Orden ECD/112/2015, de 15 de octubre, por la que se aprueba la convocatoria del programa Cantabria Olímpica destinado a la concesión de premios a deportistas cántabros de alto nivel y a sus entrenadores y se determina su régimen jurídico.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Orden ECD/112/2015, de 15 de octubre, por la que se aprueba laconvocatoria del programa Cantabria Olímpica destinado a la concesión de premios a deportistas cántabros de alto nivel y a sus entrenadores y se determina su régimen jurídico.

El Estatuto de Autonomía para Cantabria contempla en su artículo 24.21 la promoción deldeporte y de la adecuada utilización del ocio como materias de competencia exclusiva de laComunidad Autónoma.

La Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte, en su título primero, establece losprincipios rectores conforme a los que el Gobierno de Cantabria desarrolla su política deportiva, siendo uno de estos principios la promoción del deporte de competición y el desarrollode mecanismos de apoyo a los deportistas cántabros de alto rendimiento, concebido como unsector de interés público que constituye un factor esencial para el desarrollo deportivo de laComunidad Autónoma por el estímulo que supone para el deporte de base y por su funciónrepresentativa en las competiciones oficiales de ámbito estatal e internacional.

Por su parte, la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, confiere al Comité OlímpicoEspañol, entre otras competencias, la posibilidad de colaborar en la preparación de los deportistas que puedan participar en los Juegos Olímpicos.

Considerando fundamental la promoción de los deportistas de Cantabria con mayor proyección olímpica, internacional y nacional, a quienes se debe ofrecer los medios necesariospara su formación, y de esta manera, conformar una sólida base técnica y estructural paraque tengan posibilidad de superación y proyección deportiva positiva, sin olvidar los recursoshumanos, técnicos y económicos que provengan de otras Entidades tales como el ConsejoSuperior de Deportes o los medios de comunicación (radio, prensa y televisión) y los de la empresa privada, la presente orden trata de materializar, en la vertiente económica, un programade apoyo mediante la concesión de premios.

De acuerdo con todo lo anterior, en el marco de las citadas Leyes y de la Ley 6/2014, de26 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2015,y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 33 f) de la Ley de Cantabria 6/2002, de10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la ComunidadAutónoma de Cantabria.

DISPONGO

Artículo único Convocar y hacer público el régimen jurídico por el que se regirá el Programa Cantabria Olímpica destinado a la concesión de premios a deportistas cántabros de altonivel y a sus entrenadores con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Objeto.

Es objeto de la presente orden establecer las bases jurídicas por las que se rige el ProgramaCantabria Olímpica, el cual tiene como objetivo fundamental premiar a los deportistas de altonivel de Cantabria con posibilidades de participar en los Juegos Olímpicos, en competicionesinternacionales y de ámbito nacional, propiciando su incorporación a los equipos y a las selecciones nacionales u olímpicas de sus modalidades respectivas, así como a sus entrenadores,de forma que redunde en la mejora de su nivel técnico.

Segunda.- Destinatarios.

Podrán ser beneficiarios del Programa:

  1. Los deportistas que cumplan los siguientes requisitos:

    1. Tener nacionalidad española.

    2. Tener el domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Cantabria. De forma excepcionalpodrán ser premiados aquellos deportistas que, habiendo nacido en Cantabria, no tengan el domicilio fiscal en la comunidad autónoma por exigencias de su actividad deportiva o de estudio.

    3. Practicar una modalidad deportiva olímpica y continuar en su actividad deportiva de altacompetición durante el año 2015 de cara a participar en el próximo acontecimiento deportivode alta competición.

    4. Competir con licencia deportiva de su modalidad emitida por la federación cántabra correspondiente. De forma excepcional, y en atención a sus méritos deportivos, podrán ser premiados aquellos deportistas que, habiendo nacido en Cantabria tengan licencia española o deotra comunidad autónoma por exigencias de su actividad deportiva, debidamente justificadaspor las federaciones correspondientes.

    5. Ostentar alguno de los méritos deportivos consignados en la base cuarta de esta ordeny no ser beneficiario del Plan ADO en nivel superior a D-5, salvo en aquellos casos en que setrate de deportistas que vengan siendo beneficiarios del Programa Cantabria Olímpica, en razón de un criterio de permanencia, por la trayectoria y proyección de los mismos de cara a ladifusión y promoción de la imagen de Cantabria y por su incidencia en el deporte base.

    6. No encontrarse sancionado por doping o por ninguna otra sanción disciplinaria deportivade carácter grave o muy grave.

    7. No podrán participar en el programa los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR