Consejo de Gobierno .- Decreto 129/2006, de 14 de diciembre, por el que se crea el Consejo Asesor de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección1 - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

CONSEJO DE GOBIERNO

Decreto 129/2006, de 14 de diciembre, por el que se crea el Consejo Asesor de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

La Constitución Española, entre los principios rectores de la política social y económica, establece, en su artículo 45, el derecho de todos a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, cuyo respecto y protección, por imperativo del artículo 53.3, informará la actuación de los poderes públicos. Éstos están obligados a facilitar la participación de los ciudadanos en todos los ámbitos de la vida económica y social, como establece el artículo 9.2 del texto constitucional.

El Programa de acción adoptado en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, celebrada en Río de Janeiro en junio de 1992 (programa 21) propugna la creación de cauces de participación de las organizaciones no gubernamentales, sindicatos, organizaciones de consumidores y de la comunidad científica, en la elaboración y en la ejecución de políticas orientadas hacia el desarrollo sostenible.

La Comisión de la Unión Europea, en ejecución de lo dispuesto en el programa comunitario de política y actuación en materias de medio ambiente y desarrollo sostenible (Quinto Programa de Acción), y en virtud de la Decisión de 7 de diciembre de 1993, ha creado un Foro consultivo general en materia de medio ambiente, compuesto por personalidades de los sectores de la producción, del mundo empresarial, autoridades regionales y locales, asociaciones profesionales, sindicatos y organizaciones de defensa de los consumidores y del medio ambiente, cuya misión es la de asesorar a la Comisión sobre todos los problemas relacionados con la política comunitaria de medio ambiente.

En el ámbito del Estado español, en el año 1994 se creó el Consejo Asesor del Medio Ambiente, como foro de participación y consulta de los sectores sociales y científico en la materia y como órgano de consulta y participación de las organizaciones no gubernamentales, sindicatos, organizaciones de consumidores y de la comunidad científica, que contribuya al desarrollo de la estrategia nacional de medio ambiente y en la elaboración y en la ejecución de políticas orientadas hacia el desarrollo sostenible. En el año 1997 se modifica este Consejo con el fin de potenciar la presencia en dicho organismo consultivo de personalidades relevantes, cuya actividad tenga relación directa con las materias ambientales. Más tarde, el Real Decreto 686/2002, supuso una minoración de las atribuciones del Consejo y una disminución de su carácter representativo.

Finalmente el Real Decreto 2355/2004 de 23 de diciembre, establece la nueva estructura del Consejo.

La observancia de los mandatos constitucionales y la conveniencia de adoptar medidas similares a las establecidas en el ámbito de la Unión Europea y estatal, y a las recomendadas internacionalmente, en los principales foros relacionados con el Medio Ambiente y el Desarrollo Sostenible, determinan la necesidad de crear un Consejo Asesor de Medio Ambiente en la Comunidad Autónoma de Cantabria, como foro de participación ciudadana, de consulta y asesoramiento, en orden a establecer y desarrollar una estrategia ambiental en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en uso de las competencias que tiene reconocidas en materia de Medio Ambiente, que haga posible y asegure la plena participación social en la elaboración, desarrollo y seguimiento de las políticas ambientales del Gobierno de Cantabria, según establece el Estatuto de Autonomía para Cantabria, en sus artículos 24.1 y 25.7.

En cumplimiento de lo anterior, el Gobierno de Cantabria aprobó el Decreto 11/2004 de 5 de febrero, por el que se creó el Consejo Asesor de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Tras la aprobación del Decreto 11/2004, se han observado diversos aspectos del mismo que necesitan reformas concretas, de cara a facilitar el funcionamiento de dicho órgano...

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