Resolución de 19 de abril de 2006 por la que se ordena la publicación del Convenio de Colaboración para la Creación del Consorcio «Año Jubilar Lebaniego» suscrito entre el Ministerio de Cultura, el Ministerio de Economía y Hacienda, la Comunidad Autónoma de Cantabria y los Ayuntamientos de Camaleño y Potes.

Sección7 - Otros Anuncios
EmisorConsejeria de Cultura, Turismo y Deporte
Rango de LeyResolución

Secretaría General

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se ordena la publicación en el Boletín Ofical de Cantabria del convenio Convenio de Colaboración para la creación del Consorcio «Año Jubilar Lebaniego» suscrito entre el Ministerio de Cultura, el Ministerio de Economía y Hacienda, la Comunidad Autónoma de Cantabria y los Ayuntamientos de Camaleño y Potes, que se adjunta como anexo.

Santander, 19 de abril de 2006.–El secretario general de Cultura, Turismo y Deporte, José Manuel Arenal González.

CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA CREACIÓN

DEL CONSORCIO «AÑO JUBILAR LEBANIEGO» SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE CULTURA, EL MINISTERIO DE ECONOMÍA

Y HACIENDA, LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA

Y LOS AYUNTAMIENTOS DE CAMALEÑO Y POTES

Madrid, 17 de abril de 2006.

REUNIDOS

Doña Carmen Calvo Poyato, Ministra de Cultura, en representación del citado departamento y en uso de las facultades que le confiere la disposición adicional decimotercera, en relación con el artículo 6, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, y el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Don Francisco Javier López Marcano, Consejero de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad Autónoma de Cantabria, nombrado mediante Decreto 53/2003, de 3 de julio, en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 33.k) de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de régimen jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y autorizado para la firma del presente convenio por acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 9 de marzo de 2006.

Doña Juana Lázaro Ruiz, Subsecretaria del Ministerio de Economía y Hacienda, en representación del citado departamento, por delegación del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, de conformidad con lo dispuesto en la Orden EHA/3057/2004, de 21 de septiembre, ejercitando la competencia del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda prevista en la disposición adicional decimotercera, en relación con el artículo 6, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Don Juan Manuel Guerra García, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Camaleño en nombre y representación del mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21 y 22 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, de Bases de Régimen Local y en virtud del acuerdo adoptado en la sesión del Pleno de fecha 23 de febrero de 2006.

Don Alfonso Gutiérrez Cuevas, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Potes en nombre y representación del mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21 y 22 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, de Bases de Régimen Local y en virtud del acuerdo adoptado en la sesión del Pleno de fecha 13 de marzo de 2006.

El Ministerio de Cultura actúa en ejercicio de las competencias de la Administración General de Estado, en el ámbito del servicio de la cultura, derivadas de lo dispuesto en el artículo 149.2, en relación con el artículo 44, de la Constitución; el Ministerio de Economía y Hacienda en el ejercicio de las establecidas en materia tributaría en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo; la Comunidad Autónoma de Cantabria, de acuerdo con las competencias previstas en materia de Cultura en el artículo 24.18 de su Estatuto de Autonomía, aprobado por la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre y el Ayuntamiento de Camaleño y de Potes, de acuerdo con sus respectivas competencias en materia de actividades e instalaciones culturales, al amparo del artículo 25.2 m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Todos se reconocen mutuamente, en la representación que ostentan, capacidad para formalizar el presente Convenio, y a tal efecto:

EXPONEN

Primero.- Que entre el 1 de enero de 2006 y el 30 de abril de 2007 tendrá lugar en la Comunidad Autónoma de Cantabria la celebración del Año Jubilar Lebaniego.

Segundo.- Que la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006, en su disposición adicional quincuagésima quinta señala que la celebración del «Año Lebaniego 2006» tendrá la consideración de acontecimiento de excepcional interés público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Tercero.- Que el apartado 3º y 4º de la Disposición Adicional quincuagésima quinta de la citada Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006 preceptúa que la certificación de la adecuación de los gastos e inversiones realizadas a los objetivos y el desarrollo y concreción en planes y programas de actividades específicas se realizará por un Consorcio que se creará conforme a lo dispuesto en el artículo 27.2.b) de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre. De acuerdo con este último precepto, en dicho Consorcio estarán representadas necesariamente, las Administraciones públicas interesadas en el acontecimiento y, en todo caso, el Ministerio de Economía y Hacienda.

Por lo expuesto, las partes suscriben el presente Convenio de Colaboración que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- El objeto de este Convenio de Colaboración es la creación del Consorcio "Año Jubilar Lebaniego», en cumplimiento de lo previsto en la disposición adicional quincuagésima quinta de la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2006, para el impulso y fomento de las actuaciones que aseguren el adecuado desarrollo del acontecimiento "Año Lebaniego 2006".

Segunda.- Los Estatutos del Consorcio se incluyen como anexo al Convenio de Colaboración, formando parte inseparable del mismo.

Tercera.- De la aplicación del Convenio no se generarán gastos a cargo de la Comunidad Autónoma. No obstante, la financiación de los gastos que, en su caso, pudieran derivarse del funcionamiento del Consorcio creado en virtud del presente Convenio correrá a cargo de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Cuarta.- El presente Convenio de Colaboración entrará en vigor el día de su firma y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR