Decreto 69/2009, de 24 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 129/2006, de 14 de diciembre, por el que se creó el Consejo Asesor de Medio Ambiente de Cantabria.

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Octubre de 2009
Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorAyuntamiento de Santa Cruz de Bezana
Rango de LeyDecreto

CONSEJO DE GOBIERNO

Decreto 69/2009, de 24 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 129/2006, de 14 de diciembre, por el que se creó el Consejo Asesor de Medio Ambiente de Cantabria.

El Decreto 129/2006, de 14 de diciembre, creó el Consejo Asesor de Medio Ambiente de Cantabria, con el objeto de favorecer y dar cauce a la participación de las organizaciones representativas de los intereses sociales y de personas de reconocido prestigio en la elaboración y seguimiento de la política ambiental de la Comunidad Autónoma. De este modo, el Consejo Asesor se configura como un órgano de consulta, orientado a promover un desarrollo equilibrado y sostenible.

La Consejería de Medio Ambiente siempre ha tenido como uno de sus objetivos primordiales el que la participación social en las políticas ambientales y de desarrollo sostenible sea real y efectiva. Por ello, habiéndose observado determinados aspectos que son susceptibles de ser mejorados para facilitar y agilizar el funcionamiento de este órgano, se ha considerado necesario modificar algunas de sus normas de funcionamiento.

A tal fin, mediante la presente reforma se crea una Comisión Permanente en el seno del Consejo Asesor, de modo que éste pueda actuar tanto en Pleno, en Comisión Permanente como en Grupos de Trabajo. Con dicha Comisión se fomenta la participación efectiva y permanente de una parte representativa del Pleno del Consejo, con la finalidad de hacer posible el análisis adecuado de los asuntos que se sometan a su consideración, cumpliendo con rigor las funciones que corresponden a este órgano colegiado de acuerdo con el artículo 2 del Decreto 129/2006, de 14 de diciembre.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 24 de septiembre de 2009,

DISPONGO:

Artículo único

Se modifica el apartado 2 del artículo 3 del Decreto 129/2006, de 14 de diciembre, que queda redactado del siguiente modo:

  1. El Consejo Asesor de Medio Ambiente puede actuar en Pleno, en Comisión Permanente o en Grupos de Trabajo.

  1. El Pleno estará compuesto por el Presidente, los Vicepresidentes y los vocales enumerados en el apartado siguiente. Estará asistido por un Secretario y un Letrado de la Dirección General del...

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