Orden SAN/5/2011, de 7 de febrero, por la que se crea el Comité de Referencia de la Codificación de los Procesos Asistenciales de Cantabria.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Sanidad
Rango de LeyOrden

El Registro de Morbilidad Asistida constituye una base de datos, muy valiosa para el Sistema Sanitario de Cantabria para el conocimiento de la morbilidad asistida y el análisis de laactividad asistencial.

Los criterios de codificación vigentes son los establecidos por la Unidad Técnica de Codificación del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad. La Unidad Técnica de la "ClasificaciónInternacional de Enfermedades 9.ª revisión, Modificación Clínica" (en adelante CIE-9-MC) parael Sistema Nacional de Salud se creó como punto de referencia y garantía en la estabilización,unificación y continuidad de la homogeneidad de la codificación de los diagnósticos y procedimientos a nivel estatal.

Para mantener un nivel de calidad adecuado en el proceso de codificación, se consideranecesaria la creación de un Comité de Referencia de la codificación de los procesos asistenciales de Cantabria, que unifique las pautas de actuación en materia de codificación en nuestraComunidad.

En su virtud, de conformidad con las facultades atribuidas por el artículo 33 de la Ley deCantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo 1 Creación.

Se crea el Comité de Referencia de la Codificación de los Procesos Asistenciales de Cantabria, como órgano consultivo y asesor en materia de codificación clínica, adscrito a la Dirección competente en materia de Ordenación, Inspección y Atención Sanitaria de Cantabria.

Artículo 2 Funciones.

Las funciones a desempeñar por este Comité son:

  1. Informar sobre la normativa que surja de la Unidad Técnica de la CIE 9 MC para elSistema Nacional de Salud y que es de obligado cumplimiento para todas las ComunidadesAutónomas. b) Promover las actuaciones precisas a fin de solventar ante la Unidad Técnica para el Sistema Nacional de Salud las dudas que puedan resultar de la normativa estatal en la materia,realizando las propuestas que en su caso consideren necesarias. c) Asesorar, en orden a la resolución de las dudas y la unificación de criterios en materia

de codificación. d) Proponer y colaborar en el desarrollo de las actividades docentes necesarias para la actualización de los codificadores y la formación de nuevos profesionales en este ámbito. e) Designar el representante de la Comunidad...

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