Orden 53/2003, de 29 de agosto, por la que se regula la convocatoria y el régimen jurídico de los Juegos Deportivos Escolares del Gobierno de Cantabria para el curso académico 2003-2004.

Sección7 - Otros Anuncios
EmisorConsejeria de Cultura, Turismo y Deporte
Rango de LeyOrden

A propuesta de la Dirección General de Deporte y considerando que la promoción deportiva de nuestra Comunidad Autónoma debe desarrollarse fundamentalmente a través de las actividades de los centros de enseñanza así como de las entidades deportivas, y a fin de favorecer la actividad física y deportiva de un amplio sector de la población, se hace preciso determinar la colaboración de los distintos colectivos que inciden en la práctica del deporte en edad escolar, fomentando principalmente el carácter educativo del mismo.

Y en aplicación del artículo 24.21 del Estatuto de Autonomía para Cantabria, que establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio y del artículo 43 de la Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte que lo hace en el ámbito del deporte escolar.

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

El objeto de la presente Orden es el de determinar la normativa que ha de regular los Juegos Deportivos Escolares del Gobierno de Cantabria para el curso académico 2003/2004 convocados por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.

Artículo 2 Participantes.

La participación en estas actividades se entiende en todo caso que será de forma voluntaria. Pueden participar los jóvenes integrados dentro de las estructuras de los centros escolares o de las entidades inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Cantabria. Para participar será obligatorio estar en posesión de la licencia deportiva en vigor.

Los representantes válidos ante el comité organizador serán, única y exclusivamente, el director del centro y el presidente de la entidad deportiva o persona en quien deleguen.

Artículo 3 Incompatibilidades.

No se permite la duplicidad de licencias en los deportes programados en los Juegos. Es por tanto incompatible participar por un Centro de Enseñanza y otra entidad o centro distinto o por dos entidades diferentes en la misma modalidad deportiva.

Artículo 4 Derechos de retención y formación.

Conforme a lo que establece el Artículo 10 de la Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de...

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