Orden PRE/2/2011, de 11 de enero, por la que se convoca Concurso de Traslados para la provisión de puestos de trabajo vacantes reservados a personal laboral fijo de la misma categoría profesional y especialidad.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Presidencia y Justicia
Rango de LeyOrden

Convocatoria 2011/1.

Siendo precisa la cobertura definitiva de diferentes puestos de trabajo de personal laboralfijo en las Categorías Profesionales de los Grupos 1, 2 y 3 se hace necesario proceder a su convocatoria mediante el procedimiento previsto en los artículos 10 y siguientes del VIII ConvenioColectivo para el Personal Laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónomade Cantabria, publicado en el B.O.C. extraordinario número 3, de 12 de febrero de 2010.

Al objeto de garantizar que todos los trabajadores de la Administración de la ComunidadAutónoma de Cantabria desempeñen un puesto de trabajo en esta Administración, a través dela presente convocatoria será especialmente tenida en cuenta la situación de aquellos trabajadores que, teniendo la obligación de concursar en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 delVIII Convenio Colectivo para el Personal Laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, no obtengan destino definitivo una vez resuelto el concurso yqueden a disposición del Secretario General de su Consejería.

A propuesta de la Dirección del ICASS, de las Secretarías Generales de las Consejerías deEmpleo y Bienestar Social; Presidencia y Justicia; Industria y Desarrollo Tecnológico; ObrasPúblicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo; Desarrollo Rural, Ganadería, Pescay Biodiversidad; Medio Ambiente; Cultura, Turismo y Deporte; Educación y Sanidad, el Consejero de Presidencia y Justicia, en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 13 ysiguientes de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública.

DISPONE

Convocar concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo vacantes en lasCategorías Profesionales de los Grupos 1, 2 y 3, cuyo contenido responde a las característicasindicadas en el anexo I.

Esta convocatoria se ajustará a las siguientes normas:

  1. - Bases.

    Las bases generales a que ha de ajustarse la presente convocatoria son las contenidas en laOrden PRE/65/2010, de 22 de diciembre, de la Consejería de Presidencia y Justicia, publicadaen el Boletín Oficial de Cantabria extraordinario número 34, de 28 de diciembre de 2010.

  2. - Requisitos de participación.

    2.1.- Podrán tomar parte en los concursos de traslados a puestos de la misma categoríaprofesional y, en su caso, especialidad los trabajadores fijos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria que se encuentren prestando servicios o en excedencia y, siprocede, de aquellas Administraciones con las que existiese convenio que así lo posibilitase,siempre que reúnan los requisitos siguientes:

    1. Llevar desempeñando su puesto de trabajo al menos seis meses, salvo en los supuestosque seguidamente se enumeran:

    CVE-2011-279

  3. - Que desempeñe puesto de trabajo en adscripción provisional.

  4. - Que se encuentre a disposición del Secretario General de la Consejería correspondiente.

  5. - Que se participe desde la situación de excedencia, siempre y cuando se tenga derecho al reingreso.

    1. Pertenecer a la misma categoría profesional y, en su caso, especialidad de los puestos

      convocados.

    2. Cumplir todos los requisitos exigidos para el desempeño de los puestos de trabajo solicitados según las correspondientes relaciones de puestos de trabajo y el vigente VIII ConvenioColectivo, con las excepciones previstas en la Disposición Adicional Cuarta.

      2.2.- Los trabajadores en adscripción provisional o a disposición del Secretario General tendrán la obligación de participar en todos los concursos de traslados que se convoquen hastaobtener un puesto con carácter definitivo. Si presentasen la solicitud y no solicitasen todos lospuestos de su categoría profesional y no obtuviesen ninguno con carácter definitivo o bien noparticipasen teniendo la obligación de hacerlo, se les adjudicará uno de los que hayan quedadovacantes en el concurso de su misma categoría profesional y, en su caso, especialidad y que seencuentre preferentemente en la misma localidad en la que prestan servicios. Si no tomasenposesión en dicho puesto, o no hubiera resultado puesto vacante del concurso de su mismacategoría profesional y, en su caso, especialidad serán declarados en excedencia voluntaria porinterés particular.

      2.3.- Los trabajadores fijos de aquellas Administraciones con las que existiese conveniodeberán pertenecer a alguna de las categorías mencionadas en los respectivos anexos I de losconvenios. Sólo se admitirán solicitudes a puestos de categorías homologadas a las propiasen el mencionado anexo I. No podrán concursar aquellos trabajadores que ocupen plazas envirtud de un anterior concurso de traslados con una permanencia inferior a seis meses en elactual destino, contados hasta la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias.

      2.4.- Los requisitos específicos de desempeño para cada puesto de trabajo son los expresados en el anexo I de la presente Orden.

      2.5.-La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos de participación será ladel día en que concluya el plazo de presentación de solicitudes.

  6. - Cobertura de puestos.

    Se proveerán a través del procedimiento regulado en esta Orden todos los puestos detrabajo que se encuentren vacantes a fecha 3 de enero de 2011, con excepción de aquellosque se encuentren recogidos en los concursos de méritos convocados o en expedientes demodificación de relaciones de puestos de trabajo que estuvieran tramitándose a dicha fechao que estuviesen reservados para su cobertura a través de las pruebas selectivas de la Ofertade Empleo Público perteneciente al año 2010 por estar ocupados por personal laboral indefinido no fijo. Tampoco serán objeto de provisión mediante concurso de traslados las vacantespertenecientes a la categoría profesional de Capataz, en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda del VIII Convenio Colectivo, ni los puestos vacantes reservados paramovilidad por motivos de salud, ni para hacer efectiva la medida de protección a las mujeresvíctimas de violencia de género.

  7. - Presentación de solicitudes y documentación.

    4.1.- Quienes deseen tomar parte en estos concursos, presentarán su solicitud en el correspondiente impreso oficial, que será entregado gratuitamente en las Secretarías Generales decada Consejería y en el Registro General de la Administración de la Comunidad Autónoma deCantabria, y que se ajustará al modelo publicado como anexo II de la Orden de convocatoria,en el plazo de cinco (5) días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de la mismaen el Boletín Oficial de Cantabria, o en su caso, en el Diario o Boletín Oficial correspondiente siasí se decidiera, por convocarse puestos abiertos a personal laboral de otras AdministracionesPúblicas. Para las sucesivas ofertas de puestos este plazo de cinco días hábiles empezará a

    contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Portal Institucional del Gobierno deCantabria en el apartado destinado a tal efecto.

    También se podrá tener acceso al citado impreso a través de la página web del Gobierno deCantabria www.gobcantabria.es. en el apartado "CAPC@N".

    Las solicitudes irán dirigidas al Excelentísimo Señor Consejero de Presidencia y Justicia y sepresentarán conforme dispone el artículo 10 del VIII Convenio Colectivo, donde se presentaráen todo caso la documentación adicional que se aporte.

    Además los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria a través de la dirección de Internetwww.gobcantabria.es. dentro de su apartado "CAPC@N", aportando la documentación adicional en los términos referidos en el apartado anterior.

    4.2.- Los requisitos específicos de desempeño deberán ser aportados junto con la solicitudde participación en el concurso. En el caso de los trabajadores fijos de la Administración dela Comunidad Autónoma de Cantabria no será necesaria su presentación si ya constan en elRegistro de Personal o la hubiesen presentado en la convocatoria inmediatamente anterior,debiendo indicarse dicha circunstancia con la solicitud.

    4.3.- Los trabajadores unidos por matrimonio o inscripción como pareja de hecho en el correspondiente registro que participen en un mismo concurso podrán, por razones de convivencia familiar, condicionar sus solicitudes al hecho de que ambos obtengan destino en el mismomunicipio, entendiéndose, en caso contrario, anuladas las peticiones efectuadas por ambos.Dicha circunstancia deberá concretarse en las respectivas solicitudes y acompañar fotocopiade la solicitud del otro aspirante.

    La inscripción referida anteriormente se acreditará mediante el correspondiente certificadoy, sólo en ausencia de registro, mediante certificado de convivencia expedido por el Ayuntamiento correspondiente.

    4.4.- Los interesados podrán renunciar, total o parcialmente, a las solicitudes presentadas,hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes. La renuncia se podrá efectuar através del modelo que se publica como anexo III.

  8. -Certificación para el concurso de traslados.

    El personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria no tendrá queaportar este certificado.

    Los participantes de aquellas Administraciones con las que existiese convenio que posibilitase su participación, deberán aportar en el plazo de presentación de solicitudes certificadoexpedido por el órgano competente en materia de personal en los términos que señala el párrafo siguiente.

    La certificación se ajustará a los datos que se exigen en el anexo IV que se publica con laconvocatoria con referencia a la fecha de vencimiento del plazo de presentación de solicitudes. En este documento se certificará el grupo y nivel, la antigüedad en la Administración, laantigüedad en las categorías respectivas y la antigüedad en el puesto de trabajo desde el queconcursa, cuyos documentos acreditativos figuren en el Registro de Personal a la finalizacióndel plazo de presentación de solicitudes...

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