Notificación de auto y decreto en procedimiento de ejecución de títulos judiciales 65/2014.
Sección | 8 - Procedimientos Judiciales |
Emisor | Juzgado de lo Social Nº 4 de Santander |
Doña María Fe Valverde Espeso, secretaria judicial del Juzgado de lo Social Número 4 deSantander,
Hace saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de ejecución n° 65/14, a instanciade PRUDENCIO EDUARDO REAL LAVID, ARNALDO HERRERO CARRAL y ÁNGEL ORUÑA REALfrente a MARMOLERÍAS MURIEDAS, S. L., en los que se ha dictado auto y decreto de fecha 3de abril de 2014 cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
"PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo dictar orden general de ejecución y el despacho de la misma a favor de PRUDENCIO EDUARDO REAL LAVID, ARNALDO HERRERO CARRAL y ÁNGEL ORUÑA REAL, como parteejecutante, contra la empresa MARMOLERÍAS MURIEDAS, S. L., CIF: B39396916 como parteejecutada, por importe de:
- 10.205,49 € a favor de PRUDENCIA EDUARDO REAL LAVID (9.300,88 € más 904,61 €de intereses),
- 10.414,54 € a favor de ARNALDO HERRERO CARRAL (9.491,40 más 923,14 € de intereses),
- 9.938,43 € a favor de ÁNGEL ORUÑA REAL (9.058,41 € más 881,02 € de intereses).
Todo ello hace un total del principal de 30.558,46 €, y además otros 4.889,54 € (16% de/principal total), presupuestados provisionalmente para los intereses y costas de la ejecución,sin perjuicio de su posterior liquidación, lo que hace un total de despacho de ejecución de 35.448 €."
"PARTE DISPOSITIVA
Por lo expuesto;
Para dar efectividad a la orden general de ejecución dictada en las presentes actuacionescontra MARMOLERÍAS MURIEDAS, S. L., CIF B39396916, por importe de:
- 10.205,49 € a favor de PRUDENCIA EDUARDO REAL LA VID (9.300,88 € más 904,61 €de intereses).
- 10.414,54 € a favor de ARNALDO HERRERO CARRAL (9491,40 € más 923,14 € de intereses).
- 9.938,43 € a favor de ÁNGEL ORUÑA REAL (9.058,41 € más 881,02 € de intereses).
Todo ello hace un total del principal de 30.558,46 €, y además otros 4.889,54 € (16% delprincipal total), presupuestados provisionalmente para los intereses y costas de la ejecución,sin perjuicio de su posterior liquidación, lo que hace un total de despacho de ejecución de 35.448 €.
CVE-2014-5887
ACUERDO
PRIMERO.- Se declaran embargados los siguientes bienes propiedad de la empresa ejecutada, en cuantía suficiente a cubrir la cantidad total por la que se ha despachado ejecución:
-
Los saldos en cuentas a la vista, depósitos, valores o derechos mobiliarios de los que seatitular o beneficiario el ejecutado en los bancos y cajas de ahorro incluidos en el correspondiente sistema informático del Punto Neutro Judicial del Consejo General del Poder Judicial;con el...
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