Orden IND/54/2005, de 28 de noviembre, por la que se regula el procedimiento para la obtención de los certificados y carnés de Instalador de Gas de categorías IG-I, IG-II, IG-III e IG-IV.

Sección7 - Otros Anuncios
EmisorConsejeria de Industria, Trabajo y Desarrolo Tecnologico
Rango de LeyOrden

La Orden de 17 de diciembre de 1985, del Ministerio de Industria y Energía, por la que se aprueba la Instrucción sobre documentación y puesta en servicio de las instalaciones receptoras de gases combustibles y la Instrucción sobre Instaladores Autorizados de Gas y Empresas Instaladoras, publicada en el BOE de 9 de enero de 1986, establece en el apartado 4 de de su Anexo B los requisitos necesarios para la obtención de los carnés profesionales que en ella se regulan, en cualquiera de sus categorías.

Entre estos requisitos y dependiendo de la categoría de instalador de gas se incluye la obligatoriedad de superar unas pruebas de aptitud sobre los requerimientos prácticos y sobre la reglamentación, citados en los anexos de la citada Orden correspondientes a cada categoría de instalador.

Resulta necesario, por tanto, regular la forma de realizar estos exámenes para la obtención de los carnés profesionales en cualquiera de sus categorías, así como las convocatorias anuales a realizar.

En virtud de lo anterior,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

Es objeto de la presente Orden regular las pruebas para comprobar que los solicitantes tienen los conocimientos teórico-prácticos necesarios para la obtención de los carnés de Instalador de Gas de categorías IG-I, IG-II, IG-III e IG-IV.

Artículo 2 Ámbito de aplicación.

Las disposiciones de la presente Orden son de aplicación exclusiva en la Comunidad Autónoma de Cantabria, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 5.2 del Anexo B de la Orden del Ministerio de Industria y Energía de 17 de diciembre de 1985.

Artículo 3 Aspirantes.

Podrán solicitar la participación en estas pruebas todas las personas físicas, mayores de edad, que acrediten reunir los requisitos establecidos para cada categoría de Instalador de Gas a la que se opte en el apartado 4 del Anexo B de la Orden de 17 de diciembre de 1985, antes señalada.

Artículo 4 Convocatorias.

Anualmente se realizarán dos convocatorias de exámenes, que se determinarán, cada una de ellas, por Resolución de la Dirección General de Industria, fijando el plazo de presentación de solicitudes, documentación necesaria a presentar, composición del...

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