de Correos antes de que ésteproceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre,del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal, y en la normativa reglamentaria reguladora de esta materia.

  2. El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde el díasiguiente al que se publique en el Boletín Oficial de Cantabria el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  3. La convocatoria podrá establecer un número máximo de actividades o proyectos a presentar por un mismo solicitante.

  4. La convocatoria establecerá la documentación y declaraciones responsables que deberánacompañar a la solicitud de subvención.

  5. El interesado en su solicitud podrá autorizar a la Dirección General de Deporte para querecabe la siguiente información:

    - Datos acreditativos de la identidad y domicilio del interesado.

    - Certificados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y de la Tesorería General de la Seguridad Social,que permitan comprobar si el solicitante está al...

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