Orden EDU/31/2006, de 2 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para la realización de Proyectos para recibir Asesoramiento Relacionado con las Tecnologías de la Información y la Comunicación por los centros educativos privados concertados de Cantabria.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

Los cambios que está sufriendo nuestra sociedad con motivo del desarrollo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) deben tener su reflejo en el campo educativo. Los poderes públicos deben hacer frente a las nuevas demandas sociales desarrollando acciones que fomenten condiciones de igualdad de oportunidades, evitando que quedar al margen de estas tecnologías se convierta en una nueva forma de analfabetismo y exclusión social. Por ello, es importante reforzar los apoyos en este sentido para que las nuevas generaciones completen una formación integral.

La Consejería de Educación, dentro del modelo educativo para Cantabria, considera esta acción prioritaria, puesto que constituye un reto muy importante para la consecución de mayores cotas de calidad en la educación. La demanda generalizada de la comunidad educativa y la necesidad de coordinar las diferentes acciones en torno a la introducción de las TIC (equipamiento, infraestructuras escolares, formación del profesorado, desarrollo de contenidos curriculares,...), han motivado el diseño un Plan que, además de englobar y dar sentido a todas estas iniciativas, nos permitirá abordar con garantías el futuro educativo en este campo. El Plan Educantabria para el desarrollo de un espacio tecnológico educativo en Cantabria es un plan estratégico para la Integración de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en los entornos escolares, con el que se pretende apoyar la incorporación progresiva de nuestra Comunidad a la Sociedad de la Información y el Conocimiento.

La integración curricular es una de las áreas fundamentales del Plan Educantabria. Pretende que las TIC estén presentes en los contextos escolares y que puedan utilizarse como recursos que mejoren los procesos de enseñanza-aprendizaje. La inclusión de las tecnologías en el escenario educativo reclama transformaciones que atañen a elementos esenciales de la educación: el currículo, la organización, la distribución de espacios y tiempos, la metodología o los roles de los agentes implicados.

Por ello, en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley de Cantabria 5/2005, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2006 y en el artículo 33 f) de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo primero Objeto y finalidad de la convocatoria
  1. - La presente convocatoria tiene por objeto subvencionar, mediante el procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, los proyectos presentados por los centros concertados para recibir Asesoramiento Relacionado con las Tecnologías de la Información y la Comunicación (en adelante PARTIC).

  2. - No se incluirán en esta convocatoria aquellos proyectos de actividades que, por su especificidad, sean objeto de subvención de otras órdenes de ésta u otras Consejerías, ni se subvencionarán los gastos generales de funcionamiento de los centros solicitantes, sino exclusivamente los conceptos de gasto inherentes al propio proyecto.

Artículo segundo Destinatarios de la convocatoria.
  1. - Podrán participar en la presente convocatoria los centros educativos privados concertados de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación Secundaria Obligatoria que vayan a desarrollar los proyectos mencionados en el artículo primero.

  2. - No podrán tener la condición de beneficiarios aquellos centros incursos en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  3. - Los centros participantes en la presente convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. No haber sido subvencionados en anteriores convocatorias de PARTIC.

  2. Disponer de coordinador de TIC en el centro que haya realizado el "curso de coordinadores TIC".

  3. El proyecto presentado sólo incluirá unidades concertadas de Educación Infantil, Primaria o Secundaria Obligatoria (ESO).

  4. Un mismo proyecto no podrá incluir alumnado de Educación Primaria y ESO.

  5. En el caso de participar las etapas de Educación Infantil y Primaria, el número de participantes supondrá, al menos, el 70% del profesorado del nivel o niveles participantes.

  6. En el caso de participar Educación Secundaria Obligatoria sólo podrá hacerlo a través de tres departamentos didácticos y siempre que participen, de cada uno, al menos el 50% del profesorado que imparte actualmente docencia en la ESO. Un representante de cada uno de los departamentos deberá asistir a una formación específica.

  7. Los participantes deberán tener una formación básica en TIC, a nivel de usuario, imprescindible para profundizar en su utilización e integración en el currículo.

  8. Disponer de recursos en el propio centro.

Artículo tercero

Finalidad de los PARTIC.

Los PARTIC tienen como finalidad la consecución de los siguientes objetivos:

  1. -Facilitar al personal docente de los centros educativos las estrategias, conocimientos y recursos materiales necesarios para la integración de las TIC en la práctica docente. Debe, por ello, incidir en la preparación de materiales para su utilización con el alumnado y en la reflexión sobre los cambios metodológicos y organizativos que hagan posible dicha integración.

  2. - Facilitar la consecución de aprendizajes significativos, utilizando como recurso las TIC, para que el alumnado alcance habilidades y destrezas tecnológicas de carácter general.

  3. - Acercar al alumnado las TIC desde un punto de vista fundamentado y responsable que le permita enfocarlas desde una perspectiva crítica.

Artículo cuarto Fases en la implantación del PARTIC.
  1. - Los PARTIC constarán de tres fases:

    1. Fase de formación: Al inicio del curso académico 2006/07, a través de los CIEFP, se desarrollará el "Curso de formación de coordinadores". Tras su finalización, el coordinador, en colaboración con el asesor de TIC del CIEFP, organizará la formación del resto de participantes y un Plan de actuación para el resto de curso escolar.

    2. Fase de diseño y planificación: Se llevará a cabo durante el 2º y 3º trimestre del curso 2006-2007. Consistirá en el estudio, por parte del profesorado, de medidas organizativas, metodológicas y materiales que permitan el diseño de una propuesta de Plan de Integración Curricular de las TIC para el centro, atendiendo a lo descrito en el artículo decimocuarto de la presente Orden.

    3. Fase de experimentación: Se llevará a cabo en el curso 2007-2008. Consistirá en la puesta en práctica de forma experimental de la propuesta de Plan de Integración Curricular de las TIC. Al finalizar el proceso de experimentación, y a la vista de las conclusiones, se presentará el Plan definitivo para su aprobación por los órganos colegiados del centro.

  2. - Tras el desarrollo de las tres fases del PARTIC, el centro, se comprometerá a darle continuidad, incluyendo la utilización de las TIC en el proceso de Enseñanza-Aprendizaje y en los documentos institucionales.

Artículo quinto

Coordinación de los PARTIC.

El coordinador TIC del centro coordinará el PARTIC, siendo sus funciones las siguientes:

  1. Participar como asistente en la actividad formativa "Curso de formación de coordinadores" que tendrá lugar al inicio del curso académico 2006/07. De manera excepcional y justificada el coordinador podrá delegar la realización del curso en otro de los participantes del PARTIC, previa autorización de la Dirección General de Formación Profesional, Ordenación y Promoción Educativa.

  2. ...

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