Decreto 29/2008, de 19 de marzo, por el que se regula la composición y funcionamiento de la Comisión de Coordinación de la Política de Cooperación Internacional al Desarrollo.

Sección1 - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

CONSEJO DE GOBIERNO

Decreto 29/2008, de 19 de marzo, por el que se regula la composición y funcionamiento de la Comisión de Coordinación de la Política de Cooperación Internacional al Desarrollo.

La Ley de Cantabria 4/2007, de 4 de abril, de Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, refleja el modelo de cooperación internacional para el desarrollo de que se dota la Comunidad Autónoma de Cantabria, recogiendo su trayectoria histórica y basándose en la experiencia adquirida en consonancia con la realidad social.

La regulación de los distintos órganos previstos en la ley supone desarrollar una política pública de cooperación internacional, uniendo las iniciativas sociales y las de las Administraciones Públicas, entre las que destacan las Administraciones Locales.

Los objetivos principales y comunes a todos los órganos, instrumentos y actores determinados en la ley son el desarrollo económico y social duradero de los países en los que se trabaje, particularmente, los más desfavorecidos; junto a la lucha contra la pobreza a través de la consolidación de la democracia y la defensa de los Derechos Humanos.

Como consecuencia, la Ley de Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Cantabria creó, además del Consejo Cántabro de Cooperación Internacional al Desarrollo, máximo órgano colegiado consultivo y de participación de la iniciativa social en la definición y la aplicación de las políticas de cooperación al desarrollo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, el Fondo Cantabria Coopera y el Registro Cántabro de ONGD (organizaciones no gubernamentales de desarrollo).

El artículo 25 de la citada Ley crea la Comisión de Coordinación de la política de Cooperación Internacional al Desarrollo, como órgano colegiado, adscrito a la Consejería competente en la materia, para la coordinación de la política de Cooperación Internacional al Desarrollo.

El presente Decreto tiene por objeto el desarrollo reglamentario de la composición y funcionamiento de la Comisión de Coordinación de la política de Cooperación Internacional al Desarrollo.

Por lo expuesto, a propuesta de la Vicepresidenta y Consejera de Empleo y Bienestar Social, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 19 de marzo de 2008,

DISPONGO

Artículo 1 Naturaleza y adscripción.
  1. Es objeto del presente Decreto regular la composición y funcionamiento de la Comisión de Coordinación de la política de Cooperación Internacional al Desarrollo (en adelante Comisión), conforme a lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley de Cantabria, 4/2007 de 4 de abril de Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

  2. La Comisión es un órgano colegiado de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria para la coordinación de la política de Cooperación Internacional al Desarrollo.

  3. La Comisión está adscrita a la Consejería competente en materia de Cooperación Internacional al Desarrollo.

Artículo 2 Funciones.
  1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.3 de la Ley de...

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