Decreto 31/2017, de 18 de mayo, por el que se regula el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a fomentar la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Cantabria, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

I

El Texto Refundido de la Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de23 de octubre, sitúa entre los objetivos generales de la política de empleo, el de asegurar políticas adecuadas de integración laboral dirigidas a aquellos colectivos que presenten mayoresdificultades de inserción laboral, especialmente jóvenes, mujeres, personas con discapacidad,personas desempleadas de larga duración y mayores de 45 años.

La citada Ley configura como uno de los instrumentos de la política de empleo, las políticas activas de empleo, definidas como "el conjunto de servicios y programas de orientación,empleo y formación profesional para el empleo en el ámbito laboral dirigidas a mejorar las posibilidades de acceso al empleo, por cuenta ajena o propia, de las personas desempleadas, almantenimiento del empleo y a la promoción profesional de las personas ocupadas y al fomentodel espíritu empresarial y de la economía social".

Dichas políticas se desarrollan en todo el Estado, teniendo en cuenta la Estrategia Españolade Activación para el Empleo, los contenidos comunes establecidos en la normativa estatal deaplicación, así como las necesidades de las personas demandantes de empleo y los requerimientos de los respectivos mercados de trabajo.

Los recursos económicos destinados a las políticas activas de empleo son gestionados porlos servicios públicos de empleo, pudiendo desarrollar los servicios y programas que consideren necesarios, teniendo en cuenta los aspectos anteriormente mencionados, y que seincluirán en los Planes Anuales de Política de Empleo, integrados en los Ejes establecidos enel artículo 10.4 del texto refundido de la Ley de Empleo. Estos servicios y programas podránser gestionados mediante la concesión de subvenciones públicas, contratación administrativa,suscripción de convenios, gestión directa o cualquier otra forma jurídica ajustada a derecho.

Entre los citados ejes, figura el Eje 3: "Oportunidades de empleo", que incluye las actuacionesque tienen por objeto incentivar la contratación, la creación de empleo o el mantenimiento delos puestos de trabajo, especialmente para aquellos colectivos que tienen mayor dificultad en elacceso o permanencia en el empleo, con especial consideración a la situación de las personas condiscapacidad, de las personas en situación de exclusión social, de las personas con responsabilidades familiares, de las víctimas del terrorismo y de las mujeres víctimas de violencia de género.

En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, el Estatuto de Autonomía disponeen su artículo 26.11 que a aquélla le corresponde la competencia en materia de ejecución dela legislación laboral que dicte el Estado.

En aplicación de esta previsión fueron realizados los sucesivos traspasos de funciones yservicios de la gestión realizada por la Administración General del Estado y el Instituto Nacionalde Empleo mediante el Real Decreto 1900/1996, de 2 de agosto, sobre traspaso de funcionesy servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria en materiade trabajo (ejecución de la legislación laboral), y mediante Real Decreto 1418/2001, de 14 dediciembre, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Cantabria de la gestión realizada porel Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación.

CVE-2017-4839

Posteriormente con la Ley de Cantabria 1/2003, de 18 de marzo, se creó el organismo autónomo Servicio Cántabro de Empleo, cuya finalidad esencial es ordenar de manera integral ycoordinada la gestión de una política orientada al pleno empleo, estable y de calidad, garantizando una actuación eficaz en la búsqueda de empleo de las personas trabajadoras y la cobertura apropiada de las necesidades de las empresas, todo ello de manera pública y gratuita,y asegurando la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, la libre circulación de laspersonas trabajadoras, la unidad del mercado de trabajo, la igualdad de trato y la coordinacióncon el Sistema Nacional de Empleo. Para lograr cumplir dicho objetivo, se le atribuyó por suEstatuto regulador, entre otras funciones, la elaboración, definición de objetivos y gestión delos programas de apoyo y fomento del empleo.

En desarrollo de esta función, y de lo previsto en la Estrategia Española de Activación para elEmpleo, se configura el Programa de fomento de la contratación indefinida como un programapropio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, incluido en el Plan Anual de Política de Empleodentro de su Eje 3: Oportunidades de empleo, a ejecutar a través de subvenciones públicas aconceder a pequeñas y medianas empresas y entidades sin ánimo de lucro, que contraten demanera estable personas trabajadoras en los términos establecidos en el presente decreto.

II

Las ayudas a la contratación contempladas en este decreto tienen un doble objetivo: porun lado, se intenta revertir la tendencia de la fuerte expansión del empleo temporal que vieneacaeciendo en los últimos años, de manera que la actual situación de precariedad laboral vayadando paso a empleo más estable y de mayor calidad; y, por otro, se trata de minorar laspersistentes tasas de desempleo de determinados colectivos de personas, como es el caso dejóvenes, mujeres mayores de 45 años, personas en desempleo de larga duración, así como lainserción en el mercado ordinario de personas procedentes de empresas de inserción.

Al tiempo se facilita a las pequeñas y medianas empresas de nuestra Comunidad Autónomael desarrollo de su actividad empresarial, apoyándolas en la creación de empleo estable, locual repercute positivamente en su devenir. Como ha indicado la Organización Internacionaldel Trabajo, la relación de trabajo indefinida "ayuda a los empleadores a contar con una manode obra estable para su empresa, retener y beneficiarse del talento de sus trabajadores", loque incrementa su rendimiento y la productividad de la empresa.

Si bien en el último año el comportamiento del empleo ha tenido un signo positivo, al haber disminuido en 5.443 el número de personas en paro en nuestra Comunidad Autónoma, la contrataciónrealizada sigue siendo en su inmensa mayoría, un 93,35 % durante 2016 (93,46 % en mujeres y93,23 % en hombres), de carácter temporal, y en cuanto a la jornada de trabajo, en un 38,21 %, atiempo parcial (47,89 % en mujeres y 28,61 % en hombres), lo que da muestra de la escasa calidadde la mayor parte del empleo que se está creando, en especial entre las mujeres. Por el contrario,sólo el 4,06 % de los contratos celebrados eran indefinidos a tiempo completo (3 % en mujeres y5,12 % en hombres), incluyendo las conversiones de contratos temporales en indefinidos.

Por colectivos, las personas en desempleo de larga duración sumaban 30.141 en diciembrede 2016, de las cuales 1.702 eran jóvenes menores de 25 años.

En cuanto al colectivo sin empleo anterior, la cifra al finalizar 2016 alcanzaba las 3.331personas en paro, en su inmensa mayoría jóvenes sin experiencia previa.

Por sexo y grupo de edad, el paro de las mujeres mayores de 45 años apenas se ha reducido en el último año: un 1,04 %, frente al 11 % de descenso global. En cuanto a los contratoscelebrados con este grupo de personas, de toda la contratación celebrada en Cantabria durante2016 con personas mayores de 45 años, sólo el 1,44 % se corresponde con contratos indefinidos a tiempo completo de mujeres.

Estas cifras confirman, como ya se detectara en el análisis de necesidades y retos elaborado durante el proceso de elaboración del Programa Operativo FSE de Cantabria 2014-2020,que las mujeres mayores de 45 años es uno de los grupos de personas que presenta mayoresdificultades para acceder al empleo.

Como se indica en la Recomendación del Consejo de la Unión Europea de 12 de julio de2016 relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de España y por la que se emite undictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2016 de España (2016/C 299/02),"el reciente aumento del empleo total ha venido impulsado principalmente por los contratostemporales, aunque se está registrando un lento incremento del número de nuevos contratosindefinidos. Sin embargo, la utilización de los incentivos a la nueva contratación permanentees todavía limitada y la proporción de trabajadores temporales sigue siendo una de las máselevadas de la Unión, sin que hayan aumentado las oportunidades al alcance de los trabajadores temporales para progresar hacia un contrato permanente. La corta duración de los contratos temporales limita los incentivos para invertir en capital humano, minando el crecimientode la productividad. Aunque el desempleo está disminuyendo rápidamente, sigue siendo muyelevado, en particular entre los jóvenes, y su duración media es también muy elevada. La persistencia de índices elevados de desempleo de larga duración implica que la falta de empleopuede hacerse crónica, en detrimento de las condiciones laborales y sociales".

Desde la convicción de que la recuperación de la economía y el empleo no puede basarseen un crecimiento meramente cuantitativo de las contrataciones, sin tener en cuenta la fragilidad de los empleos que se crean, las tensiones sociales que ello conlleva y la incertidumbregenerada en las personas trabajadoras con contratos temporales, en un 54,26 % de muy cortaduración (menos de un mes de duración), el Gobierno de Cantabria considera que estamos enpresencia de singulares circunstancias y razones de interés público, económico y social quejustifican el otorgamiento de estas subvenciones en régimen de concesión directa.

Por otra parte, las posibilidades de contratación para las empresas dependen de muchasvariables que difícilmente pueden coincidir con el ámbito temporal de una convocatoria quetiene unos plazos limitados...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR