Decreto 134/2002, de 31 de octubre, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, a favor del «Molino de Victoria», en la marisma de Victoria, Ayuntamiento de Noja.
Sección | 7 - Otros Anuncios |
Emisor | Consejo de Gobierno |
Rango de Ley | Decreto |
Mediante Resolución de la Consejería de Cultura, Educación y Deporte de 28 de junio de 1988, se incoó expediente de Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, a favor de los molinos de mar o de marea siguientes: «Molino de Castellanos», «Molino de Santa Olaja», «Molino de La Venera», «Molino de Joyel», y «Molino de Victoria», en Cantabria.
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto declarar Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, el «Molino de Victoria», en la marisma deVictoria, Ayuntamiento de Noja, y a tal efecto insta al Consejo de Gobierno dicha declaración, haciéndole constar que se han cumplimentado todos los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente.
Vistas las alegaciones y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.17 de la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Cantabria, y en los artículos 6 y 14.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y vista la sentencia del Tribunal Constitucional de 31 de enero de 1991, previa deliberación del Consejo de Gobierno de Cantabria en su reunión del día 3 l de octubre de 2002, dispongo,
Se faculta al excelentísimo señor consejero de Cultura, Turismo y Deporte para la realización de cuantos actos sean necesarios para la efectividad de este Decreto.
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Santander, 31 de octubre de 2002.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE CANTABRIA,
José Joaquín Martínez Sieso
EL CONSEJERO DE CULTURA...
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