Orden CUL/2/2011, de 7 de febrero, por la que se regula la oferta del año 2011 para la realización de cursos de vela ligera en la Escuela Cántabra de Deportes Náuticos 'Isla de la Torre'.

Sección7 - Otros Anuncios
EmisorConsejeria de Cultura, Turismo y Deporte
Rango de LeyOrden

Correspondiendo al Gobierno de Cantabria la titularidad de la Escuela Cántabra de DeportesNáuticos «Isla de la Torre» y a la Consejería de Cultura Turismo y Deporte la gestión del citadocentro, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 21/2008, de 28 de febrero, por el que sedeterminan los precios públicos de los servicios prestados por la Escuela Cántabra de DeportesNáuticos "Isla de La Torre".

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

El objeto de la presente Orden es establecer el régimen jurídico y económico de los cursosde vela ligera a desarrollar durante el año 2011 en la Escuela Cántabra de Deportes Náuticos"Isla de la Torre".

Artículo 2 Ciclos y regímenes.
  1. Los cursos de vela ligera, que podrán ser individuales o de campaña escolar, se celebrarán en ciclos de primavera, verano y otoño, de acuerdo con el siguiente calendario:

    -Primavera: Los que se celebren entre los meses de marzo a junio, ambos inclusive.

    -Verano: Los que se celebren en los meses de julio y agosto.

    -Otoño: Los que se celebren en los meses de septiembre y octubre.

    Los cursos de campaña escolar podrán tener una duración variable de dos a cinco días,atendiendo tanto al interés de los colegios o I.E.S. que lo soliciten, como a la correcta prestación del servicio por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.

    Los "Bautismos de Mar", entendidos como una actividad de difusión y promoción del deportede la vela dirigida a alumnos de tercer ciclo de Enseñanza Primaria y Enseñanza SecundariaObligatoria, que comprende la visita a las instalaciones, una explicación teórica sobre técnicasde navegación y medio marino y un paseo por la bahía, tendrán una duración de una mañana.

    En el ciclo de verano, los cursos de solicitud individual tendrán una duración de cinco días,de lunes a viernes. En los ciclos de primavera y otoño, y en función de la demanda existente,los cursos de solicitud individual podrán tener una duración variable de dos a cinco días paraalumnos y alumnas que soliciten cursos de perfeccionamiento en vela ligera. En el mes de octubre el curso se impartirá durante todos los fines de semana.

    El calendario de los cursos será el siguiente:-marzo: Colegios e I.E.S (Bautismos de Mar).-abril: Colegios e I.E.S y curso de solicitud individual del 25 al 29 (Semana Santa).-mayo: Colegios e I.E.S.-junio: Colegios e I.E.S. (hasta el 24) y cursos de solicitud individual del 27 al 1 de julio.-julio: Cursos de solicitud individual del 4 al 8; del 11 al 15, del 18 al 22 y del 25 al 29.-agosto: Cursos de solicitud individual del 1 al 5; del 8 al 12, del 15 al 19, del 22 al 26 ydel 29 de agosto al 2.

    CVE-2011-1942

    -septiembre: Cursos de solicitud individual del 5 al 9, del 12 al 16, del 19 al 23 y del 26 al 30.

    -octubre: Curso de solicitud individual durante los fines de semana del mes, del día 1 al 30.

    Excepcionalmente, dependiendo de que existan plazas disponibles, se podrá realizar la actividad del "Bautismo de Mar" en los meses de abril, mayo, junio, septiembre y octubre.

  2. Los cursos de vela ligera se podrán realizar en régimen de media pensión o de pensióncompleta.

    Los cursos de vela ligera que se realicen entre los días 4 y 8 de julio y los días 1 y 5 de agosto,se dedicarán preferentemente al régimen de pensión completa, dándose por tanto, prioridad a lassolicitudes que así lo demanden. En caso de no completarse los cursos con alumnos en régimen depensión completa, se permitirá la participación de alumnos en régimen de media pensión.

Artículo 3 Importe de los cursos de vela.

El importe de los cursos será proporcional a su duración, y vendrá determinado de acuerdocon las siguientes reglas:

  1. Ciclo de primavera para campaña escolar dirigida a colegios e institutos de educaciónsecundaria de Cantabria (abril, mayo y hasta el 24 de junio):

    De acuerdo con lo previsto en el Decreto 21/2008, de 28 de febrero, y aplicada la reduccióncorrespondiente del 40% sobre los precios fijados para este ciclo, los importes a abonar portodos los conceptos en ambos regímenes y por alumno son los siguientes:

    RÉGIMEN

    DOS DIAS

    TRES DIAS

    CUATRO DIAS

    CINCO DÍAS

    MEDIA PENSIÓN10,00 h. a 18,00 h. (cada día)

    22,62 €

    33,93 €

    45,24 €

    56,55 €

    PENSIÓN COMPLETA10,00 h. del 1.er díaa 18,00 h. del último día

    27,15 €

    42,98 €

    58,82 €

    74,65 €

  2. Ciclo de primavera y otoño (Semana Santa, última semana de junio, septiembre y octubre) para cursos de solicitud individual:

    1. Se abonará por derechos de inscripción y actividad la cantidad de 13,57 euros porpersona y día, a lo que deberán añadirse las cantidades correspondientes consignadas en elapartado siguiente.

    2. Manutención y alojamiento, en su caso:

    -Cursos en régimen de media pensión (comida y merienda): 5,28 euros por persona y día.De esta forma, los importes a abonar por todos los conceptos son los siguientes:

    RÉGIMEN

    CINCO DÍAS

    FINES DE SEMANA

    OCTUBRE

    MEDIA PENSIÓN

    10,00 h. a 18,00 h. (de lunes a viernes)

    94,25 €

    MEDIA PENSIÓN

    Sábado: 10,00 h. a 18,00 h

    Domingo: 10,00 h. 13,00 h

    162,10 €

  3. Ciclo de verano (julio y agosto) para cursos de solicitud individual: a) Se abonará por derechos de inscripción y actividad la cantidad de 24,88 euros porpersona y día, a lo que deberán añadirse las cantidades correspondientes consignadas en elapartado siguiente.

    1. Manutención y alojamiento, en su caso:

    - Si el curso se desarrolla en régimen de media pensión (comida y merienda): 8,29 eurospor persona y día.

    - Si el curso se desarrolla en régimen de pensión completa (desayuno, comida, merienda,cena y alojamiento): 19,99 euros por persona y día.

    Dado que el primer y último día del curso no se prestan servicios completos, a efectos demanutención, seguidamente se indican los importes a abonar por todos los conceptos en ambos regímenes en los cursos de cinco días:

  4. Las familias numerosas y los discapacitados, en aquellos casos en los que sea posible eldesarrollo de la actividad sin especiales adaptaciones, obtendrán una reducción acumulativadel 25 % sobre los precios fijados. Esta reducción no será aplicable a los cursos que se desarrollan dentro de la campaña escolar.

  5. Los precios públicos anteriormente reseñados serán los fijados por los servicios que seprestan independientemente de su completa utilización por el usuario.

Artículo 4 Requisitos de los alumnos.

Los alumnos de los cursos objeto de la presente Orden deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Saber nadar.

  2. Tener una edad mínima de 8 años en el momento del inicio del curso solicitado.

  3. Llevar consigo sus documentos médicos, tarjeta sanitaria del Servicio Cántabro de Salud,o similar, durante el desarrollo de los cursos.

Artículo 5 Solicitudes.
  1. Cursos de solicitud individual:

    1. Las solicitudes podrán presentarse a partir del día siguiente al...

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