Decreto 83/2020, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley de Cantabria 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

ÍNDICE.

Preámbulo
Título Preliminar Disposiciones generales. Artículos 1 a 64
Artículo 1 Objeto.
Artículo 2 Sujetos obligados.
Artículo 3 Otros sujetos obligados.
Artículo 4 Sujetos obligados a suministrar información.
Título I Derecho de acceso a la información pública. Artículos 5 a 24
Capítulo I Iniciación del procedimiento. Artículos 5 a 8
Artículo 5 Derecho de acceso a la información pública.
Artículo 6 Solicitud de acceso a la información pública.
Artículo 7 Solicitudes incompletas o imprecisas.
Artículo 8 Información previa.
Capítulo II Causas de inadmisión. Artículos 9 a 15
Artículo 9 Causas de inadmisión.
Artículo 10 Solicitudes que se refieran a información en curso de elaboración o de publicación general.
Artículo 11 Solicitudes referidas a información de carácter auxiliar o de apoyo.
Artículo 12 Solicitudes relativas a información que requieran una acción previa de reelaboración.
Artículo 13 Solicitudes de información en las que se desconozca el órgano competente.
Artículo 14 Solicitudes manifiestamente repetitivas.
Artículo 15 Solicitudes abusivas no justificadas con la finalidad de transparencia de la Ley.
Capítulo III Tramitación y resolución. Artículos 16 a 19
Artículo 16 Afectación de los derechos e intereses de terceras personas.
Artículo 17 Aplicación de los límites al derecho de acceso.
Artículo 18 Resolución.
Artículo 19 Formalización del acceso a la información.
Capítulo IV Publicidad de las resoluciones. Artículos 20 y 21
Artículo 20 Publicidad de las resoluciones.
Artículo 21 Publicidad de la información solicitada con más frecuencia.
Capítulo V Régimen de impugnaciones. Artículos 22 a 24
Artículo 22 Reclamación ante el Consejo de Transparencia de Cantabria.
Artículo 23 Publicidad de las resoluciones del Consejo de Transparencia de Cantabria.
Artículo 24 Ejecución y seguimiento de las resoluciones del Consejo de Transparencia deCantabria.

CVE-2020-8797

Título II Publicidad activa. Artículos 25 a 58
Capítulo I Disposiciones generales. Artículos 25 a 28
Artículo 25 Órganos responsables de poner a disposición la información.
Artículo 26 Normas generales para la publicación.
Artículo 27 Forma y lugar de publicación.
Artículo 28 Actualización de la información
Capítulo II Transparencia organizativa e institucional. Artículos 29 a 34
Artículo 29 Publicación de la estructura organizativa y competencias.
Artículo 30 Información sobre personal.
Artículo 31 Información sobre cartas de servicios y procedimientos administrativos.
Artículo 32 Información sobre el sector público institucional.
Artículo 33 Información sobre planificación, programación y evaluación.
Artículo 34 Información relativa al derecho de acceso a la. información pública.
Capítulo III Transparencia política. Artículos 35 a 37
Artículo 35 Información sobre altos cargos y asimilados.
Artículo 36 Agenda institucional.
Artículo 37 Información relativa a las campañas de publicidad y de promoción institucional.
Capítulo IV Transparencia en la contratación pública. Artículos 38 y 39
Artículo 38 Información relativa a la contratación pública.
Artículo 39 Otra información relativa a contratación pública.
Capítulo V Transparencia en los convenios, encomiendas de gestión, encargos de ejecucióna medios propios y subvenciones. Artículos 40 y 41
Artículo 40 Información relativa a convenios, encomiendas de gestión y encargos de ejecución a medios propios.
Artículo 41 Información relativa a subvenciones, avales y ayudas públicas.
Capítulo VI Transparencia en las cuentas bancarias. Artículos 42 y 43
Artículo 42 Información sobre saldos de cuentas.
Artículo 43 Información sobre gastos de caja fija.
Capítulo VII Transparencia en la gestión económica, presupuestaria y patrimonial. Artículos 44 a 46
Artículo 44 Información de carácter presupuestario y financiero.
Artículo 45 Información sobre patrimonio.
Artículo 46 Información sobre estadísticas tributarias.
Capítulo VIII Transparencia en la ordenación del territorio, urbanismo y medio ambiente. Artículos 47 y 48
Artículo 47 Información urbanística y de ordenación del territorio.
Artículo 48 Información medioambiental y cartográfica.
Capítulo IX Transparencia en la información de relevancia jurídica. Artículos 49 a 53
Artículo 49 Información sobre la normativa vigente.
Artículo 50 Información sobre la revisión y mejora regulatoria, y sobre la consulta públicaen la elaboración de proyectos normativos.
Artículo 51 Información en la elaboración de normas con rango de Ley y reglamentarias.
Artículo 52 Otra información de relevancia jurídica.
Artículo 53 Información específica sobre las relaciones del Gobierno de Cantabria con elParlamento de Cantabria.
Capítulo X Otros contenidos objeto de publicación. Artículos 54 a 58
Artículo 54 Estudios demoscópicos.
Artículo 55 Información estadística.
Artículo 56 Información sobre las políticas sociales de gasto.
Artículo 57 Información sobre discapacidad.
Artículo 58 Información sobre el Consejo Económico y Social de Cantabria.
Título III Organización en materia de transparencia en el ámbito de la Administración de laComunidad Autónoma de Cantabria. Artículos 59 a 61
Artículo 59 Organización en materia de transparencia.
Artículo 60 El órgano competente en materia de transparencia.
Artículo 61 Unidades de Información de Transparencia.
Título IV Régimen sancionador. Artículos 62 a 64
Artículo 62 Régimen jurídico.
Artículo 63 Criterios de aplicación de las infracciones en materia de transparencia y accesoa la información.
Artículo 64 Órganos competentes.
Disposiciones Adicionales
Disposición adicional primera Calidad de los datos.
Disposición adicional segunda Reclamaciones en el ejercicio del derecho de acceso.
Disposición derogatoria única Derogación normativa.
Disposiciones Finales
Disposición final primera Habilitación para el desarrollo normativo.
Disposición final segunda Entrada en vigor.
PREÁMBULO

La Ley de Cantabria 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública tienepor objeto regular la transparencia de la actividad pública en Cantabria en su doble vertientede publicidad activa y de derecho de acceso a la información pública por parte de todos los ciudadanos, así como la reutilización de ésta, siendo un instrumento para facilitar el conocimientopor la ciudadanía de la actividad pública, tanto de las entidades públicas como de las privadascon financiación o participación pública.

La citada Ley, que supone un avance respecto a la básica, la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, establece ampliasobligaciones de transparencia, mucho más detalladas que en la normativa estatal, y garantizael ejercicio del acceso a la información pública, además de incluir disposiciones relativas alprocedimiento sancionador y establecer unos principios mínimos en política de participaciónciudadana.

Para profundizar en esas cuestiones, la disposición final primera de la Ley de Cantabria1/2018, de 21 de marzo, habilita al Gobierno de Cantabria a dictar el desarrollo reglamentariode la norma.

Así pues, esa Ley es el fundamento del presente Decreto que pretende no ya cumplir con elmandato, sino también y, sobre todo, regular de forma más nítida aspectos que ya la Ley establece de forma amplia, como es el caso de las obligaciones de publicidad activa, el derecho deacceso a la información pública, el régimen de reclamaciones y el régimen sancionador. Juntoa ello, se regulan otros aspectos, incorporando un desarrollo de la organización en materia detransparencia.

El Decreto se ha realizado con plena adecuación a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, eficiencia, simplicidad y competencia; todoello en virtud de lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo...

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