Decreto 72/2013, de 22 de noviembre, que modifica el Decreto 158/2007, de 5 de diciembre, por el que se establece el currículo de los niveles básico e intermedio de las enseñanzas de idiomas de alemán, francés, inglés e italiano en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regula, en el capítulo VII del título I, lasenseñanzas de idiomas de régimen especial y establece, en su artículo 59, los tres niveles (básico,intermedio y avanzado) en los que se estructuran dichas enseñanzas. Este artículo dispone que lasenseñanzas del nivel básico tendrán las características y la organización que las Administracioneseducativas determinen. A su vez, el Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladaspor la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que en la determinación delcurrículo de las enseñanzas de los niveles básico e intermedio y en la regulación de las respectivascertificaciones acreditativas de haber superado dichos niveles, las Administraciones educativastendrán como referencia las competencias propias de los niveles A2 y B1 del Consejo de Europasegún se definen estos niveles en el Marco común europeo de referencia para las lenguas.

El Decreto 158/2007, de 5 de diciembre, por el que se establece el currículo de los nivelesbásico e intermedio de las enseñanzas de idiomas de alemán, francés, inglés e italiano en laComunidad Autónoma de Cantabria, estableció las condiciones de acceso y de certificación enlos niveles básico e intermedio, exigiendo en ambos casos la superación de una prueba finalespecífica de certificación, común para todos los alumnos, cualquiera que sea el régimen enque han cursado estas enseñanzas.

El progresivo aumento a lo largo de los últimos años del número de personas que cursan elnivel básico en la modalidad oficial, ya sea en régimen presencial o a distancia, en las escuelasoficiales de idiomas y centros de personas adultas autorizados, y la experiencia acumulada enla impartición de este nivel por el profesorado de estos centros permiten conceder una mayorrelevancia al papel desempeñado por los docentes en la evaluación de sus alumnos y en lacertificación de su nivel de competencia.

Igualmente, con objeto de simplificar el procedimiento para la obtención del certificado denivel básico, sin...

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