Orden MED/14/2007, de 18 de junio, por la que se aprueban las bases generales y se convocan dos becas de formación práctica para Licenciados en Ciencias Ambientales en la Consejería de Medio Ambiente.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejeria de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE

Orden MED/14/2007, de 18 de junio, por la que se aprueban las bases generales y se convocan dos becas de formación práctica para Licenciados en Ciencias Ambientales en la Consejería de Medio Ambiente.

La creciente importancia de las cuestiones ambientales en la sociedad contemporánea, el desarrollo de nuevas normativas en este campo, de ámbito europeo, nacional y de nuestra Comunidad Autónoma, la necesidad de aplicación y gestión ambiental, así como el conocimiento de los procesos que inciden sobre el entorno, exigen profesionales cualificados y especializados.

La Consejería de Medio Ambiente tiene, entre sus cometidos y atribuciones la formación en cuestiones ambientales. Es de interés para esta Consejería y para el Gobierno de Cantabria, el fomento de la formación y la realización de prácticas orientadas a la inserción en el mundo profesional de los titulados, que permitan proporcionar expertos especialistas conocedores de los problemas y necesidades propias de un sector tan esencial para el desarrollo de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Las actividades que se desarrollan en la Consejería y en las distintas unidades orgánicas que la integran, permiten la incorporación de personas en formación, de acuerdo con la cualificación específica exigida en los distintos servicios, en orden a su perfeccionamiento y especialización profesional, al mismo tiempo que prestan su colaboración en el desarrollo de dichos servicios.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria

DISPONGO

Artículo único La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de dos (2) becas de formación práctica para Licenciados en Ciencias Ambientales, que se adjudicará de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, objetividad, publicidad y libre concurrencia, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Objeto.

  1. - Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de dos becas de formación para Licenciados en Ciencias Ambientales, para la investigación en materia de gestión de residuos y revisión del cumplimiento de los instrumentos de planificación en materia de residuos.

  2. - Los estudios y trabajos realizados quedarán en propiedad de la Consejería de Medio Ambiente.

    Segunda.- Recursos económicos.

    La financiación del gasto que supone la presente convocatoria se realizara con cargo a la aplicación presupuestaria 07.00.451M.481 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

    Tercera.- Requisitos de las personas beneficiarias.

  3. - Podrán acceder a la presente beca las personas que reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos, a la fecha de finalización del plazo de solicitud:

    1. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.

    2. Tener vecindad administrativa o ser natural de Cantabria.

    3. Ser Licenciado en Ciencias Ambientales.

    4. Estar inscrito como demandante de empleo ,con una antigüedad superior a tres meses.

  4. - La concesión de esta beca, dado su carácter formativo y de especialización, no supondrá vinculación funcionarial, laboral o contractual alguna entre el becario y la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ni constituirá mérito alguno para el acceso a la condición de funcionario de carrera, interino o personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. La concesión de la beca no dará lugar a la inclusión del becario en ninguno de los regímenes de la Seguridad Social.

    Cuarta.- Duración y cuantía de la beca.

  5. - El período de duración de la beca comenzará el día en que se produzca la incorporación del becario, que será determinado por la Dirección General de Medio Ambiente, y finalizará el 31 de diciembre del ejercicio. El director general de Medio Ambiente, a la vista del informe del tutor de la especialidad, podrá proponer la prórroga de la beca por una anualidad (doce meses) al consejero de Medio Ambiente, quien...

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