Decreto 62/2012, de 18 de octubre, por el que se modifica el Decreto 40/2012, de 28 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del 'Plan RENUEVA Cantabria', de apoyo a la renovación del parque de vehículos en Cantabria.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

Mediante la aprobación del Decreto 40/2012, de 28 de julio, "Plan RENUEVA" se ha intentado proporcionar un nuevo impulso a la adquisición de vehículos, incentivando, junto conel esfuerzo comercial de los concesionarios, además de su compra, el mantenimiento delempleo en el sector de la automoción y la sustitución de vehículos antiguos por otros menoscontaminantes.

El 29 de septiembre de 2012, se publicó en el Boletín Oficial del Estado, la Resoluciónde 28 de septiembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica lade 24 de septiembre de 2012, del Consejo de Administración del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se establecen las bases reguladoras para la convocatoria de ayudas del Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE) cuyo objetivo fundamental es la disminución del consumo energético nacional, mediante la incentivación de lamodernización del parque de vehículos turismo con modelos de alta eficiencia energética, conmenor consumo de combustibles y emisiones de CO2.

Esta circunstancia justifica la necesidad de adaptar el Decreto 40/2012, de 28 de julio, conobjeto de hacer compatibles las subvenciones contempladas en ambos regímenes de ayuda,pues el Decreto antes señalado establecía la expresa incompatibilidad de sus ayudas con cualesquiera otras. Además se considera oportuno a la luz de la correspondencia entre las ayudasaportadas por el IDAE y el esfuerzo comercial realizado por los concesionarios, el equiparar elesfuerzo de éstos al "Plan Renueva", minorando su compromiso de aportación.

No obstante lo anterior, para aquellos casos en los que el comprador opte únicamente porel Plan RENUEVA no se modifican sus condiciones.

En su virtud, a propuesta del señor consejero de Innovación, Industria, Turismo y Comercioy previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 18 de octubre de 2012,

DISPONGO

Artículo Único Modificación del Decreto 40/2012, de 28 de julio, por el que se regula laconcesión directa de subvenciones del "Plan RENUEVA Cantabria", de apoyo a la renovación delparque de vehículos de Cantabria.

Uno.- Se modifican los apartados 4 y 5 del artículo 2 que quedan redactados como sigue:

"4.- El concesionario que realice la venta del vehículo aplicará un descuento de modo que elprecio final del vehículo, impuestos incluidos, sea inferior en 900 euros a su precio original, conindependencia de cualquier tipo de descuento promocional de marca o de concesionario que sepretenda aplicar. Efectuados los descuentos que procedan se aplicarán los impuestos previstosen las normas fiscales vigentes. Finalmente, sobre la cantidad resultante así establecida sededucirá el importe correspondiente a la subvención del Gobierno de Cantabria (300 euros)recogida en el artículo siguiente.

CVE-2012-14173

En el caso de que el comprador haya solicitado la ayuda pública del Programa de Incentivosal Vehículo Eficiente (PIVE), el descuento que aplicará el concesionario será de 300 euros, enlugar de los 900. En este caso en la factura de venta deberán figurar, detallados y separados,los descuentos practicados por el concesionario en aplicación de ambas ayudas, "Plan RENUEVA Cantabria" y PIVE".

"5. A fin de que el comprador pueda valorar el ahorro de al menos 1.200 euros, o 600euros, según el caso, que le supondría la compra del vehículo en las condiciones de este Plan,el concesionario le facilitará una oferta de venta sin aplicar el descuento del concesionario aque se obliga de acuerdo con este decreto, ni la subvención del Gobierno de Cantabria que elPlan establece, ni cualquier otra subvención que pueda concurrir en la compra del vehículo".

Dos.- Se modifica el punto 1 de la letra b) del apartado 2 del artículo 7 que queda redactado como sigue:

"2. b) 1) Declaración responsable por parte del comprador sobre otras ayudas públicas parala compra del vehículo, a los efectos de evaluar la compatibilidad establecida en el artículo 11del presente Decreto".

Tres.- Se modifica la letra g) del artículo 7 que queda redactado como sigue:

"g) Oferta del vehículo sin aplicar el descuento del concesionario ni la subvención del Gobierno de Cantabria establecidos ambos en el "Plan RENUEVA Cantabria", ni cualquier otrasubvención que pueda concurrir en la compra del vehículo".

Cuatro.- Se modifica el artículo 11 que queda redactado como sigue:

"Artículo 11.- Compatibilidad de las...

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