Orden ECD/49/2015, de 9 de abril de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas económicas individuales al transporte para el alumnado de Formación Profesional de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante la fase de realización del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, la Fase de Prácticas en Centros de Trabajo y Proyectos de Formación Profesional Dual.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Orden ECD/49/2015, de 9 de abril de 2015, por la que se establecenlas bases reguladoras y se convocan ayudas económicas individualesal transporte para el alumnado de Formación Profesional de centroseducativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante la fase de realización del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, la Fase de Prácticas enCentros de Trabajo y Proyectos de Formación Profesional Dual.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, establece en su artículo 39.2 que la formación profesional, en el sistema educativo, tiene por finalidad preparar alalumnado para la actividad en un campo profesional y facilitar su adaptación a las modificaciones laborales que pueden producirse a lo largo de su vida, contribuir a su desarrollo personal yal ejercicio de una ciudadanía democrática, y permitir su progresión en el sistema educativo yen el sistema de formación profesional para el empleo, así como el aprendizaje a lo largo de lavida. En el artículo 42.2 establece que el currículo de las enseñanzas de formación profesionalincluirá una fase de formación práctica en centros de trabajo.

El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general dela formación profesional del sistema educativo, dispone en su artículo 25 que los ciclos formativos incluirán un módulo de formación en centros de trabajo que no tendrá carácter laboral.

También el Decreto 57/2007, de 10 de mayo, por el que se establece el currículo de laEducación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Cantabria, establece en suartículo 18.4 que "los programas de cualificación profesional inicial incluirán tres tipos de módulos: módulos específicos que desarrollarán las competencias del perfil profesional y que, ensu caso, contemplarán una fase de prácticas en los centros de trabajo (FPCT), respetando lasexigencias derivadas del Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales y Formación Profesional (...)".

El Decreto 4/2010, de 28 de enero, por el que se regula la ordenación general de la Formación Profesional en el sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, dispone ensu artículo 28 que el currículo de las enseñanzas de Formación profesional inicial incluirá unafase de formación práctica en centros de trabajo, que se realizará en situación real de trabajo,sin relación laboral. Esta fase de formación práctica se desarrollará a través del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT).

La realización del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT) es de obligado cumplimiento, y el alumnado debe desplazarse desde su domicilio al centro de trabajo,para adquirir esta formación curricular que establecen los currículos de los ciclos formativosde la Formación Profesional Inicial, pues para que la realización del módulo de Formación enCentros de Trabajo sea lo más eficaz posible es el tutor del Centro educativo el que asigna, enfunción de las capacidades terminales a adquirir, el centro de trabajo en el que cada alumnodesarrollará dicha formación. El alumnado, por tanto, efectuará las prácticas en el centro detrabajo designado, lo cual le puede suponer unos gastos extraordinarios de desplazamiento,por lo que se considera necesario destinar ayudas que, en parte, les compense, y de estaforma mantener el principio de gratuidad.

Estas ayudas están justificadas por el interés social que cumplen al fomentar la incorporación a la vida activa del alumnado y mejorar la preparación del mismo para la actividad en uncampo profesional a través del conocimiento de la realidad laboral.

Por ello, en el marco de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, la Ley 10/2006, de 17de julio, de Subvenciones de Cantabria, y vistos los créditos presupuestarios contemplados enla Ley 6/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma deCantabria para el año 2015,

DISPONGO

Artículo primero Objeto y finalidad de la convocatoria.

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar, medianteprocedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, ayudas económicas, para elalumnado de formación profesional de centros educativos sostenidos con fondos públicos dela Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fin de colaborar en la financiación de los gastosde transporte que pudiera ocasionar la realización en el periodo comprendido entre el 1 deseptiembre de 2014 y 31 de diciembre de 2015 de:

  1. El módulo de Formación en Centros de Trabajo (en adelante, FCT) de un ciclo formativo.

  2. La Fase de Prácticas en Centros de Trabajo (en adelante, FPCT) de un Programa de Cualificación Profesional Inicial.

  3. Proyectos de Formación Profesional Dual (en adelante, FP Dual).

Artículo segundo Destinatarios.
  1. Podrán acogerse a la presente convocatoria los alumnos que reúnan los siguientes requisitos:

    1. Estar matriculado en un centro educativo sostenido con fondos públicos de la ComunidadAutónoma de Cantabria en alguna de las enseñanzas siguientes:

      - Ciclos Formativos de Formación Profesional Inicial.

      - Programas de Cualificación Profesional Inicial

    2. Realizar el módulo de FCT de un Ciclo Formativo o la FPCT de un Programa de Cualificación Profesional Inicial en empresas o instituciones colaboradoras entre el 1 de septiembre de2014 y 31 de diciembre de 2015, o bien participar en Programas de FP Dual durante el curso2014/15.

    3. En el caso de los alumnos que cursen el módulo de FCT o FPCT, no haber participado enla convocatoria regulada por la Orden ECD/49/2014, de 24 de abril, por la que se establecíanlas bases reguladoras y se convocan ayudas económicas individuales al transporte para elalumnado de Formación Profesional de centros educativos sostenidos con fondos públicos dela Comunidad Autónoma de Cantabria durante la fase de realización del módulo profesionalde Formación en Centros de Trabajo y la Fase de Prácticas en Centros de Trabajo. También seincluirán en este apartado aquellos alumnos que hayan participado en dicha convocatoria, perono hayan superado el módulo profesional de FCT o FPCT.

    4. Residir durante el periodo de FCT, FPCT o Proyecto de FP Dual, en la Comunidad Autónoma de Cantabria. Excepcionalmente, en caso de no residir en Cantabria, se podrá presentarla solicitud, que será valorada individualmente.

    5. Desarrollar el módulo de FCT, FPCT o el Proyecto de FP Dual, en empresas o institucionescolaboradoras situadas a una distancia mínima de 5 km de la localidad de residencia habitualdel alumno.

      En el caso del desarrollo del módulo de FCT o FPCT en jornada continua, la localidad de laempresa deberá ser diferente a la del centro educativo.

    6. Al finalizar el curso:

      - Haber superado el módulo de Formación en Centros de Trabajo o la Fase de Prácticas enCentros de Trabajo en el que esté matriculado.

      - Haber superado el curso dentro del Proyecto de FP Dual, en el que esté matriculado.

  2. La percepción de esta subvención es compatible con cualesquiera otras subvenciones,ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de organismos públicos oprivados, sin que el importe total de las ayudas recibidas pueda superar el coste de la actividadsubvencionada.

  3. No podrán tener la condición de beneficiarios quienes incurran en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 12.2 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones deCantabria.

Artículo tercero Modalidades de las ayudas.

Se establecen las siguientes modalidades de ayudas:

  1. Modalidad A: Ayudas económicas para alumnado que realiza el módulo de FCT o FPCT enempresas o instituciones situadas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

  2. Modalidad B:

    - Ayudas económicas para alumnado que cursa el Ciclo Formativo de Mantenimiento Aeromecánico, de la familia profesional de Mantenimiento de Vehículos Autopropulsados que realizael módulo de FCT en empresas o...

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