Orden ECD/117/2018, de 16 de noviembre, por la que se regula la evaluación y promoción en las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden
iboc.cantabria.es
Pág. 29606
VIERNES, 23 DE NOVIEMBRE DE 2018 - BOC NÚM. 229
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CVE-2018-10232
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
CVE-2018-10232 Orden ECD/117/2018, de 16 de noviembre, por la que se regula la
evaluación y promoción en las enseñanzas de idiomas de régimen
especial en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regula, en el capítulo VII del Título I,
las enseñanzas de idiomas de régimen especial, estructurando estas en los niveles Básico A1,
Básico A2, Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2.
El Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, por el que se f‌i jan las exigencias míni-
mas del nivel básico a efectos de certif‌i cación, se establece el currículo básico de los niveles
Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, y Avanzado C2, de las Enseñanzas de idiomas
de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se
establecen las equivalencias entre las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas
en diversos planes de estudios y las de este Real Decreto, def‌i ne una nueva organización de
los distintos niveles de estas enseñanzas, establece las actividades de lengua y determina, en
su artículo 8, los documentos of‌i ciales que deben ser utilizados en su evaluación.
El Decreto 55/2018, de 29 de junio, por el que se establece la ordenación y se desarrolla
el currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de
Cantabria regula en el capítulo IV el carácter de la evaluación y las condiciones para la pro-
moción y la permanencia dentro de estas enseñanzas. Este Decreto, en su artículo 14, con-
templa la posibilidad de una decisión de promoción dentro de los diferentes cursos y niveles
atendiendo únicamente al logro de los objetivos y al grado de adquisición de las competencias
establecidas para cada una de las actividades de lengua, teniendo en cuenta las posibilidades
del alumno de cursar con aprovechamiento el curso siguiente.
Este nuevo marco normativo hace necesario regular con detalle los distintos aspectos del
proceso de evaluación.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 33.f) de la Ley 6/2002, de 10
de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autó-
noma de Cantabria,
DISPONGO
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. La presente Orden tiene por objeto regular la evaluación y promoción en las enseñanzas
de idiomas de régimen especial establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación.
2. Esta Orden será de aplicación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Artículo 2. Finalidad.
Los procesos de evaluación y promoción de las enseñanzas de idiomas tienen como f‌i na-
lidad valorar la adquisición y desarrollo de las actividades de compresión de textos orales y
escritos, actividades de producción y coproducción de textos orales y escritos, y, en su caso,
actividades de mediación en los niveles Básico A1, Básico A2, Intermedio B1 e Intermedio B2
y Avanzado C1 y Avanzado C2, teniendo como referencia, respectivamente, los niveles A1, A2,
B1, B2, C1 y C2 del Consejo de Europa, según están def‌i nidos en el Marco Común Europeo de
Referencia para las Lenguas.

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