Corrección de errores al anuncio publicado en el Boletín Oficial de Cantabria Extraordinario número 29, de 13 de junio de 2014, de Decreto 27/2014, de 5 de junio, que establece el currículo de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyCorrección de errores

Corrección de errores al anuncio publicado en el Boletín Oficial deCantabria Extraordinario número 29, de 13 de junio de 2014, de Decreto 27/2014, de 5 de junio, que establece el currículo de EducaciónPrimaria en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Advertido error material en el artículo 16.1 y en el Anexo I del Decreto 27/2014, de 5 dejunio, que establece el currículo de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Cantabria, publicado en el Boletín Oficial de Cantabria Extraordinario nº 29, de 13 de junio de 2014y de conformidad con lo previsto en el artículo 135 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, deRégimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se procede a la siguiente subsanación:

En el apartado primero del artículo 16:

- DONDE DICE:

1. Al finalizar el sexto curso de Educación Primaria, se realizará una evaluación individualizada a todos los alumnos, en la que se comprobará el grado de adquisición de la competenciaen comunicación lingüística, de la competencia matemática y de las competencias básicas enciencia y tecnología, así como el logro de los objetivos de la etapa. Dicha evaluación se realizará de acuerdo con los criterios de evaluación y de aprendizaje recogidos en el anexo I ysegún las características generales de las pruebas que se determinen.

- DEBE DECIR:

1. Al finalizar el sexto curso de Educación Primaria, se realizará una evaluación individualizada a todos los alumnos, en la que se comprobará el grado de adquisición de la competenciaen comunicación lingüística, de la competencia matemática y de las competencias básicasen ciencia y tecnología, así como el logro de los objetivos de la etapa. Dicha evaluación serealizará de acuerdo con los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluablesrecogidos en los anexos I y II, y según las características generales de las pruebas que sedeterminen.

En el Anexo I, en los contenidos del bloque 5 (Educación Literaria) del cuarto curso del Áreade Lengua Castellana y Literatura:

- DONDE DICE:

- La palabra. Reconocimiento de las distintas clases de palabras y explicación reflexiva desu uso en situaciones concretas de comunicación (nombre, verbo, adjetivo, determinante,).Características y uso de cada clase de palabra. - Clases de nombres: comunes, propios, individuales y colectivos. - El verbo. Tiempos: presente, pasado y futuro. - La sílaba.

- Vocabulario: sinónimos y antónimos, palabras polisémicas. Aumentativos y...

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