Decreto 143/1999, de 27 de diciembre, sobre concentración parcelaria de la zona de Lamadrid.

Sección1 - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

Las acusadas características que ofrece la dispersión parcelaria de la zona de Lamadrid (Cantabria), puestas de manifiesto por los propietarios de la misma en solicitud de concentración dirigida al consejero de Ganadería, Agricultura y Pesca de Cantabria, han motivado la realización, por el Servicio de Reforma de Estructuras, de un estudio sobre las circunstancias y posibilidades técnicas que concurren en la citada zona, deduciéndose de dicho estudio la necesidad de llevar a cabo con urgencia la concentración parcelaria por razón de utilidad pública.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 2.295/1982, de 24 de julio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria, en materia de Reforma y Desarrollo Agrario, y en la Ley de Cantabria 4/1990, de 23 de marzo, sobre Concentración Parcelaria, Conservación de Obras, Unidades Mínimas de Cultivo y Fomento de Explotaciones Rentables, a propuesta de la Consejería de Ganadería Agricultura y Pesca y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 23 de diciembre de 1999,

DISPONE

Artículo 1 º

Se declara de utilidad pública y de urgente ejecución la concentración parcelaria de la Zona de Lamadrid, término municipal de Valdáliga (Cantabria).

Artículo 2 º

El perímetro de la zona será en principio, el de la parte del término municipal de Valdáliga correspondiente a la Junta Vecinal de Lamadrid. Dicho perímetro quedará en definitiva, modificado por las aportaciones de tierra que, en su caso, hayan de realizarse y con las inclusiones rectificaciones o exclusiones que se acuerden de conformidad con la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, de 12 de enero de 1973.

Artículo 3 º

De conformidad con el Real Decreto 434/1979, de 26 de enero, y con el fin de promover la mejora del medio rural, referido tanto al desarrollo de la comunidad rural como al bienestar de la población, podrán...

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