Orden ECD/59/2015, de 27 de abril, que establece las bases reguladoras y convoca dos becas de postgraduado para la formación práctica en el área archivística, a desarrollar en el Archivo Histórico Provincial de Cantabria

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Orden ECD/59/2015, de 27 de abril, que establece las bases reguladoras y convoca dos becas de postgraduado para la formaciónpráctica en el área archivística, a desarrollar en el Archivo HistóricoProvincial de Cantabria

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte desarrolla actividades de formación dirigidasa postgraduados en diversas áreas. Siendo intención de esta Consejería el fomento de la formación específica mediante la realización de prácticas orientadas a la inserción en el mundoprofesional de los titulados en el grado de Información y Documentación o equivalente, se haconsiderado oportuno la convocatoria de las presentes becas de formación práctica en materiade organización y catalogación del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico de Cantabria, a desarrollar en las dependencias del Servicio de Archivos y Bibliotecas de la Consejeríade Educación, Cultura y Deporte.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 26.5 del Estatuto de Autonomía de Cantabria, corresponde a la Comunidad Autónoma de Cantabria, en los términos que establezcan las leyes y lasnormas reglamentarias que en desarrollo de su legislación dicte el Estado, la función ejecutivaen la gestión de museos, archivos y bibliotecas de titularidad estatal que no se reserve el Estado.

Por ello, en el marco establecido en la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones deCantabria, en la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de laAdministración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y en la Ley de Cantabria 6/2014 de26 de diciembre de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria parael año 2015.

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y finalidad de la convocatoria.

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar en régimende concurrencia competitiva, tres becas para graduados en Información y Documentación o titulación equivalente, destinadas a la formación práctica en materia de organización y catalogación, captura de registros bibliográficos y digitalización de los fondos integrantes del CatálogoColectivo del Patrimonio Bibliográfico de Cantabria, a realizar en las dependencias del Serviciode Archivos y Bibliotecas.

Dichas becas se adjudicarán de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, objetividad, publicidad y libre concurrencia

Estas becas son incompatibles con cualquier otra beca de igual naturaleza y misma finalidad.

Artículo 2 Destinatarios.
  1. Pueden solicitar la concesión de la beca aquellas personas físicas que reúnan los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud:

    1.1. Ser español o poseer la nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea.

    1.2. Encontrarse empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónomade Cantabria.

    1.3. No disfrutar de ninguna otra beca o ayuda de naturaleza análoga durante el período deduración de las convocadas por la presente Orden.

    1.4. No haber sido separado del servicio de ninguna administración o institución pública oprivada, como consecuencia de expediente disciplinario.

    1.5. Haber obtenido alguna de las siguientes titulaciones:

    - Grado en Información y Documentación o titulación equivalente.

    Títulos expedidos por el Estado Español o debidamente homologados, con justificaciónacreditativa de esta circunstancia.

    1.6. Haber obtenido la titulación académica en el curso 2009-2010 o en cursos posteriores.

  2. No podrán tener la condición de beneficiarios aquellas personas incursas en alguno de lossupuestos contemplados en el artículo 12.2 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvencionesde Cantabria.

  3. No podrán tener la condición de beneficiarios aquellas personas que hayan sido beneficiarios de otra beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante un periodo de dos o más años.

Artículo 3 Solicitudes: Forma, lugar y plazo de presentación.
  1. Las solicitudes irán dirigidas al consejero de Educación, Cultura y Deporte y se presentarán, adecuadamente cumplimentadas y junto con la documentación requerida, en el plazode diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en elBoletín Oficial de Cantabria, siguiendo el modelo oficial del anexo I. La presentación de lasolicitudes podrán realizarse en el registro auxiliar de la Consejería de Educación, Cultura yDeporte, (calle Vargas número 53,7ª planta, 39010 de Santander) o en cualquiera de los lugares establecidos en los artículos 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 105.4de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de laAdministración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

  2. En aplicación del Decreto 20/2012, de 12 de abril, de Simplificación Documental en losProcedimientos Administrativos, el solicitante puede autorizar al órgano gestor a que consultey recabe sus datos de identificación personal y aquellos que, en su caso, estén en poder de laAdministración de la Comunidad Autónoma de Cantabria por haber sido previamente aportados o que puedan ser expedidos por la propia administración o que obren en sus archivos oque puedan obtenerse de otra administración a través de medios electrónicos. En el supuestode que el solicitante no otorgue dicha autorización, deberá aportar los documentos correspondientes.

  3. El solicitante deberá aportar o, caso de ser posible conforme al Decreto 20/2012, autorizar la consulta de los siguientes documentos (ver anexo I):

    - Datos acreditativos de la identidad del solicitante: D.N.I./N.I.F. o N.I.E.

    - Certificado de empadronamiento en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

  4. El solicitante deberá aportar la siguiente documentación:

    1. Fotocopia del título académico o, en su defecto, justificante del pago de los derechos deexpedición del título.

    2. Fotocopia de la certificación del expediente académico con calificaciones y nota media

      cuantitativa en base 10.

    3. Currículum vitae del solicitante, en el que expondrá sus méritos académicos y profesionales y al que se deberá acompañar fotocopia de la documentación acreditativa de los mismos(únicamente se tendrán en cuenta los méritos acreditados que guarden relación con el objetode la beca, conforme a los criterios de valoración previstos en el artículo cuatro).

    4. Certificados de otros títulos académicos, cursos o contratos relacionados con la especialidad a la que se opta.

      El aspirante que resulte seleccionado deberá aportar en plazo máximo de diez días naturales desde la notificación de la resolución de concesión de la beca, el original de los documentos

      especificados en los apartados a),b),c) y d) en el caso de haber aportado inicialmente copiasimple de los mismos, a efectos de que la Consejería proceda a la comprobación y compulsade las copias simples que hubieren sido presentadas. Caso de no procederse a la presentaciónde dichos documentos originales, o si se comprobase que las copias presentadas no fueranreproducción fiel de los originales, el aspirante decaerá en su derecho pasando al siguiente dela lista.

  5. La solicitud incluirá declaración responsable de (anexo I):

    1. Ser ciertos cuantos datos figuran en la presente solicitud y, en su caso, la documentaciónadjunta, y que ésta última es fiel copia de los originales.

    2. Conocer, aceptar y comprometerse al cumplimento de las bases reguladoras y la convocatoria de las becas. Asimismo, cumplir los requisitos exigidos por las mismas.

    3. No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Leyde Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, así como de estar alcorriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social así como del resto de lasobligaciones con la Comunidad Autónoma de Cantabria.

    4. No...

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