Orden DES/51/2009, de 5 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para 2009, de las ayudas a las asociaciones de criadores de ganado de raza pura que participan en los programas de recría de animales inscritos en los libros genealógicos.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad
Rango de LeyOrden

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y BIODIVERSIDAD

Orden DES/51/2009, de 5 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para 2009, de las ayudas a las asociaciones de criadores de ganado de raza pura que participan en los programas de recría de animales inscritos en los libros genealógicos.

Los objetivos de la Política Agraria Comunitaria persiguen crear un marco sostenible para el desarrollo de las zonas rurales y garantizar la conservación del entorno medioambiental, creando y fomentando fuentes alternativas de recursos, entre los que se encuentran los recursos genéticos animales y donde se incluyen las razas autóctonas explotadas en nuestra Región.

La cría en pureza de razas bovinas y equinas, debe ser una actuación prioritaria de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad, ya que constituye una condición necesaria para asegurar la reposición de los rebaños con animales de alta calidad y además, en un mercado muy profesionalizado, los animales inscritos en los libros genealógicos alcanzan un valor económico mayor, contribuyendo al aumento de los beneficios derivados de su comercialización y al estimulo de la recría de animales selectos con lo que se consigue mejorar el proceso de selección y prestigiar la labor de los ganaderos.

El sistema de cría en pureza de razas autóctonas, cuyo patrimonio genético hay que preservar, supone, en algunos casos, una perdida de rentas por sus bajos ren?dimientos y que de alguna forma debemos de compensar. Por otra parte, es necesario promocionar su cría por estar muy aclimatadas y tener una elevada capacidad para el óptimo aprovechamiento de los recursos naturales.

Sin embargo, los censos inscritos en los Libros Genealógicos de las Asociaciones de Ganaderos de Razas Puras reconocidas mediante Decreto 14/1994, de 28 de abril, que regula el reconocimiento oficial por parte de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad de las organizaciones y asociaciones de criadores de animales de raza que lleven o creen libros genealógicos, no reflejan el incremento que sería deseable e incluso en algunas ocasiones se aprecia una disminución de los efectivos registrados anualmente.

En los programas de recría de animales de raza puestos en marcha durante los últimos años, juegan un papel importante las asociaciones de criadores, y por ello, se hace necesario establecer un régimen de ayudas con vistas a potenciar el apoyo a iniciativas que deban desarrollar los ganaderos asociados.

En consecuencia, en el marco de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 16 y 23.1 de la Ley de Cantabria 10/2006 y el artículo 33.f), de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y finalidad.

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y la convocatoria para 2009 de las ayudas a las asociaciones de criadores de ganado de raza pura que participan en los programas de recría de animales inscritos en los libros genealógicos, con la finalidad de potenciar la labor que las asociaciones de criadores de animales de ganado selecto deben de llevar a cabo con sus asociados, y fomentar los planes de recría de animales de raza pura mejorando, al mismo tiempo, la calidad genética de la cabaña ganadera en Cantabria.

Artículo 2 Tipo de ayudas y cuantía.
  1. Podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades:

    1. Inversiones en equipamiento para el desarrollo de los programas de mejora y plan de recría de animales de raza pura. La cuantía máxima de la ayuda no podrá sobrepasar el 50 % de la inversión.

    2. Asistencia técnica directa a las explotaciones de los ganaderos asociados mediante personal cualificado (ingeniero agrónomo, ingeniero técnico agrícola o veterinario) así como personal auxiliar especializado de apoyo al personal cualificado. Las ayudas podrán alcanzar hasta un 70% de los gastos ocasionados por estos conceptos.

    3. Puesta en marcha de programas de control y manejo en los rebaños de razas puras pertenecientes a las asociaciones. La cuantía de la ayuda podrá alcanzar hasta un máximo del 70% del gasto realizado.

  2. La cuantía máxima de ayuda por beneficiario no podrá superar la cantidad de 200, 225 y 250 euros por explotación asociada en las razas de aptitud láctea, cárnica y autóctonas de Cantabria...

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