Orden SAN/13/2014, de 12 de mayo, por la que se deroga el apartado e) del artículo 4 de la Orden SAN/20/2013, de 25 de noviembre, por la que se crea el Programa Cántabro de Protección Social de la Salud Pública y se regula el procedimiento de acceso al mismo.
Sección | 1 - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Sanidad y Servicios Sociales |
Rango de Ley | Orden |
Mediante la Orden SAN/20/2013, de 25 de noviembre se crea el Programa Cántabro deProtección Social de Salud Pública, al que pueden acogerse las personas con documentaciónválida y en vigor que las identifique, que a partir de la entrada en vigor de dicha Orden notengan asistencia sanitaria pública en España y que cumplan los requisitos establecidos en lareferida Orden.
El artículo 4 de la Orden SAN/20/2013, de 25 de noviembre relaciona la documentaciónque debe acompañarse a la solicitud de inclusión en el Programa Cántabro de Protección Socialde la Salud Pública. El apartado e) del artículo 4 dispone que, entre dicha documentación, seaporte "Informe o resolución denegatoria de inscripción en el Registro Central de Extranjeros".
En el tiempo trascurrido desde la entrada en vigor de la Orden SAN/20/2013, de 25 noviembre, se ha constatado que personas que cumplen los requisitos para la inclusión en elPrograma Cántabro de Protección Social, tienen dificultades para aportar dicho informe o resolución denegatoria de inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Así, teniendo en cuentaque el requisito relativo a carecer del derecho a asistencia sanitaria y de cualquier tipo deprotección de asistencia sanitaria queda suficientemente acreditado mediante la aportación delresto de documentación exigida, se estima conveniente derogar el apartado 4 e) de la OrdenSAN/20/2013, de 25 de noviembre.
En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 f) de la Ley deCantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,
DISPONGO
Se deroga...
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