Acuerdo por el que se distribuye el tiempo gratuito de propaganda electoral en los medios de comunicación de titularidad pública.

Sección9 - Elecciones
EmisorJunta Electoral Provincial de Cantabria
Rango de LeyAcuerdo

La Junta Electoral Provincial, en sesión del día de la fecha (Acta nº 9), ha acordado, entreotros puntos, lo siguiente:

ACTA Nº 1 DE LA REUNIÓN CELEBRADA POR LA COMISIÓN DE CONTROL PARA LA DISTRIBUCIÓN DEL TIEMPO GRATUITO DE PROPAGANDA ELECTORAL EN LA PROGRAMACIÓN REGIONAL DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN NACIONAL DE TITULARIDAD PÚBLICA, EL DÍA 28DE ABRIL DE 2011.

- El momento y el orden de emisión de los espacios, por un tiempo total de 135 minutos,de conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la Ley de Elecciones al Parlamento deCantabria, se realizará de la siguiente forma:

En primer lugar, el Partido Popular determinará la totalidad de los 45 minutos que le corresponden. Seguidamente elegirán, asimismo la totalidad de los minutos correspondientes, porsu orden, el Partido Regionalista (45 minutos), Partido Socialista Obrero Español (45 minutos).

- Los espacios mínimos serán de treinta segundos, lo que hace un total de 450 espacios(135:0,30) tanto en Televisión como en Radio, pudiendo elegir las entidades políticas la emisión en un solo espacio mínimo o acumular dos o más.

Se concede la palabra a la representación de Radio Nacional de España en Cantabria, paraser oído sobre las bandas horarias que oferta, que propone las siguientes bandas horarias:

En Radio 1, de lunes a viernes, del 6 al 20 de mayo, de 15:30 a 16:00 horas.

En Radio 5, de lunes a viernes, del 6 al 20 de mayo, de 15,20 a 15,30 horas, para los partidos que no cuenten con representación parlamentaria.

A continuación, el representante del Centro Territorial de Televisión Española en Cantabriarealiza la siguiente propuesta:

Partidos con representación parlamentaria:

En la primera cadena, de lunes a viernes, de 08:30 a 08:31; de 08:59 a 09:00; de 14:00a 14:01; de 14:29 a 14:30.

Sábados y festivos de 20:59 a 21:00.

Partidos extraparlamentarios:

En la segunda cadena, de lunes a viernes, de 11:45 a 12:00 horas.

Se procede a continuación a la elección del momento y el orden de emisión de los espaciosen Televisión, en la forma que figura en los Anexos I y II.

Se procede a continuación a la elección del momento y el orden de emisión de los espaciosen Radio Nacional de España en Cantabria, en la forma que figura en los Anexos III y IV.

Finalizado el acto encomendado a la Comisión de Control, SE ACUERDA incorporar a lapresente acta la propuesta del momento y el orden de emisión de los espacios gratuitos depropaganda electoral en el Centro Territorial de Televisión Española en Cantabria (Anexos I y II) y en el Centro Territorial de Radio Nacional de España en Cantabria (Anexos III y IV), la cualsomete a la aprobación de la Junta Electoral Provincial de Cantabria, de conformidad con lodispuesto en el apartado 1 del artículo 28 de la Ley de Elecciones al Parlamento de Cantabria;significando que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 30 del citado texto legal, en

CVE-2011-6259

concordancia con lo establecido en el artículo 67 de la Ley Orgánica del Régimen ElectoralGeneral, para la determinación del momento y el orden de emisión de los espacios se han tenido en cuenta las preferencias de las entidades políticas en función del número de votos queobtuvieron en las anteriores elecciones al Parlamento de Cantabria.

ACTA Nº 9 DE LA SESION CELEBRADA POR LA JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL DE CANTABRIA EL DÍA 29 DE ABRIL DE 2.011

PUNTO 3.- PROPUESTA FORMULADA POR LA COMISION DE CONTROL PARA LA DISTRIBUCIÓN DEL TIEMPO GRATUITO DE PROPAGANDA ELECTORAL EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN DE TITULARIDAD PÚBLICA.

Examinada la propuesta de distribución de los espacios gratuitos de propaganda electoralen la programación regional de los medios de comunicación nacionales de titularidad públicapara las elecciones de 27 de mayo de 2.007, formulada por la Comisión de Control de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 28 de la Ley de Elecciones al Parlamentode Cantabria, la cual fue designada por esta Junta Electoral provincial a tenor de lo dispuestoen el mencionado artículo 28 del citado texto legal, y observando que, para la determinacióndel momento y el orden de emisión de los espacios, se han tenido en cuenta las preferenciasde las entidades políticas en función del número de votos que obtuvieron en las anterioreselecciones al Parlamento de Cantabria a que hace mención el artículo 30 del citado texto legal,en concordancia con lo establecido en el artículo 67 de la Ley Orgánica del Régimen ElectoralGeneral, así como los principios de transparencia, objetividad e igualdad a que se refiere elartículo 8 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, SE ACUERDA:

  1. - Aprobar la propuesta en sus propios términos, incorporando a la presente acta el actade la reunión celebrada por la Comisión de Control el 28 de abril de 2.011.

  2. - Conforme la Instrucción...

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