Orden INN/20/2012, de 18 de mayo, por la que se modifica la Orden INN/3/2012, de 13 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y se realiza la convocatoria para el año 2012 de la línea de subvenciones INNOVA del programa INNPULSA 2012-2015.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyOrden

Orden INN/20/2012, de 18 de mayo, por la que se modifica la OrdenINN/3/2012, de 13 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y se realiza la convocatoria para el año 2012 de la línea desubvenciones INNOVA del programa INNPULSA 2012-2015.

Habiéndose solicitado por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo la oportunidadde modificar la orden publicada a fin de que las subvenciones que se concedan al amparo dela línea de subvenciones INNOVA del programa INNPULSA 2012-2015, puedan ser cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), dentro las acciones incluidas en elPrograma Operativo para Cantabria 2007-2013, se hace necesaria la modificación de la OrdenINN/3/2012, de 13 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y se realiza laconvocatoria para el año 2012 de la línea de subvenciones INNOVA del programa INNPULSA2012-2015. En su virtud,

DISPONGO

Artículo primero Modificación de la Orden INN/3/2012, de 13 de marzo.

Se modifica la Orden INN/3/2012, de 13 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y se realiza la convocatoria para el año 2012 de la línea de subvenciones INNOVAdel programa INNPULSA 2012-2015, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria número 57,de fecha 21 de marzo de 2012, en los siguientes términos.

  1. El artículo 3, apartado 5, queda redactado en los siguientes términos:

    "5. Los beneficiarios de estas ayudas estarán obligados a la utilización de los fondos paralos fines solicitados, así como al cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, y específicamente,a las siguientes:

    1. Llevar una contabilidad separada o un código contable adecuado en relación con todaslas transacciones relacionadas con las operaciones que desarrolle en relación a la subvención,en cumplimiento de lo establecido en el artículo 60.d) del Reglamento (CE) nº 1083/2006, de11 de julio de 2006. Se entenderá que se cumple con esta obligación cuando cada uno de losgastos y de sus correspondientes transacciones estén perfectamente identificados en la contabilidad del beneficiario.

    2. Conservar a disposición de los organismos de control del Programa Operativo FEDERtodos los documentos justificativos relacionados con los gastos, pagos y con las auditoríascorrespondientes al proyecto subvencionado, de acuerdo a lo establecido en la normativa comunitaria.

  2. En el artículo 4 se añade un punto 6, redactado en los siguientes términos:

    "6. Las ayudas previstas en esta Orden estarán financiadas por la Comunidad Autónoma deCantabria y, en su caso, podrán ser cofinanciadas por la Unión Europea con recursos del FondoEuropeo de Desarrollo Regional (FEDER)".

  3. El artículo 13, apartado 6, queda redactado en los siguientes términos:

    "6. La aceptación de la subvención conlleva automáticamente la conformidad del beneficiario a figurar en la lista pública de beneficiarios, con los nombres de las operaciones y lacantidad de fondos públicos asignados a las mismas, mediante su publicación electrónica o porotros medios, de conformidad con lo previsto en el artículo 7, apartado 2, del Reglamento (CE)1828/2006, de la Comisión Europea, de 8 de diciembre de 2006".

  4. El artículo 13, apartado 7, queda redactado en los siguientes términos:

    "7. Los beneficiarios de esta línea de subvenciones, en toda manifestación de promoción ydifusión pública del proyecto subvencionado, deberán dar la adecuada publicidad del carácterpúblico de su financiación mediante la inclusión de los elementos de comunicación relativos ala Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio, el emblema de la UE y la menciónde la participación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en la cofinanciación delPrograma, incluyendo los siguientes logotipos:

    FEDER

    FEDER

    FONDO EUROPEO DEDESARROLLO REGIONAL

    FONDO EUROPEO DEDESARROLLO REGIONAL

  5. El artículo 15, apartado H), queda redactado en los siguientes términos:

    "H) En su caso, que los activos fijos se han registrado en la contabilidad de la entidad beneficiaria de la subvención, y que cada uno de los gastos subvencionables y de sus correspondientes transacciones están perfectamente identificados en la contabilidad del beneficiario".

  6. Se modifican los Anexos 1, 2 y 3 a efectos de incluir en los mismos el anagrama de laUnión Europea y el FEDER en la forma recogida en los Anexos de esta Orden.

Artículo segundo

La presente modificación, dada su naturaleza, no supone la reapertura del plazo inicialmente establecido para la presentación de solicitudes.

UNIÓN EUROPEA

UNIÓN EUROPEA

UNA MANERA DE HACER EUROPA

Disposición final única Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficialde Cantabria.

Santander, 18 de mayo de 2012.

El consejero de Innovación, Industria, Turismo y Comercio,

Eduardo Arasti Barca.

FEDER

FEDER

FONDO EUROPEO DEDESARROLLO REGIONAL

FONDO EUROPEO DEDESARROLLO REGIONAL

UNIÓN EUROPEA

UNIÓN EUROPEA

UNA MANERA DE HACER EUROPA

UNA MANERA DE HACER EUROPA

INNPULSA

CONSEJERÍA DE INNOVACIÓNINDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

ANEXO 1

ESPACIO RESERVADO PARA LA ADMINISTRACIÓN

Nº EXP:

SOLICITUD DE SUBVENCIÓN

INNOVA 2012

EMPRESA SOLICITANTE:Razón Social de la Empresa (Literal del CIF/NIF): CIF/NIF:

REPRESENTANTE:Nombre y Apellidos (Representante Legal de la Empresa): NIF:

Representación legal que ostenta (Gerente, Administrador, Director, ...):

DOMICILIO SOCIAL:Dirección: Cod. Postal: Localidad:

Provincia:

DIRECCIÓN DE CONTACTO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN:Dirección: Cod. Postal: Localidad:

Provincia:

TÍTULO DEL PROYECTO PARA EL QUE SE SOLICITA LA SUBVENCIÓN:

DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA:

Cuestionario. En su caso, informe sobre responsabilidad socialcorporativa o empresarial.

Declaración Responsable. Otra documentación (especificar):

Memoria Técnica.

Memoria Económica.

Presupuestos.

REGISTRO DE ENTRADA

Sr...

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