Orden 12/2001, de 2 de enero, por la que se regula la convocatoria y régimen jurídico para la concesión de becas a deportistas cántabros.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejeria de Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Los Presupuestos Generales del Gobierno de Cantabria exigen que las subvenciones concedidas con cargo a los mismos cumplan los criterios de publicidad, concurrencia y objetividad en la concesión. Asimismo, conforme establece el Estatuto de Autonomía en su artículo 24.21, la promoción del deporte y la adecuada utilización del ocio es una materia competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma. En consecuencia, con el fin de alcanzar los objetivos señalados, se hace preciso regular el régimen de ayudas y subvenciones dotadas con las correspondientes partidas presupuestarias.

Por ello , y en uso de las atribuciones conferidas en el articulo 34 de la Ley 2/1997, de 28 de abril, de Regimen Jurídico del Gobierno y la Administración de la Diputación Regional de Cantabria,

DISPONGO

Artículo primero Objeto:

La finalidad de esta Orden es la promoción del deporte de alto nivel, facilitando a los deportistas de Cantabria el acceso a una preparación adecuada. Están excluidos de esta convocatoria los cursos dirigidos a la obtención de títulos académicos o deportivos.

Artículo segundo Beneficiarios:

Podrán solicitar la subvención todos aquellos que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Ser cántabro.

  2. Tener entre dieciséis y treinta años.

  3. Disponer de licencia deportiva en vigor y expedida por la Federación Cántabra correspondiente.

  4. Estar incluido en los programas preolímpicos de las Federaciones Españolas o Consejo Superior de Deportes.

Excepcionalmente, y por razones de interés deportivo, debidamente justificadas, se podrán considerar las solicitudes de aquellos deportistas que no cumplan alguno de los requisitos establecidos.

Articulo tercero Requisitos de la solicitud:
  1. - El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días naturales a partir de la entrada en vigor de la presente Orden.

    Dichas solicitudes, que irán dirigidas al excelentísimo señor consejero de Cultura y Deporte, se presentarán en la Consejería de Cultura y Deporte, Pasaje de Peña, 2-1.ª Planta (edificio Simeón), sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Las solicitudes se realizarán conforme al modelo normalizado que se adjunta como anexo a la presente Orden.

  2. - Todas las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

    2.1. Fotocopia del DNI y de la licencia federativa que deberá estar en vigor.

    2.2. Declaración jurada sobre la posesión o solicitud de otras becas, declarando, en su caso, la cuantía exacta de las mismas.

    2.3. Historial deportivo referente a las temporadas 1998/1999 y 1999/2000 ó 1999 y 2000 cuando las temporadas se correspondan con los años naturales.

    2.4. Proyecto deportivo para el cual se solicita la beca y presupuesto.

    2.5. Subvención exacta que se solicita.

    2.6. En su caso, certificado que acredite la inclusión en el programa preolímpico o en la Selección Española o Cántabra correspondiente.

    La Dirección General de Deporte comprobará que las solicitudes han sido debidamente...

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