Orden PRE/19/2010, de 2 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sección2 - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Presidencia y Justicia
Rango de LeyOrden

El apartado tres del artículo 1 del Decreto 23/2010, de 31 de marzo, por el que se apruebala Oferta de Empleo Público para el año 2010 señala que la Consejería de Presidencia y Justiciaaprobará y publicará en el Boletín Oficial de Cantabria las bases comunes que regirán paratodos los procesos selectivos. Por Orden PRE/53/2008, de 14 de julio, se aprobaron las basescomunes que rigieron los procesos selectivos para el ingreso en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria derivados de la Oferta de Empleo Público perteneciente al año2008. Esta norma sirvió no solo para homogeneizar los procesos sino también para simplificarla tramitación de las convocatorias, unificar criterios, asegurar la agilidad y transparencia delos procedimientos y contribuir, de una manera eficaz, a la claridad de los procesos y a la supresión de trámites dilatorios, todo ello de acuerdo con los principios de legalidad, eficacia yanualidad que habrán de regir con carácter general en todos los procedimientos de selección.

La experiencia derivada de su aplicación a las diferentes pruebas selectivas realizadas yel marco normativo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, exigen su sustitución por una norma que establezca con vocación de permanencia las bases comunes que deben regir los procesos selectivos. A tal efecto, en la presenteOrden se incluyen las normas comunes, sin perjuicio de las normas específicas que se regulenen cada convocatoria.

En virtud de todo lo expuesto, previa negociación con las organizaciones sindicales en lostérminos previstos en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Públicoy en el VIII Convenio Colectivo para el Personal Laboral al servicio de la Administración de laComunidad Autónoma de Cantabria, visto el informe de la Dirección General del Servicio Jurídico y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado tres del artículo 1 del Decreto 23/2010, de31 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2010, dispongo:

Primero. Objeto.

  1. El objeto de la presente Orden es el establecimiento de las bases comunes que regiránlos procesos selectivos para el acceso a la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, a excepción de los aspectos específicos que vendrán recogidos en la correspondienteconvocatoria para cada uno de ellos.

  2. Estas bases serán de aplicación a los procesos selectivos de personal funcionario y laboral con exclusión del personal estatutario, docente, de justicia y con habilitación de carácterestatal.

  3. A las convocatorias de los procesos selectivos derivados de la Oferta de Empleo Públicopara el ingreso o acceso en Cuerpos o categorías profesionales, les serán de aplicación la Ley7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, las presentes bases comunes, así como lo dispuesto en la propia convocatoria, además de la Ley de Cantabria 4/1993,de 10 de marzo, de Función Pública y el resto de normativa vigente, en cuanto no se opongana la mencionada Ley 7/2007, de 12 de abril.

    CVE-2010-10561

    Segundo. Principio de igualdad de trato.-Las convocatorias cumplirán el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con lo queestablece el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del EstatutoBásico del Empleado Público y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de Mujeres y Hombres.

    Tercero. Descripción de las plazas.-La descripción de las plazas se realizará en cada convocatoria específica que se publique derivada del Decreto de Oferta de Empleo Público de que setrate o instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal.

    Cuarto. Sistema de selección.- 1.Los procedimientos de selección se llevarán a cabo, concarácter general tanto para personal funcionario como laboral, a través del sistema de oposición libre, quedando reservado el concurso-oposición para la promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especificarán en cada convocatoria.

  4. En aquellos procesos selectivos en que exista una fase de concurso, la puntuación obtenida en ella no podrá superar el 40 por 100 de la atribuida para superar el proceso selectivo.

    Quinto. Pruebas selectivas.

  5. Las convocatorias determinarán los ejercicios de la oposición que deberán ser acordescon las funciones del Cuerpo o categoría profesional convocada y podrán consistir en pruebasteóricas y/o prácticas de conocimientos de carácter general o específico, en la realización deejercicios que demuestren la posesión de habilidades o destrezas, en la comprobación del dominio de lenguas extranjeras y, en su caso, en la superación de pruebas físicas. Dichas pruebasse desarrollarán conforme a la naturaleza del proceso convocado y se asegurará en todo casola objetividad, transparencia, racionalidad y funcionalidad del proceso selectivo.

  6. En el caso de que los procesos selectivos incluyeran pruebas físicas, éstas estableceránbaremos diferentes para mujeres y hombres, cuando la naturaleza de las pruebas lo requierao exista justificación legítima y proporcionada de diferente trato. Todo ello en el marco de loestablecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de Mujeres y Hombres.

  7. Para asegurar la objetividad y racionalidad de los procesos selectivos, las pruebas podráncompletarse con la superación de cursos, periodos de prácticas, con la exposición curricularpor los candidatos, con pruebas psicotécnicas o con la realización de entrevistas. Igualmentepodrán exigirse la superación de reconocimientos médicos que garanticen que la capacidadresidual del aspirante es compatible con el desempeño del puesto.

  8. Cuando la realización de las pruebas selectivas no suponga una demostración del conocimiento adecuado del castellano, en las convocatorias se determinará su forma de acreditacióndentro del proceso incluyendo, en su caso, la realización de una prueba previa y eliminatoriaacreditativa de dicho conocimiento.

  9. Las pruebas serán valoradas conforme determine la correspondiente convocatoria delproceso selectivo.

  10. La calificación de los ejercicios que deban ser leídos por los aspirantes o aquellos que porsu complejidad así determine el Tribunal, se podrá llevar a cabo de viva voz por los miembrosdel Tribunal o mediante papeletas anónimas. La calificación a otorgar a cada aspirante será elresultado de la media aritmética de las puntuaciones asignadas por cada miembro del Tribunal,teniendo en cuenta que no computarán las dos notas extremas (mínima y máxima) o, en sucaso, una de las que aparezcan repetidas como tales, dividiéndose el total por el número depapeletas restantes, siendo el cociente obtenido la puntuación a otorgar. A estos efectos elTribunal no podrá actuar de forma conjunta con los miembros suplentes.

  11. En el caso de que el ejercicio consistiera en un cuestionario formado con preguntas conrespuestas múltiples, deberán respetarse las siguientes reglas:

    1. Las preguntas contarán con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellasserá correcta.

    2. Los cuestionarios incluirán, en su caso, un porcentaje de preguntas de reserva para posibles anulaciones.

    3. Las contestaciones erróneas se penalizarán entre un mínimo de un cuarto y un máximode un medio del valor de la respuesta correcta. Las respuestas en blanco y aquellas que contengan más de una alternativa no se valorarán.

    4. La convocatoria determinará la puntuación necesaria para alcanzar la calificación mínimay declarar por tanto aprobado el correspondiente ejercicio.

    Sexto. Bolsas de trabajo.

    Los procesos selectivos incluirán una bolsa de empleo que se constituirá como se determine en cada convocatoria y estará formada por aquellos aspirantes que, habiendo superado,al menos, el primer o, en su caso, único ejercicio eliminatorio, no puedan ser nombrados ocontratados por no encontrarse, en razón a la puntuación global obtenida en aquél, dentro dela relación definitiva de aprobados.

    Séptimo. Programas.- Los programas que han de regir las pruebas selectivas se detallaráncomo Anexo de cada convocatoria salvo que, por razones de oportunidad, se publiquen conanterioridad.

    Octavo. Calendario de las pruebas selectivas.- Las pruebas selectivas se desarrollarán deacuerdo con el calendario que se establezca, en su caso, en cada convocatoria, debiendo concluir, en cualquier caso, antes de la publicación de la siguiente Oferta de Empleo Público. Noobstante lo anterior, por circunstancias imprevistas o cuando la complejidad del proceso así loaconsejase, por la Dirección General de Función Pública se podrá autorizar motivadamente queel desarrollo de las pruebas selectivas finalice con posterioridad.

    Noveno. Nombramiento.- Concluido el proceso selectivo, incluido en su caso la fase de concurso y el periodo de prácticas si lo hubiera, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera o, ensu caso, se procederá a la formalización de los contratos como personal laboral fijo medianteresolución del Consejero competente en materia de Función Pública, que se publicará en el«Boletín Oficial de Cantabria», con indicación del destino adjudicado.

    Décimo. Requisitos de los aspirantes.

  12. Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán poseeren el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momentode la toma de posesión como funcionario de carrera o hasta la formalización del contrato detrabajo como personal laboral fijo los siguientes requisitos de participación, así como los contenidos en las correspondientes normas específicas:

    1.1. Nacionalidad: Con carácter general, excepto en aquellas convocatorias para Cuerpos oCategorías en que así se...

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