Orden GAN/19/2014, de 7 de abril, por la que se aprueba la norma técnica para el uso de la marca de garantía CC Calidad Controlada para el arándano.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural
Rango de LeyOrden

Orden GAN/19/2014, de 7 de abril, por la que se aprueba la normatécnica para el uso de la marca de garantía CC Calidad Controladapara el arándano.

El Decreto 166/2003 de 25 de septiembre, por el que se regula la marca de garantía "CCCalidad Controlada" reglamenta el uso de este distintivo de calidad en los productos alimentarios.

Este Decreto establece en su artículo 2 que los productos susceptibles de ser identificadoscon la marca tienen que disponer de una norma técnica que especifique distintos aspectosrelacionados con la producción, elaboración y características de los mismos.

Elaborado el texto de la norma técnica para la utilización de la marca "CC Calidad Controlada" para el arándano, e informado positivamente por la Comisión de la Marca establecida enel artículo 4 del mencionado Decreto, en uso de las competencias que me confiere el artículo33f) de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y dela Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y en cumplimiento de lo dispuestoen el articulo 2.3 del referido Decreto 166/2003, de 25 de septiembre.

DISPONGO

Artículo único

Aprobar la norma para el uso de la marca de garantía "CC Calidad Controlada" correspondiente a los arándanos que figura como anexo a esta Orden.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA Artículos 1 a 12

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOC.

Santander, 7 de abril de 2014.

La consejera de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural, Blanca Azucena Martínez Gómez.

ANEXO

Norma técnica para el uso de la marca de garantía "CC Calidad Controlada parael arándano"

Artículo 1 Objeto de la norma.

La presente norma técnica tiene por objeto definir los requisitos de producción ycomercialización del arándano para su distinción con la marca "CC CalidadControlada".

Solamente obtendrá el distintivo "CC Calidad Controlada" aquel producto que ademásde cumplir la normativa vigente, cumpla las condiciones señaladas en esta normatécnica.

Artículo 2

Denominación y definición del producto.

La presente norma técnica establece los criterios para la distinción bajo la marca "CCCalidad Controlada" de los frutos azules procedentes de la planta Vaccinium Spp.destinados a ser entregados al consumidor en estado fresco.

Solamente obtendrán el distintivo "CC Calidad Controlada"aquellos arándanos queademás de cumplir la normativa vigente, en especial las normas de calidad, etiquetadoy límites máximos de residuos cumplan las condiciones señaladas en esta normatécnica.

Artículo 3 Características del fruto.

Los arándanos amparados por la marca de calidad "CC Calidad Controlada" deberánajustarse a las siguientes características de calidad:

* Ser enteros, bien desarrollados y consistentes. * Sanos y en particular exentos de mohos, podredumbres, insectos y parásitos. * Con aspecto característico de la variedad. * Exentos de olores y/o sabores extraños. * Limpios y sin materias extrañas visibles. * Libre de magulladuras, manchas, lesiones o heridas. * Estar en un estado de madurez apropiado según color, contenido en azucaresy consistencia.

3.1.- Morfológicas:

  1. Tamaño de los frutos: calibres según el máximo diámetro ecuatorial(expresado en mm.) > 12 mm.

    Se admitirá como margen de tolerancia un 5% por bandeja de frutos detamaños dispares y un +/- 5% del peso neto por envase, no admitiéndosemezcla de variedades.

  2. Madurez:

    - Color exterior del fruto: deberá ser el característico de la variedad. No seadmitirán coloraciones verdosas.

    - Consistencia: condición de fruta firme al tacto (coincidente con el estado decoloración.

    3.2.- Físico-químicas: Contenido en azúcares: mínimo 11º Brix, determinadorefractométricamente.

    3.3.- Vida útil del producto: 21 días entre la cosecha y la recepción del producto por elcliente.

Artículo 4 Descripción del método de producción.

Se admite el cultivo en suelo y/o en maceta

4.1.- Labores preparatorias:

  1. OBLIGATORIAS 1. Correcta preparación del terreno y/o sustrato 2. Optimización de las propiedades biofísicas del suelo y/o sustrato para evitar ladegradación del mismo (compactación, erosión, pérdida de nutrientes).

    1. Realizar labores respetando al máximo la estructura del suelo Evitarescorrentía y encharcamiento.

    2. Realizar un análisis de suelo y/o sustrato completo en caso de iniciar elcultivo en una parcela.

  2. PROHIBIDAS

    1. Desinfectar el medio de cultivo mediante tratamientos químicos (salvo casostécnicamente justificados).

  3. RECOMENDADAS

    1. Eliminación de hierbas adventicias previa plantación mediante métodosculturales o acolchados.

    4.2.- Plantación:

  4. OBLIGATORIASUtilización de cultivares procedentes de productores autorizados.

  5. PROHIBIDAS

    1. Utilizar sistemáticamente aperos que destruyan la estructura del suelo ypropicien la formación de suela de labor.

    2. Realizar labores preparatorias adecuadas que faciliten el drenaje y aireacióndel terreno.

    3. No voltear el suelo.

    Utilizar material vegetal que no esté sano o que tenga síntomas de no estarlo.

  6. RECOMENDADAS

    1. Separación entre líneas de 0,50 a 1,5 m. y entre calles de, al menos, 2,5 m. 3. La longitud de las calles no superara los 100 m. 4. Realizar el trasplante con plantas con cepellón. 5. Utilizar variedades contrastadas y adecuadas a la zona de cultivo.

    4.3.- Mantenimiento de la plantación

    4.3.1.- Riego:

  7. OBLIGATORIAS 1. Disponer de las características analíticas de la calidad del agua de riego(química y bacteriológica), con objeto de tomar decisión sobre su utilización.

    1. El agua de riego se utilizará con criterios de máxima eficiencia. Por eso seajustarán las dosis de riego a las necesidades de los cultivos, a la textura y aldrenaje del suelo.

    2. El agua de riego se distribuirá uniformemente por las parcelas, limitando laspérdidas que puedan producirse por percolación y escorrentía.

    3. Revisar periódicamente la instalación de riego para mantener un buen estadode funcionamiento.

    4. El material utilizado en las instalaciones nuevas deberá estar certificadosegún normas UNE, siempre que éstas existan para este tipo de material.

  8. PROHIBIDAS 1. Utilizar aguas caracterizadas por parámetros de calidad intolerables para elcultivo, para el suelo o para la salud pública.

    1. Utilizar aguas residuales sin previa depuración y superar los parámetrosestablecidos en la legislación vigente.

    2. Riego a manta.

  9. RECOMENDADAS 1. Empleo de sistemas de riego por goteo auto-compensante. 2. Realizar análisis de agua con una periodicidad de al menos 3 años. 3. Si se sospecha la posibilidad de elevados contenido en sales o si se utilizaagua que pueda recibir descargas urbanas o industriales, efectuar los análisiscon mayor periodicidad.

    4.3.2.-Fertilización y enmiendas:

    1. Conocer el grado de susceptibilidad a plagas y enfermedades.

  10. OBLIGATORIAS

    1. Se establecerá un plan de abonado, que fijará las cantidades de fertilizanteque deberán aplicarse considerando las extracciones de cultivo, el nivel defertilidad del suelo.

    2. Disponer de la analítica del suelo, para la elaboración del plan de abonado. 3. El abonado se fraccionará adecuadamente. 4. Las aportaciones de abonos foliares sólo se utilizarán cuando estéplenamente justificado.

    3. Los oligoelementos se integrarán en los planes de abonado, en función de lasnecesidades y exigencias del cultivo.

  11. PROHIBIDAS 1. Almacenamiento de estiércol cerca de las fuentes de agua. 2. Acceso de ganado a las aguas superficiales o a las zonas de bombeo. 3. Realizar fertilización en suelos encharcados o con nieve. 4. Utilizar materiales con valor fertilizante, aportados al suelo, que...

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