Orden 28/2000, de 17 de enero, por la que se regula la convocatoria y el régimen jurídico de las subvenciones para la creación de Talleres Artístico-Culturales durante el ejercicio 2000.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejeria de Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Siendo competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Cantabria, conforme se establece en el Estatuto de Autonomía, en su artículo 24.18: «La cultura», y estando dotadas en el Presupuesto correspondiente las partidas necesarias para la promoción de talleres artístico-culturales, en cumplimiento de los principios de publicidad, concurrencia y objetividad en la concesión, se convoca y regula el régimen de subvenciones destinadas a la creación de Talleres Artístico-Culturales, por lo que

DISPONGO

Artículo 1 ¿Objeto.

Es objeto de la presente Orden el fomento y promoción de los Talleres Artísticos-Culturales, considerados como manifestaciones culturales a través de las que se plasma la actuación del hombre sobre los recursos naturales que le ofrece el medio en que vive.

A tal fin, y siguiendo las pautas establecidas a continuación, la Consejería de Cultura y Deporte subvencionará la creación de Talleres Artístico-Culturales de carácter creativo en los que se impartan enseñanzas de carácter artístico.

Artículo 2 ¿Beneficiarios.

Podrán solicitarlo únicamente empresas que estén especializadas en la realización de Talleres Artísticos.

Quedan excluidas aquellas empresas que, habiendo recibido alguna subvención o ayuda del Gobierno de Cantabria, no hubieran justificado su empleo en el momento de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes que contempla la presente orden, salvo que el plazo reglamentario de justificación de aquéllas se extienda más allá del anteriormente señalado.

Artículo 3 ¿Requisitos de la solicitud.

El plazo de presentación de las solicitudes serán de veinte días naturales a partir de la entrada en vigor de la presente Orden.

Las solicitudes se presentarán en la Consejería de Cultura, Dirección General de Cultura ¿Servicio de Acción Cultural¿, Pasaje de Peña, 2-1.ª planta, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e irán dirigidas al excelentísimo señor consejero de Cultura y Deporte.

Toda solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

  1. Proyecto de los Talleres a realizar/realizados.

  2. Experiencia en la actividad propia del taller proyectado.

  3. «Curriculum vitae» de la persona responsable del taller.

  4. Copia del CIF de la empresa, junto con el original para su cotejo.

  5. Presupuesto económico de la actividad a realizar.

  6. Acreditación de estar al corriente de la justificación de anteriores subvenciones concedidas por la Consejería de Cultura y Deporte.

Sin perjuicio de lo aquí establecido, la Consejería de Cultura y Deporte, podrá solicitar la documentación complementaria que estime oportuna.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Cultura verificará que todas cumplen los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR