Orden EDU/9/2007, de 7 de marzo, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional Inicial de Grado Superior, correspondientes al curso 2005/2006.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

Orden EDU/9/2007, de 7 de marzo, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional Inicial de Grado Superior, correspondientes al curso 2005/2006.

La Orden ECD/1.696/2002 de 1 de julio (Boletín Oficial del Estado del 5 de julio de 2002), del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, crea los Premios Nacionales de Formación Profesional como reconocimiento del rendimiento relevante del alumnado que ha culminado sus estudios de Formación Profesional Inicial y establece los requisitos de concesión. La disposición tercera de la Orden citada establece que podrán concurrir a los Premios Nacionales de Formación Profesional que se convoquen, entre otros, el alumnado merecedor de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional convocados en su Comunidad Autónoma.

La convocatoria anual de Premios Nacionales de Formación Profesional Inicial requiere, para su articulación, una convocatoria autonómica de Premios Extraordinarios de Formación Profesional, de acuerdo con los requisitos básicos establecidos en la Orden indicada.

Por ello, en el marco de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, y la Ley 18/2006, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2007,

DISPONGO

Artículo primero Objeto de la convocatoria.

La presente Orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, los Premios Extraordinarios de Formación Profesional Inicial de Grado Superior de la Comunidad Autónoma de Cantabria, correspondientes al curso académico 2005/2006, a los efectos de dar reconocimiento oficial a los méritos basados en el esfuerzo y en el trabajo del alumnado que cursa estudios de Formación Profesional Inicial de Grado Superior con excelente rendimiento académico, como de permitir su participación en la convocatoria anual de los Premios Nacionales de Formación Profesional Inicial,

Artículo segundo Alumnado destinatario y requisitos.
  1. Podrán optar al Premio Extraordinario los alumnos y alumnas que, habiendo cursado estudios de Formación Profesional Inicial de Grado Superior, en centros docentes públicos y privados situados en el ámbito de la gestión directa de la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria, bien en régimen presencial o en la modalidad de enseñanza a distancia, los hayan finalizado durante el año 2006.

  2. Para optar a estos premios será necesario haber obtenido como calificación final de todos los módulos profesionales cursados una puntuación igual o superior a 8,5 puntos.

A estos efectos la calificación final del ciclo formativo se determinará hallando la media aritmética de las calificaciones de los módulos profesionales que tengan expresión numérica y el resultado se consignará con una cifra decimal redondeada por exceso si la segunda cifra decimal resultase igual o superior a 5 y por defecto cuando sea inferior. No se tendrán en...

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