Decreto 82/2013, de 19 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2013.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

I

El apartado Dos del artículo 23 de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 establece, con carácter básico, que a lo largo del ejercicio2013 no procederá la incorporación de nuevo personal salvo en los sectores que especifica ydentro del límite máximo del diez por cien de la tasa de reposición de efectivos.

El marco jurídico que delimita las incorporaciones de nuevos efectivos en el año 2013, concarácter general para todo el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se define en el artículo 38 de la Ley de Cantabria 9/2012, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2013, aldisponer en su apartado Uno que se podrá autorizar la convocatoria de plazas para el ingresode nuevo personal, que se concentrará en los sectores, funciones y categorías profesionalesque se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de servicios públicos esencialesañadiendo que, en todo caso, el número de plazas de nuevo ingreso deberá ser, como máximo,igual al diez por cien de la tasa de reposición de efectivos. Dentro de estos límites, la ofertade empleo público incluirá puestos y plazas desempeñados por personal interino por vacante,contratado o nombrado con anterioridad, excepto aquellos sobre los que exista reserva depuesto o estén incursos en procesos de provisión o se decida su amortización.

Concluyendo el análisis de lo dispuesto en el artículo 38, el apartado Dos previene que elGobierno de Cantabria informará a la Comisión de Presidencia y Justicia del Parlamento deCantabria de la convocatoria así como del desarrollo de la Oferta de Empleo Público.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en la normativa anteriormente mencionada, corresponde alGobierno de Cantabria autorizar la convocatoria pública de aquellas plazas que no puedan sercubiertas con los efectivos de personal existentes, y de acuerdo con los criterios anteriormenteexpuestos, dirigidos a la racionalización de los efectivos en el conjunto del sector público autonómico y la previsión de reducción del déficit público.

II

En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos...

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