ÍNDICE.
Título Preliminar
Disposiciones generales.
Artículos 1 a 64
Artículo 2
Sujetos obligados.
Artículo 3
Otros sujetos obligados.
Artículo 4
Sujetos obligados a suministrar información.
Título I
Derecho de acceso a la información pública.
Artículos 5 a 24
Capítulo I
Iniciación del procedimiento.
Artículos 5 a 8
Artículo 5
Derecho de acceso a la información pública.
Artículo 6
Solicitud de acceso a la información pública.
Artículo 7
Solicitudes incompletas o imprecisas.
Artículo 8
Información previa.
Capítulo II
Causas de inadmisión.
Artículos 9 a 15
Artículo 9
Causas de inadmisión.
Artículo 10
Solicitudes que se refieran a información en curso de elaboración o de publicación general.
Artículo 11
Solicitudes referidas a información de carácter auxiliar o de apoyo.
Artículo 12
Solicitudes relativas a información que requieran una acción previa de reelaboración.
Artículo 13
Solicitudes de información en las que se desconozca el órgano competente.
Artículo 14
Solicitudes manifiestamente repetitivas.
Artículo 15
Solicitudes abusivas no justificadas con la finalidad de transparencia de la Ley.
Capítulo III
Tramitación y resolución.
Artículos 16 a 19
Artículo 16
Afectación de los derechos e intereses de terceras personas.
Artículo 17
Aplicación de los límites al derecho de acceso.
Artículo 19
Formalización del acceso a la información.
Capítulo IV
Publicidad de las resoluciones.
Artículos 20 y 21
Artículo 20
Publicidad de las resoluciones.
Artículo 21
Publicidad de la información solicitada con más frecuencia.
Capítulo V
Régimen de impugnaciones.
Artículos 22 a 24
Artículo 22
Reclamación ante el Consejo de Transparencia de Cantabria.
Artículo 23
Publicidad de las resoluciones del Consejo de Transparencia de Cantabria.
Artículo 24
Ejecución y seguimiento de las resoluciones del Consejo de Transparencia deCantabria.
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Título II
Publicidad activa.
Artículos 25 a 58
Capítulo I
Disposiciones generales.
Artículos 25 a 28
Artículo 25
Órganos responsables de poner a disposición la información.
Artículo 26
Normas generales para la publicación.
Artículo 27
Forma y lugar de publicación.
Artículo 28
Actualización de la información
Capítulo II
Transparencia organizativa e institucional.
Artículos 29 a 34
Artículo 29
Publicación de la estructura organizativa y competencias.
Artículo 30
Información sobre personal.
Artículo 31
Información sobre cartas de servicios y procedimientos administrativos.
Artículo 32
Información sobre el sector público institucional.
Artículo 33
Información sobre planificación, programación y evaluación.
Artículo 34
Información relativa al derecho de acceso a la. información pública.
Capítulo III
Transparencia política.
Artículos 35 a 37
Artículo 35
Información sobre altos cargos y asimilados.
Artículo 36
Agenda institucional.
Artículo 37
Información relativa a las campañas de publicidad y de promoción institucional.
Capítulo IV
Transparencia en la contratación pública.
Artículos 38 y 39
Artículo 38
Información relativa a la contratación pública.
Artículo 39
Otra información relativa a contratación pública.
Capítulo V
Transparencia en los convenios, encomiendas de gestión, encargos de ejecucióna medios propios y subvenciones.
Artículos 40 y 41
Artículo 40
Información relativa a convenios, encomiendas de gestión y encargos de ejecución a medios propios.
Artículo 41
Información relativa a subvenciones, avales y ayudas públicas.
Capítulo VI
Transparencia en las cuentas bancarias.
Artículos 42 y 43
Artículo 42
Información sobre saldos de cuentas.
Artículo 43
Información sobre gastos de caja fija.
Capítulo VII
Transparencia en la gestión económica, presupuestaria y patrimonial.
Artículos 44 a 46
Artículo 44
Información de carácter presupuestario y financiero.
Artículo 45
Información sobre patrimonio.
Artículo 46
Información sobre estadísticas tributarias.
Capítulo VIII
Transparencia en la ordenación del territorio, urbanismo y medio ambiente.
Artículos 47 y 48
Artículo 47
Información urbanística y de ordenación del territorio.
Artículo 48
Información medioambiental y cartográfica.
Capítulo IX
Transparencia en la información de relevancia jurídica.
Artículos 49 a 53
Artículo 49
Información sobre la normativa vigente.
Artículo 50
Información sobre la revisión y mejora regulatoria, y sobre la consulta públicaen la elaboración de proyectos normativos.
Artículo 51
Información en la elaboración de normas con rango de Ley y reglamentarias.
Artículo 52
Otra información de relevancia jurídica.
Artículo 53
Información específica sobre las relaciones del Gobierno de Cantabria con elParlamento de Cantabria.
Capítulo X
Otros contenidos objeto de publicación.
Artículos 54 a 58
Artículo 54
Estudios demoscópicos.
Artículo 55
Información estadística.
Artículo 56
Información sobre las políticas sociales de gasto.
Artículo 57
Información sobre discapacidad.
Artículo 58
Información sobre el Consejo Económico y Social de Cantabria.
Título III
Organización en materia de transparencia en el ámbito de la Administración de laComunidad Autónoma de Cantabria.
Artículos 59 a 61
Artículo 59
Organización en materia de transparencia.
Artículo 60
El órgano competente en materia de transparencia.
Artículo 61
Unidades de Información de Transparencia.
Título IV
Régimen sancionador.
Artículos 62 a 64
Artículo 62
Régimen jurídico.
Artículo 63
Criterios de aplicación de las infracciones en materia de transparencia y accesoa la información.
Artículo 64
Órganos competentes.
Disposiciones Adicionales
Disposición adicional primera
Calidad de los datos.
Disposición adicional segunda
Reclamaciones en el ejercicio del derecho de acceso.
Disposición derogatoria única
Derogación normativa.
Disposición final primera
Habilitación para el desarrollo normativo.
Disposición final segunda
Entrada en vigor.
La Ley de Cantabria 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública tienepor objeto regular la transparencia de la actividad pública en Cantabria en su doble vertientede publicidad activa y de derecho de acceso a la información pública por parte de todos los ciudadanos, así como la reutilización de ésta, siendo un instrumento para facilitar el conocimientopor la ciudadanía de la actividad pública, tanto de las entidades públicas como de las privadascon financiación o participación pública.
La citada Ley, que supone un avance respecto a la básica, la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, establece ampliasobligaciones de transparencia, mucho más detalladas que en la normativa estatal, y garantizael ejercicio del acceso a la información pública, además de incluir disposiciones relativas alprocedimiento sancionador y establecer unos principios mínimos en política de participaciónciudadana.
Para profundizar en esas cuestiones, la disposición final primera de la Ley de Cantabria1/2018, de 21 de marzo, habilita al Gobierno de Cantabria a dictar el desarrollo reglamentariode la norma.
Así pues, esa Ley es el fundamento del presente Decreto que pretende no ya cumplir con elmandato, sino también y, sobre todo, regular de forma más nítida aspectos que ya la Ley establece de forma amplia, como es el caso de las obligaciones de publicidad activa, el derecho deacceso a la información pública, el régimen de reclamaciones y el régimen sancionador. Juntoa ello, se regulan otros aspectos, incorporando un desarrollo de la organización en materia detransparencia.
El Decreto se ha realizado con plena adecuación a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, eficiencia, simplicidad y competencia; todoello en virtud de lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo...